El SCS debe pagar la creación quirúrgica de un pene a un hombre trans de Lanzarote
ATA-Sylvia Rivera • 2 de noviembre de 2023
El Gobierno de Canarias indemnizará con 20.737 euros a una persona transexual que se operó en una clínica privada en agosto de 2018, según consta en una sentencia del TSJC

El Gobierno de Canarias indemnizará con 20.737 euros a una persona transexual que se operó en una clínica privada en agosto de 2018, según consta en una sentencia del TSJC
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en su sede de Las Palmas de Gran Canaria confirmó en todos sus términos la sentencia que en abril de 2022 condenó al Servicio Canario de Salud (SCS) a pagar a una persona transexual de Lanzarote un total de 20.737,10 euros en concepto de reintegro por el importe de la operación de faloplastia (creación quirúrgica de un pene) a la que se sometió en una clínica privada fuera del Archipiélago en agosto de 2018, al serle denegada por el SCS la solicitud de someterse a tal intervención en la Sanidad Pública.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) desestimó los recursos de suplicación interpuestos por el SCS y por la propia persona afectada –en la actualidad, de sexo masculino– contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Arrecife (Las Palmas) que el 29 de abril de 2022, estimando parcialmente la demanda del afectado, declaró su derecho a ser reintegrado en el importe de la faloplastia, aunque desestimó su petición para que igualmente se le resarciera por la operación de mastectomía (extirpación de los senos) a la que también se había sometido en la sanidad privada, y cuyo importe reclamaba a la sanidad pública (7.445 euros).
TRATAMINETO
En este segundo caso, el juzgado en primera instancia, y ahora la Sala, consideraron probado que el Servicio Canario de Salud le desaconsejó la intervención de mastectomía porque llevaba menos de un año en tratamiento de hormonación y, a pesar de ello, se extirpó los senos en un centro privado.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) analiza el historial médico del paciente, diagnosticado de disforia de género por facultativos del SCS desde 2017, y concluye que se trata de un caso de «denegación injustificada de tratamiento» en el que la condena del juzgado a abonar la operación estuvo plenamente justificada: «Cuando se plantea la reclamación de reintegro»; recapitula, «la administración rechaza la misma argumentando que la parte actora acude por decisión propia a servicios distintos a los de la Seguridad Social y sin contar con autorización, cuando es evidente que no es así, ya que la decisión de acudir a la clínica privada (…) para hacerse la faloplastia no fue una decisión unilateral y caprichosa de la parte actora, sino que acudió a dicho centro sanitario porque en la sanidad pública en la que estaba siendo tratada no podía facilitarle tal prestación».
Circuito de atención pública
Añade la sentencia que, «en el caso presente, el SCS ni siquiera acordó la derivación a otro centro público, como solicitó endocrinología […], es decir, rechazó sin posibilidad alguna de obtener otra solución en el circuito de atención sanitaria pública […]».
«En el caso presente», recapitula el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), «el actor es una persona transexual que había sido diagnosticada con un trastorno de disforia de género, lo que implica una importante condición de salud mental. Desde el momento en el que se identificó como un hombre transexual, buscó atención médica y solicitó procedimientos médicos específicos, como la faloplastia, que son esenciales para su bienestar y calidad de vida. La solicitud de faloplastia le fue denegada por el Servicio Canario de la Salud debido a la supuesta falta de un centro de referencia adecuado».
Creciente ansiedad
La sentencia que confirma el fallo de instancia advierte de que en este caso es «crucial» destacar que el actor «presentaba una creciente ansiedad y agravación de su trastorno adaptativo a medida que demoraba la atención médica».
Recuerda que, de acuerdo con el historial médico, expresaba su angustia por la demora en los tratamientos y exteriorizaba «ideas autolíticas» (de suicidio). De hecho, llegó a anunciar su intención de someterse a la faloplastia en Barcelona como resultado de la falta de opciones efectivas en los recursos del Servicio Canario de Salud (SCS).
«Estos hechos indican que su situación era de suma importancia y trascendencia desde el punto de vista médico y psicológico», dice la resolución, «lo que se ajusta a la interpretación amplia de urgencia vital establecida por la jurisprudencia».
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias considera acreditado que se cumple el requisito de «imposibilidad de acceso a los servicios de la Seguridad Social», puesto que el actor, relata, «buscó activamente la atención médica y solicitó la faloplastia a través del sistema público de salud», pero esta solicitud fue denegada por el Servicio Canario de Salud (SCS). «Además», agrega, «no se proporcionaron alternativas claras ni se realizaron gestiones adecuadas para derivar a la actora a un centro de referencia».
Falta de opciones
«Por tanto», concluye la sentencia, «se puede argumentar que, dado el rechazo injustificado por parte del SCS y la falta de opciones ofrecidas, existía una imposibilidad real de acceder a los servicios de la Seguridad Social en un plazo razonable y compatible con su estado de salud».
La Sala de lo Social del TSJC indica que «no puede obviar» que las personas transexuales pueden ser «objeto de innumerables situaciones de discriminación social, sanitaria y jurídica, y pese a los avances legislativos, siguen siendo un colectivo vulnerable que precisa de una protección jurídica y sanitaria».
Jurisprudencia
Recuerda el fallo que la Corte Europea de Estrasburgo afirmó en su momento «en innumerables ocasiones en su jurisprudencia» que en el marco de aplicación de la Convención Europea de Derechos Humanos y en aplicación de su artículo 8, se reconoce el derecho al desarrollo personal en libertad de los individuos transexuales y, en particular, «el derecho a cambiar de sexo y el derecho a ser reconocidos públicamente según el nuevo sexo, lo que se establece como obligación positiva del Estado y de los sistemas públicos sanitarios, que deben hacerlo posible y financiarlo».
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) es susceptible de recurso de casación para la unificación de doctrina.
FUENTE: https://www.eldia.es/sociedad/2023/11/01/scs-debe-pagar-creacion-quirurgica-94070735.html?utm_source=whatsapp&utm_medium=social&utm_campaign=btn-share
Noticias

Policía Nacional publica este lunes el texto que permitirá la modificación de sexo y de nombre en los documentos expedidos a personas migrantes cuando se acredite la imposibilidad de cambio registral en su país de origen. El nuevo protocolo, anunciado el pasado 23 de junio por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, se adopta en aplicación de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI Las personas extranjeras podrán solicitar desde mañana la rectificación de sexo y nombre en los documentos expedidos por Policía Nacional, de acuerdo con el protocolo que se publicará este lunes en la Orden General de la Policía, aprobado mediante una resolución firmada por el director general de la Policía, Francisco Pardo. Los documentos expedidos que pueden ser objeto de esta medida son la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en todas sus modalidades; el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CRUE); la Cédula de Inscripción de Extranjero Indocumentado; el Título de Viaje de Indocumentado; los resguardos de registro y formalización de protección internacional; los documentos acreditativos de solicitante en trámites de protección internacional y de apatridia; y los certificados de residente y no residente. El protocolo contempla dos posibles situaciones. En el primer supuesto, cuando la persona extranjera solicita la modificación registral por imposibilidad de hacerlo en su país de origen, la Brigada de Extranjería y Fronteras solicitará al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación un informe que acredite la imposibilidad legal o de hecho para llevar a cabo la rectificación. Si el informe confirma esa circunstancia, se procederá al cambio en el Registro Central de Extranjeros y a la emisión del nuevo documento. En el segundo supuesto, cuando la persona extranjera ya ha efectuado el cambio en su país de origen, bastará con la presentación del pasaporte o título de viaje en vigor que lo acredite, junto con el documento del que se solicita la actualización. Aplicación de la Ley 4/2023 El protocolo se adopta en aplicación de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, que recoge el derecho a que los documentos contengan la rectificación del sexo y de nombre, tanto cuando las personas extranjeras hayan efectuado la modificación en su país de origen, como cuando quede acreditado la imposibilidad por sus autoridades. La resolución de la Policía Nacional menciona también el aval de la reciente sentencia 181/2026, de 5 de junio de 2026, de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza n.º 17, que obligaba a la Administración a atender el requerimiento de un ciudadano extranjero en cuyo país de origen no pudo realizar el cambio registral de su sexo. El ministro reconoció las limitaciones del procedimiento cuando la persona trans migrante no podía llevar a cabo el cambio de nombre y sexo en su país de origen y se comprometió a impulsar “con carácter urgente” un nuevo mecanismo que resolviera las dificultades y facilitara la tramitación, “tanto para las personas solicitantes como para las distintas instancias administrativas implicadas”. https://www.interior.gob.es

La historia del transformismo español pierde a una de sus figuras más queridas. Gilda Love , nombre artístico de Eduardo Rondón , ha fallecido este domingo en Barcelona , apenas un mes antes de cumplir 101 años. Considerada la drag queen más longeva de España, su muerte pone fin a una trayectoria excepcional que atravesó casi un siglo de historia y convirtió su nombre en sinónimo de resistencia, libertad y memoria para el colectivo LGTBIQ+ . Nacida en San Fernando (Cádiz) en 1925, Gilda Love llegó a Barcelona en 1967, después de trabajar en París , donde descubrió el transformismo en locales tan emblemáticos como Madame Arthur . Fascinada por la película Gilda , protagonizada por Rita Hayworth , adoptó ese nombre artístico para una carrera que la llevaría a convertirse en uno de los rostros más reconocibles de la noche barcelonesa. Ella misma se definía con orgullo como «la cachonda de Cádiz «, aunque siempre aseguró que su verdadero hogar estaba en el Barrio Chino , el actual Raval . Una energía inolvidable En plena dictadura franquista encontró en Barcelona el refugio que nunca tuvo en su entorno familiar. La artista relató en varias ocasiones la violencia que sufrió durante su infancia por su orientación sexual , marcada por el rechazo de sus hermanos y por episodios de extrema crueldad que la acompañaron toda la vida. A pesar de ello, nunca perdió el sentido del humor ni la capacidad de emocionar al público, convirtiéndose en un símbolo de quienes sobrevivieron a la persecución de la homosexualidad bajo la Ley de Vagos y Maleantes . Su carrera estuvo ligada a algunos de los escenarios más emblemáticos de la ciudad, como Bodega Apolo , Kit Kat , Bodega Bohemia y, especialmente, El Cangrejo , donde siguió actuando hasta una edad muy avanzada. Allí mantuvo vivo un estilo de espectáculo que priorizaba la personalidad, la improvisación y el contacto con el público frente a la perfección técnica que domina parte del drag contemporáneo. Gilda Love nunca hizo lip sync: cantaba en directo y convertía cada actuación en una celebración de la autenticidad. Historia del transformismo En sus últimos años, el documental Cantando en las azoteas , dirigido por Enric Ribes , permitió que nuevas generaciones descubrieran tanto su historia personal como la memoria de una Barcelona desaparecida. La película mostró también las dificultades económicas y sociales que afrontó en la vejez, después de perder su vivienda y depender de ayudas públicas mientras seguía subiéndose a los escenarios siempre que podía. Con la muerte de Gilda Love desaparece una de las últimas testigos de una época en la que el transformismo era, además de un espectáculo, un acto de supervivencia. Su legado trasciende los escenarios: representa la memoria de quienes abrieron camino cuando hacerlo implicaba jugarse la libertad, el trabajo e incluso la vida. Su nombre permanecerá ligado para siempre a la historia del colectivo LGTBIQ+ y a la de una Barcelona que encontró en ella una de sus artistas más libres e inolvidables.

La activista trans puertorriqueña Victoria Cruz, una de las figuras más representativas del movimiento por los derechos LGBTQ+ en Estados Unidos y sobreviviente de los históricos disturbios de Stonewall de 1969, falleció el pasado 25 de junio en la ciudad de Nueva York a los 79 años, tras una batalla contra el cáncer de hígado. Nacida en Guánica, Puerto Rico, y criada en Brooklyn, Cruz comenzó desde muy joven un camino marcado por la búsqueda de reconocimiento y dignidad como mujer trans en una época en la que la discriminación y la violencia eran una constante para la comunidad LGBTQ+. Su presencia en el Stonewall Inn durante la redada policial del 28 de junio de 1969 la convirtió en testigo y protagonista de uno de los acontecimientos que dio origen al movimiento moderno por los derechos LGBTQ+. Tras aquellos hechos, Cruz dedicó gran parte de su vida al activismo comunitario. Durante 17 años trabajó en el New York City Anti-Violence Project, organización dedicada a brindar apoyo a personas LGBTQ+ sobrevivientes de violencia y abuso, además de aquellos afectados por el VIH. A lo largo de su trayectoria, Cruz recibió diversos reconocimientos por su labor en favor de las víctimas de violencia. En 2012 fue distinguida con el National Crime Victims’ Service Award, otorgado por el entonces Departamento de Justicia de Estados Unidos, en reconocimiento a su trabajo como defensora de sobrevivientes LGBTQ+ de violencia y abuso. Con su fallecimiento, la comunidad LGBTQ+ pierde a una de sus referentes históricas, pero su legado permanece como testimonio de resistencia, solidaridad y lucha por una sociedad más justa e inclusiva para todas las personas. Descansa en paz, Victoria Cruz. https://gaylatinnews.com

La Policía Nacional ha detenido al sospechoso, que se citó con la joven, de 17 años, con la excusa de prestarle apoyo emocional tras sentirse rechazada por su identidad de género. La chica dio positivo a la flakka tras acudir al hospital con su madre, convencida de que la habían sometido a una sumisión química.









