La Justicia europea advierte a Hungría que debe reconocer la identidad de género de las personas trans
ATA - Sylvia Rivera • 14 de marzo de 2025
El país gobernado por Viktor Orbán prohibió en 2020 el registro oficial del cambio de sexo.
El TJUE asegura que la normativa de protección de datos ampara a las personas trans para registrar su identidad «vivida»
El TJUE asegura que la normativa de protección de datos ampara a las personas trans para registrar su identidad «vivida»
El tribunal más alto de la UE ha fallado este jueves que Hungría debe registrar la «identidad vivida» de las personas trans, citando las reglas de protección de datos del bloque, lo que representa la primera victoria para la comunidad Trans desde un cambio legal en 2020.
«El Tribunal observa que, bajo el RGPD (reglas de protección de datos), la persona interesada tiene el derecho de obtener la rectificación de datos personales inexactos», dijo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Hungría, gobernada desde 2010 por el primer ministro nacionalista Viktor Orbán, prohibió en 2020 el registro oficial del cambio de sexo y el reconocimiento legal de las identidades de las personas trans.
En 2022, una persona trans iraní con estatus de refugiado en Hungría solicitó que se modificara el registro oficial en el que figuraba como mujer, sexo que se le asignó al nacer. Había obtenido el estatus de refugiado ocho años antes al justificar su identidad trans con base en certificados médicos. Sin embargo, las autoridades rechazaron su solicitud de modificar el registro, argumentando que no había demostrado haber pasado por una cirugía de reasignación de sexo. Él presentó entonces su caso ante el Tribunal Superior de Budapest, que consultó al tribunal de la UE.
El TJUE se rige por la ley europea
El TJUE ha asegurado que, bajo la ley europea, todas las personas tienen derecho a rectificar sus datos. «Si el propósito de recopilar esos datos era identificar al sujeto de los mismos, esos datos parecerían referirse a la identidad de género vivida de esa persona, y no a la identidad asignada al nacer», ha señalado el tribunal.
«En ese contexto, el tribunal aclara que un Estado miembro no puede ampararse en la ausencia, en su legislación nacional, de un procedimiento para el reconocimiento legal de la identidad trans para limitar el ejercicio del derecho a la rectificación», ha añadido.
Ahora corresponde al tribunal nacional en Hungría fallar sobre el caso de acuerdo con la decisión.
El gobierno de Orbán ha aprobado una serie de leyes que han sido criticadas por los activistas en Hungría y por la UE por restringir derechos trans.
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