El Constitucional afirma que la reforma de la Ley Trans valenciana aprobada por PP y Vox "podría generar perjuicios irreparables" a los menores
Los magistrados mantienen la suspensión cautelar de algunos aspectos de la normativa aunque todavía no deciden sobre el fondo de la cuestión
El Tribunal Constitucional considera que la modificación de la ley trans valenciana impulsada por PP y Vox podría afectar a derechos fundamentales de los menores trans y, por ello, ha decidido mantener suspendidos cautelarmente varios de los cambios aprobados por Les Corts. El pleno ha rechazado la petición de la Generalitat y del Parlamento valenciano para que se levantara la suspensión acordada tras la impugnación presentada por el Gobierno central.
El auto, que no resuelve todavía sobre la constitucionalidad de la norma y que ha avanzado este martes el diario Las Provincias, concluye que la aplicación de los artículos recurridos podría ocasionar "perjuicios de imposible o difícil reparación" a los menores trans afectados. Los magistrados sostienen que existe un riesgo de afectación de derechos vinculados a la autodeterminación de los menores, a su capacidad para participar en decisiones que les afectan y al desarrollo del derecho a la educación y al libre desarrollo de la personalidad.
Los preceptos suspendidos forman parte de la reforma de la Ley trans valenciana aprobada por PP y Vox en mayo de 2025. Entre otras modificaciones, la norma abre la puerta a las conocidas como "terapias de conversión", ya que permite "procesos de acompañamiento a personas trans" siempre que sean voluntarios. Además, introduce nuevos requisitos de intervención de padres, tutores y profesionales en los procesos que afectan a menores trans y condiciona determinados tratamientos a informes de profesionales de salud mental. También elimina la obligación de que los proyectos educativos de los centros aborden de forma específica la identidad de género, la diversidad sexual y familiar.
El Constitucional subraya que en esta fase procesal no le corresponde decidir si esas medidas vulneran efectivamente la Constitución, sino valorar si su entrada en vigor puede causar daños difíciles de revertir mientras se resuelve el recurso. A juicio de la mayoría del tribunal, esos riesgos han sido suficientemente acreditados por la Abogacía del Estado, especialmente en relación con los menores trans y con el ámbito educativo.
La resolución también recuerda que la Ley trans estatal "sigue plenamente vigente" y que algunos de los artículos valencianos recurridos podrían entrar en contradicción con ella. En todo caso, el tribunal evita pronunciarse sobre ese conflicto normativo ya que deberá abordarse en la futura sentencia.
La decisión ha salido adelante con ocho votos favorables. Cuatro magistrados han firmado un voto particular en el que sostienen que la Abogacía del Estado "no ha demostrado la existencia de daños irreparables". A su juicio, los artículos suspendidos se limitan en gran medida "a reforzar la participación de padres, tutores, profesionales sanitarios e incluso jueces en decisiones que afectan a menores", por lo que consideran que debía levantarse la suspensión.
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