Por ATA - Sylvia Rivera
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6 de febrero de 2026
Debería haberlo hecho hace casi dos años, pero el Gobierno sigue sin desarrollar el reglamento incluido en la Ley Trans para permitir que las personas extranjeras modifiquen su nombre y sexo legal. La norma, aprobada en marzo de 2023, dio un año al Ejecutivo para “habilitar por vía reglamentaria” el procedimiento, pero a día de hoy aún no lo ha hecho. El retraso impacta de lleno en las personas trans que no pueden modificar estos datos en sus países de origen y que describen una situación de “limbo” al desconocer la hoja de ruta para ejercer un derecho que la ley les reconoce. “Lo he intentado, pero me he encontrado con un bloqueo administrativo constante”, afirma Dina El Omary, una mujer trans que huyó de Marruecos tras una vida marcada por la violencia. Pidió asilo en España y fue reconocida como refugiada al considerar acreditada la situación de “acoso, hostigamiento y violencia física y verbal” a la que fue sometida en su país de origen, donde era conocida por su activismo. El expediente que le concede el asilo reconoce “la imposibilidad de vivir con libertad y dignidad” su propia identidad en Marruecos, donde ser LGTBI es considerado delito, pero aun así asegura que aún no ha podido cambiar aquí su nombre ni sexo legal. “El Estado reconoce que tuve que huir de mi país por mi identidad, pero al mismo tiempo no la respeta ni me permite vivir plenamente. Es doloroso y contradictorio”, afirma. La Ley Trans, que provocó una profunda brecha en el Gobierno y las críticas de un sector del feminismo, permite a los españoles cambiar el DNI sin requisitos médicos, con la voluntad del solicitante. Su artículo 50 extiende el derecho a los extranjeros “que acrediten la imposibilidad legal o de hecho” de hacerlo en su país y establece que lo podrán hacer “ante la autoridad competente”. Esta tendrá que “instar” al Ministerio de Exteriores para que investigue cómo está la situación en el país del solicitante. Para que esto pueda ser efectivo, la norma dispone que “en el plazo de un año” desde su entrada en vigor, el Gobierno “habilitará por vía reglamentaria los procedimientos” adecuados. Entre los perfiles a los que va dirigida la medida están las personas extranjeras con papeles y también todos los solicitantes asilo y refugiados, que según la ley tienen derecho a que los documentos que les identifican reflejen su identidad. Sin embargo, a día de hoy el reglamento no está aprobado y no hay una vía clara y homogénea para proceder al trámite, según trasladan asociaciones, abogados y personas afectadas consultadas. “Me dijeron que tenía que ir al Registro Civil y allí me informaron de que no pueden tramitarlo, pero nadie me ha informado de cómo puedo hacerlo. La respuesta siempre ha sido negativa sin que nadie asuma la competencia”, explica Dina, que vive en Madrid y que consultó con un abogado que le indicó que “no existe ningún organismo ni departamento que esté aplicando” de manera generalizada el procedimiento. Colectivos LGTBI como la Plataforma Trans, que fue la primera en llamar la atención sobre la situación, llevan meses denunciando el incumplimiento. Depender de la voluntad del funcionario Cuando algunas de las personas solicitantes de asilo atendidas por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), organización que gestiona algunos de los centros del sistema de acogida estatal, mostraron a su personal su deseo de acogerse a este derecho, la ONG se encontró con que no había un procedimiento claro para solicitarlo. “Vamos caso por caso. No existe un procedimiento”, explica Elena Muñoz, responsable legal en CEAR. Ante la falta de protocolo, la organización acudió a dos entidades para intentar solicitar los cambios en cada uno de los casos: por un lado, a la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), que depende del Ministerio de lnterior y se encarga de la documentación temporal que poseen los solicitantes de asilo, la llamada 'tarjeta roja'. Por otro, a la Policía Nacional. “Son dos trámites. Primero, el nombre registrado en el expediente de su petición de asilo, así como en todas las resoluciones ligadas al caso, competencia de la OAR. Después, la expedición de la documentación (Policía Nacional)”, resume Muñoz. La letrada afirma que, mientras unos casos ya se han resuelto de manera ágil, otros aún se encuentran en trámite y sufren algo más de retraso. “En nuestro caso la Policía y la OAR, fueron colaboradoras y buscaron la manera de hacerlo. Reconocían que no era fácil al no haber procedimiento, pero se implicaron”, apunta. El problema de depender de la implicación de los funcionarios de turno es la probable arbitrariedad en la respuesta, y la dificultad con la que se encontrarán quienes carecen del acompañamiento jurídico de una organización. “La Oficina de Asilo, por ejemplo, no tiene una ventanilla al público. No sé cómo podría hacerlo alguien que no tiene ese asesoramiento. Cualquiera tendría que ser capaz de hacerlo a través de un procedimiento claro, sencillo y con los plazos marcados”, opina la jurista. La Plataforma Trans lleva desde el pasado octubre movilizándose y ha recurrido al Defensor del Pueblo. La presidenta de la organización, Mar Cambrollé, denuncia la “desidia” del Gobierno con las personas trans migrantes, a las que asegura que está “condenado a la invisibilidad, a la precariedad y al miedo” por lo que considera que “no es una simple omisión administrativa”, sino “una vulneración flagrante de los derechos humanos”. Nadie asume la responsabilidad En el seno del Gobierno, no parece haber una hoja de ruta marcada y todos los ministerios consultados que han respondido a elDiario.es eluden asumir la responsabilidad en la cuestión. A preguntas de este medio, Interior apunta a que “el procedimiento no depende” del departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska porque Policía Nacional “expide la documentación”, pero “carece de capacidad para realizar estas modificaciones [de nombre y sexo legal], como tampoco puede hacerlo con las personas españolas, sin el cambio previo en el Registro Civil”. En una respuesta parlamentaria remitida este jueves a Podemos, Interior asegura que ya “aplica” las previsiones contenidas en la ley. El Ministerio de Justicia, que es de quien depende el Registro Civil, apunta a que “solo tiene competencia” para hacerlo con quienes tienen la nacionalidad española, mientras que el Ministerio de Igualdad, que fue el impulsor de la Ley Trans, vuelve a pasar la pelota a Interior: “Es el que tiene competencias para expedir documentos identificativos oficiales”, apuntan fuentes del departamento dirigido por Ana Redondo, que señalan que “Interior y Exteriores” deberían “conjuntamente” reglamentar el procedimiento. El Ministerio de Asuntos Exteriores, por su parte, no ha respondido a la consulta. Fuentes del Defensor del Pueblo señalan que han recibido varias quejas de personas extranjeras que tienen “dificultades” para solicitar el cambio y mantiene una “actuación abierta” por ello, sumado a la interpuesta por la Plataforma Trans, que también envió una carta al Ministerio del Interior que no ha sido contestada. En la respuesta del pasado enero, el organismo dirigido por Ángel Gabilondo apunta directamente a Interior como responsable del desarrollo del reglamento para clarificar el procedimiento y confirma que le ha pedido explicaciones por “la demora” en su puesta en marcha. Pero, además, el Defensor del Pueblo informa de un caso en el que la modificación de los datos de una persona extranjera –no solicitante de asilo– se produjo por la actuación de la Subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa. Esta es precisamente la vía que señala la Dirección General de Policía en un informe en el marco de un recurso que actualmente tramita el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº17 de Madrid interpuesto por una chica trans de Perú. En el informe, al que ha accedido elDiario.es, la Policía asegura que debería haberse dirigido a la Delegación del Gobierno de Madrid, que es donde vive, y una vez hecho el cambio, la Unidad de Documentación de Policía Nacional podría plasmarlo en su documentación. “La cuestión es que la Ley Trans es ambigua porque habla de 'autoridad competente' y ninguna está asumiendo la responsabilidad”, opina el abogado Saúl Castro, que lleva el caso de la mujer peruana y que ya ha presentado la petición ante la Delegación del Gobierno. Castro cree que las Oficinas de Extranjería, que están en las subdelegaciones, “son las competentes” para hacer la gestión, al menos en el caso de quienes no son solicitantes de asilo, pero aun así cree que “es necesario” el desarrollo del reglamento porque “hace falta un protocolo claro que garantice la aplicación del derecho”. Preguntado el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, del que dependen las delegaciones del Gobierno, apunta a que sus funciones “son las de todas las áreas” del Ejecutivo y remite “a Interior o a Igualdad”. Desde su experiencia como abogado de extranjería, Francisco Solans reconoce la dificultad que podría entrañar para los funcionarios encontrar por su cuenta la fórmula. “La Ley de Extranjería establece que tanto la Policía como las Oficinas de Extranjería son las encargadas de obtener los datos de identificación de los documentos del país de origen”, indica el letrado, que apunta a que la posible solución debería pasar por registrar el cambio de nombre y sexo en el Registro Civil –donde lo hacen los españoles– para que después las Oficinas de Extranjería o la Policía “sí pueda hacer el cambio”. “Siendo tan complejo, es aún más importante que se desarrolle el procedimiento”, añade. No es una cuestión superficial. Llevar en los documentos oficiales un nombre y un sexo legal que no se corresponde con su identidad les afecta “cada día”, dice Dina El Omary. Sobre todo, cuando su apariencia física ya no se corresponde con esos datos que aparecen en tarjetas como la sanitaria o la del banco o en sistemas internos en el ámbito laboral o estudiantil. “Me genera problemas en el trabajo, en el hospital, ante las administraciones o con la Policía. Cada trámite se convierte en una explicación, una duda y una exposición innecesaria”, denuncia la mujer, que lamenta la “dura sensación” de haber dejado un país “para huir de una forma de sufrimiento” y haberse encontrado en España “con otra, distinta, pero constante”. “Cuando llegué no me imaginaba que, siendo refugiada reconocida, seguiría viviendo sin documentos que me representen”. https://www.eldiario.es