Un hombre fue declarado culpable de matar a una mujer trans en un veredicto histórico por delito de odio
ATA-Sylvia Rivera • 1 de marzo de 2024
Un jurado federal en Carolina del Sur encontró culpable a Daqua Lameek Ritter de asesinar a Dime Doe, una mujer transgénero afroamericana, en lo que constituye la primera condena en un juicio federal por un delito de odio basado en la identidad de género

Un hombre fue declarado culpable de matar a una mujer trans en un veredicto histórico por delito de odio
Un jurado federal declaró el viernes culpable a un hombre de Carolina del Sur de matar a una mujer transexual afroamericana, lo que supone la primera condena en un juicio federal por un delito de odio motivado por la identidad de género, según las autoridades.
El jurado declaró unánimemente a Daqua Lameek Ritter culpable de un delito de odio, un cargo de armas de fuego y obstrucción por el tiroteo mortal en 2019 de Dime Doe, una mujer transgénero de 24 años, anunció el sábado 24 de febrero el Departamento de Justicia.
Ritter atrajo a Doe a un área remota en Allendale, Carolina del Sur, y le disparó tres veces en la cabeza, alegaron los fiscales. Ritter se enfadó al enterarse de que se habían extendido rumores en su comunidad sobre una relación sexual entre él y Doe, y mató a Doe por su identidad de género, según el Departamento de Justicia.
Las autoridades calificaron la condena de histórica. Hasta el caso de Ritter, ningún caso federal de delito de odio basado en la identidad de género había llegado a un veredicto de culpabilidad en juicio, según el Departamento de Justicia. Ritter se enfrenta a una pena máxima de cadena perpetua.
“Queremos que la comunidad trans afroamericana sepa que se la ve y se la escucha, que estamos con la comunidad LGBTQI+ y que utilizaremos todas las herramientas disponibles para buscar justicia para las víctimas y sus familias”, declaró la fiscal general adjunta del Departamento de Justicia, Kristen Clarke, en el comunicado de prensa del departamento.
Joshua Kendrick, abogado de Ritter, dijo a The Washington Post que estaba decepcionado por el veredicto. Negó que Ritter cometiera el asesinato y dijo que había incoherencias en la acusación contra Ritter. “No vamos a dejar de trabajar por nuestro cliente”, dijo Kendrick.
La Ley de Prevención de Delitos de Odio Matthew Shepard y James Byrd Jr. de 2009 creó una ley federal que tipifica como delito los actos violentos contra personas debido a su religión, nacionalidad, género, orientación sexual o discapacidad. La ley otorgaba, entre otras cosas, a las autoridades federales mayor flexibilidad para perseguir los delitos de odio que las autoridades locales decidieran no perseguir, según el Southern Poverty Law Center. Pero los fiscales no persiguieron un caso centrado en la identidad de género de una víctima hasta varios años después de la promulgación de la ley.
El primer caso de este tipo, también por el asesinato de una mujer transexual, no llegó a juicio: En 2016, un hombre de Misisipi se declaró culpable de matar a Mercedes Williamson en 2015 porque era transgénero. Fue condenado a 49 años de prisión.
Doe había sido encontrada desplomada sobre el volante de su coche con heridas de bala en agosto de 2019, informó el Post and Courier. La organización de justicia social Alliance For Full Acceptance, con sede en Carolina del Sur, dijo en ese momento que Doe era la cuarta mujer transgénero negra asesinada en un período de dos años en el estado y calificó los asesinatos de “estado de emergencia.”
Durante el juicio de cuatro días de Ritter, los fiscales utilizaron testigos y mensajes de texto para describir una relación secreta entre Ritter y Doe que se volvió tensa poco antes de la muerte de Doe cuando la novia de Ritter, otra mujer, se enteró de la aventura y llamó a Ritter con un insulto homófobo, informó The Associated Press.
Los fiscales también presentaron imágenes de un control de tráfico horas antes de que Doe fuera encontrada muerta en su coche que mostraban a una persona con un tatuaje que coincidía con el de Ritter en el vehículo con Doe.
Los abogados defensores argumentaron en el juicio que ninguna prueba física señalaba a Ritter como el asesino y cuestionaron la fiabilidad de los testigos que afirmaron que Ritter actuaba de forma extraña en los días posteriores al asesinato, según AP. La vista para la sentencia de Ritter se fijará en una fecha posterior.
FUENTE: https://www.infobae.com/wapo/2024/02/26/un-hombre-fue-declarado-culpable-de-matar-a-una-mujer-trans-en-un-veredicto-historico-por-delito-de-odio/
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Barcelona, octubre de 1991. España todavía está entrando en los años 90, a unos meses de los Juegos Olímpicos. La ciudad intenta proyectar modernidad, apertura, libertad. Pero, en una glorieta del parque de la Ciutadella, un grupo de jóvenes neonazis encuentra a varias personas sin hogar descansando bajo unas mantas. Entre ellas hay una mujer trans de 45 años, Sonia Rescalvo. Pocos minutos después sería asesinada a golpes, patadas y barras metálicas, y otras dos personas resultarían gravemente heridas con secuelas permanentes. Y aunque entonces casi nadie lo sabía, aquel crimen iba a cambiar para siempre la manera en que la justicia española entendería los delitos de odio. ¿Quién era Sonia? Sonia Rescalvo nació en Cuenca en 1965. Y como muchísimas personas trans de su generación, tuvo que marcharse de su entorno para poder vivir su identidad. En la actualidad, usamos una palabra muy potente para eso: sexilio. Y Barcelona en aquella época, con todas sus contradicciones, era uno de los pocos lugares donde una persona trans podía intentar construir una vida con algo más de libertad. Sonia trabajó como vedette durante un tiempo, pero la realidad terminó golpeándola muy duro entre adicciones, prostitución y pobreza extrema. Una vulnerabilidad que la convertiría en un claro objetivo. La noche de los hechos El 5 de octubre de 1991, un grupo de jóvenes skinheads pasaba la noche por distintos bares de Barcelona, y sobre las tres y media de la madrugada entraron en el parque de la Ciutadella. Allí llegan a una glorieta donde duermen varias personas sin hogar tapadas con mantas y empiezan a hacer ruido. Sonia y otra persona les dicen algo muy sencillo: que los dejen dormir. En ese momento, se desencadena lo peor. Los agresores se dan cuenta de que quienes están allí son homosexuales y personas trans, y uno de ellos utiliza la expresión “subir a tocar el tambor”, que en su argot significaba golpear brutalmente la cabeza de alguien en manada. Los agresores comenzaron a patear sus cabezas y tórax, hasta que Sonia perdió el conocimiento. Seguidamente, uno de los neonazis comprobó si alguna de las víctimas seguía respirando, para acto seguido acabar con su vida. Un antes y un después en la justicia española El caso Sonia obligó a la justicia española a hacerse una pregunta distinta. Hasta entonces muchas investigaciones se centraban exclusivamente en: quién golpeó, quién mató o quién llevaba el arma. Pero este crimen obligó a preguntarse algo mucho más profundo: ¿por qué eligieron precisamente a esa víctima? Porque ella no fue asesinada al azar. Era una mujer trans, era pobre y dormía en la calle. En definitiva, era vulnerable. La agresión no solo buscaba matarla sino mandar un mensaje de exclusión y de odio a todo un colectivo. Los errores en la construcción del caso El problema estructural en este caso radica en que no se contemplara el motivo discriminatorio en el actuar criminal. Muchas veces, el problema aparece al principio, en cómo se mira el crimen. Con Sonia ocurrió algo peligrosísimo: se empezó investigar como una agresión salvaje de jóvenes violentos, pero no con toda la intensidad necesaria como una posible agresión selectiva contra personas vulnerables. Afortunadamente, el Mosso d’Esquadra Joan Carles Molinero Juncà, se hizo cargo de esa investigación y la impulsó de forma moderna y profesional, pero voluntarista. Y eso condiciona todo. Porque, si desde el primer momento no incorporas la discriminación como hipótesis, el odio puede desaparecer del procedimiento aunque sea el núcleo del crimen. La importancia del fiscal especialista en delitos de odio Hay quien piensa que un fiscal solo aparece en el juicio. Y no. Hay fiscales revisando denuncias, monitorizando procedimientos, intentando detectar motivaciones discriminatorias que a veces ni siquiera aparecen claramente descritas en el atestado inicial por razones ajenas a los policías. Esta labor exige formación, sensibilidad y muchísimo compromiso humano. Y a pesar del esfuerzo, su ánimo no decae. Saben que detrás de cada denuncia hay una persona que muchas veces llega rota, con miedo, con vergüenza o con sensación de que nadie le va a creer. Y ahí, el papel del fiscal es estrictamente necesario. La realidad de las mujeres trans en la actualidad En unas jornadas recientes en la Fiscalía, se analizó el asesinato de Sonia, con la oportunidad de conversar y aprender de Sofía, Judith y Marina, mujeres trans con increíbles reflexiones e historias a sus espaldas. No hablaron desde el resentimiento, pero también desde la dignidad, reivindicando algo tan simple como su derecho a existir, a vivir tranquilas y a no tener miedo. Un testimonio que recuerda que la discriminación y la transfobia no conceptos abstractos. Detrás de ellas hay seres humanos, y la dignidad humana, no se debate. ¿Acabarán algún día este tipo de crímenes? El fiscal asegura que el problema no ha desaparecido, sino que ha cambiado de forma. A día de hoy tenemos mejores leyes y mayor formación, pero siguen existiendo discursos de deshumanización que se amparan en era de la desinformación. Hay que recalcar dos ideas fundamentales: 1. Los delitos de odio no castigan ideas, castigan conductas que lesionan derechos fundamentales en un contexto discriminatorio. 2. Los discursos de odio sí son peligrosos por sí mismos, porque reducen las barreras frente a la violencia. Cuando conviertes constantemente a un colectivo en amenaza, acabas facilitando que alguien crea legítimo atacarlo. Y por eso recordar a Sonia no es mirar al pasado. Es preguntarnos qué sociedad queremos ser, si una sociedad donde determinadas personas tengan miedo de existir, o una capaz de proteger la dignidad de todos. Martín reafirma que la dignidad humana no puede depender ni de la identidad, ni de la orientación sexual, ni del aspecto físico, ni de la pobreza, ni de la vulnerabilidad. Porque, es para todos, o al final no será para nadie. https://cadenaser.com

María Cortés renovó el DNI en el año 2024 con su nuevo nombre y sexo, pero el Ayuntamiento de Dos Hermanas no remitió la información a la Oficina del Censo Electoral, por lo que su tarjeta no es correcta para las elecciones del domingo en Andalucía. El Consistorio alega que la ciudadana no actualizó el padrón, pero hace un año inició los trámites para modificar esos datos.

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