¿Transfobia o Trans Odio?

ATA-Sylvia Rivera • 20 de octubre de 2023
Coloquialmente hablamos de transfobia para referirnos al odio o a cualquier forma de discriminación y menoscabo de derechos que sufren las personas trans, por el hecho de ser personas que no se reconocen en el sexo y género asignado en el nacimiento, por tanto, no se ajustan a las normas sexo genéricas que impone la sociedad en base a valores sexistas y cisexistas.
Las raíces de la transfobia están en el sexismo y cisexismo. Esta aptitud está vinculada a la creencia de que masculino y femenino son categorías rígidas que se excluyen mutuamente y que cada una posee atributos, aptitudes, habilidades y deseos únicos que nunca se solapan. Existe una línea binaria e inquisidora que sutilmente se perpetúa a través de la educación, donde masculino, hombre y pene o feminidad, mujer-vagina, son líneas que explican de manera inexorable qué es un hombre o qué es una mujer. Negando la posibilidad de múltiples combinaciones que en la vida real se dan de una manera natural respondiendo a un orden diverso que impone la naturaleza.

La imposición de este régimen binario y excluyente tiene sus causas en la división sexista de la sociedad, donde se imponen valores de supremacía a los hombres y de sumisión a las mujeres, pero también, tienen una influencia determinante el cisexismo, que es la ideología que sustenta la transfobia y consiste en creer desde los prejuicios y el privilegio que las personas cis (no trans), son más legítimas y auténticas.

La transfobia es una extensión de la homofobia y la misoginia. Las personas trans, como los gais y las lesbianas, son odiadas y temidas por desafiar y socavar los roles de género, la expresión de género y el binarismo de género. Asimismo, la persona trans hombre o mujer incita a la transfobia a través de su desafío implícito a la división binaria de género de la que depende la hegemonía política y cultural masculina.

También en muchas ocasiones se habla de miedo a lo desconocido, que se transforma en discriminación y violencia. En algunos casos, la transfobia puede conllevar agresiones verbales y físicas hacia las personas trans. Yo difiero de atribuir al miedo las discriminaciones, agresiones o vulneración de derechos, por ello abogo por sustituir la palabra transfobia por trans odio.

Cuando nos agreden, asesinan, se nos insulta o criminaliza, no lo hacen porque nos tengan miedo, lo hacen porque nos odian. Por tanto, es mucho más correcto el uso de trans odio para referirnos a las situaciones de vulneración de derechos, vejaciones y/o agresiones. Es necesario llamar a las discriminaciones por su nombre, para poder combatirlas. 

Gay panic es la estrategia legal de EEUU, que excusa los asesinatos de las personas LGTBIQ, ya que la misma fundamenta un miedo irracional que convierte la acción criminal en un atenuante y no en un agravante.

Tradicionalmente, la defensa del gay panic y trans panic se ha utilizado para mitigar un caso de asesinato a homicidio u homicidio justificado.

Defensa de locura o capacidad disminuida: el acusado alega que una proposición sexual de la víctima, debido a su orientación sexual o identidad de género, desencadenó una crisis nerviosa en el acusado, causando un pánico homosexual o trans. Esta defensa se basa en un término psicológico obsoleto, trastorno de gay panic, que fue desacreditado por la Asociación Estadounidense de Psiquiatría y retirado del DSM en 1973. Lamentablemente, a pesar de que el campo médico ha evolucionado con nuestra sociedad cada vez más justa, el campo legal aún tiene que ponerse al día.

En la búsqueda de términos más correctos que nos ayuden a combatir la transfobia y también la lgtbifobia, hemos de hacer un esfuerzo por actualizar nombrar el odio, las discriminaciones, vejaciones, agresiones y asesinatos, de manera hablada y escrita, por el uso de trans odio o lgtbiodio, para dejar claro que las raíces son el odio al que la sociedad y el Estado debe combatir con todas sus herramientas, educacionales, sanciones y punitivas. 

Mar Cambrollé, presidenta de la Federación Plataforma Trans

FUENTE: https://www.ela.eus/alda/transfobia-o-trans-odio

Noticias

Por ATA - Sylvia Rivera 19 de junio de 2026
La comisión de Igualdad ha votado en contra de un ‘cupo trans’ en el empleo público. Se trata de una propuesta de Podemos, consistente en un 1% de plazas reservadas para personas trans, y cuya votación ha resultado en 17 votos en contra, 12 abstenciones y 6 votos a favor. Este tipo de medidas tienden a estar rodeadas de polémica y todo tipo de reacciones. Aunque sería algo novedoso a nivel estatal, cabe destacar que, en la comunidad autónoma de Aragón, la Ley 4/2018 de Identidad y Expresión de Género establece un cupo «no inferior al uno por ciento de las vacantes [en ofertas de empleo público] para ser cubiertas por personas transexuales». Las tasas de desempleo en el colectivo trans se sitúan, según el Ministerio de Igualdad, en torno al 46,5%. En 2026, la tasa de paro en España en la población general se sitúa en el 10,83%. Si hablamos de personas trans mayores de 45 años, esta cifra llega al 80%. Por tanto, la situación laboral del colectivo trans es vulnerable y un cupo laboral trans permitiría a muchas personas acceder a un trabajo estable. Siendo la inestabilidad otro de los problemas que atañen al colectivo, ya que un 41,7% de hombres trans y 33,4 de mujeres trans trabajan solo unos meses al año. Según datos del Informe Estado LGTBI+ 2025. Poder acceder a una oferta de empleo público con un cupo reservado implicaría que muchas personas trans tuviesen oportunidades para acceder a trabajos, paliándose así algunos de los efectos de la transfobia en los espacios laborales y estas cifras de desempleo. Sin olvidar, por supuesto, que para poder obtener una plaza de funcionariado en una OPE es necesario aprobar. Otra de las ventajas de esta medida reside en paliar una de las brechas principales que atañen a la posibilidad de las personas trans de conseguir un empleo. Y es que los procesos de selección se convierten en uno de los principales obstáculos para el colectivo. Aunque las vivencias varían dependiendo de cómo de normativa es la persona trans y de otras variables como el género, los datos del Observatorio Andaluz LGBT indican que el 55% de personas trans ha sido rechazada en procesos de selección. A pesar de que esta medida pueda parecer excesiva, si se comparan las tasas de paro del colectivo trans con otro tipo de colectivos vulnerables, hay una justificación estadística. Por ejemplo, la tasa de paro de personas con discapacidad es del 18,5%. Por tanto, aunque se trata de situaciones diferentes y cada una requiere unas acciones concretas en el ámbito laboral, podría justificarse esta medida a nivel de cantidad de personas afectadas. Además, a nivel práctico, se trata de un porcentaje muy reducido de plazas (tan solo el 1%), cantidad que no interfiere con la oferta regular de plazas públicas. No obstante, para un colectivo con tal tasa de desempleo y, además, con porcentaje reducido de personas con respecto a la población general, sería un beneficio significativo. Esta medida lleva aplicándose en la comunidad autónoma de Aragón durante los últimos años y no ha habido incidencias significativas que hayan trascendido. Lo cual puede indicar que, lejos de lo que pueda parecer, no tiene por qué ser una medida problemática y sí una acción positiva. https://www.revistasix.es
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