El asesinato de Sonia Rescalvo, 30 años después: “Dolía escuchar que en los medios se refiriesen a ella en masculino”

ATA-Sylvia Rivera • 9 de octubre de 2023

El 6 de octubre de 1991, seis skinheads asesinaron a la artista trans Sonia Rescalvo. Te contamos cómo vivieron el considerado primer delito LGTBI en España las mujeres trans hace 30 años

El 6 de octubre de 1991, seis skinheads asesinaron a la artista trans Sonia Rescalvo. Te contamos cómo vivieron el considerado primer delito LGTBI en España las mujeres trans hace 30 años

Sonia era hija de Leopoldo Rescalvo y de Dolores Zafra. También era una artista y vedette que se había mudado de su Cuenca natal a Barcelona. Había participado en protestas contra la dictadura franquista y contra la opresión a la comunidad LGTBI, donde era muy conocida y querida. También era una mujer trans, y fue precisamente su identidad de género lo que motivó la brutal agresión que acabó con su vida hace ahora 30 años, un 6 de octubre de 1991 en el Parc de la Ciutadella. 


El asesinato de Sonia Rescalvo, por el que condenaron a seis skinheads a entre nueve y 26 años de prisión, es considerado el primer delito de odio LGTBI en España.


Sonia Rescalvo: las sentencias que condenaron a los agresores

Las dos sentencias que hay sobre el asesinato de Sonia Rescalvo, a las que ha accedido Newtral.es, no especifican que sea un crimen de odio, pero sí señalan que los agresores estaban caracterizados “por sus tendencias extremistas y de ideología violenta”. 


Los tribunales también indican que sentían una “clara hostilidad hacia los vagabundos, indigentes, prostitutas, homosexuales, y demás grupos marginales”. Estos hechos probados constan tanto en la sentencia del 30 de junio de 1994 de la Audiencia Provincial de Barcelona como en la sentencia del Tribunal Supremo del 23 de noviembre de 1996

Cuando a Sonia Rescalvo la asesinaron, el delito de odio no existía como tal en el ordenamiento jurídico. “La tarea que asumieron los propios colectivos LGTBI fue salir de la inexistencia. A pesar de que ya había habido otros antes, fue la primera vez que la opinión pública tuvo conocimiento de un asesinato tránsfobo”, explica a Newtral.es María José Varela, abogada defensora de la acusación popular.


“Quienes la mataron fueron allí sin saber quién era, pero sabían que en ese sitio dormían personas trans. Que tanto la Audiencia Provincial como el Supremo apreciaran que los agresores sentían hostilidad hacia este colectivo hizo que la sociedad lo calificara como un delito de odio”, añade Varela. 


Así, la Audiencia Provincial de Barcelona declaró probado que cuando los agresores se dieron cuenta de quienes estaban ahí, decidieron subir “a tocar el tambor“, la expresión que utilizaban los propios skinheads para referirse a pegar palizas con sus botas. Señalaba también la Audiencia Provincial que cuando los agresores bajaron de la tarima en la que dormía Sonia junto a otra compañera, oyeron unas respiraciones, así que subieron de nuevo para golpearla hasta que no oyeron nada.

Su compañera, Dori, no falleció pero “sufrió lesiones consistentes en fractura de los huesos nasales, contusiones faciales múltiples con heridas”, apunta la sentencia del Supremo, que señala que Dori tuvo que estar ingresada desde aquella noche hasta el 13 de noviembre. 


El Tribunal Supremo estimó de forma “clara” que existió animus necandi, es decir, “ánimo homicida o propósito de ocasionar la muerte”, unido al hecho de que “todos ellos calzaban botas de media caña tipo ‘Rangers’ y ‘Doctor Martins’ [sic] con la puntera reforzada de acero” y que “las zonas anatómicas agredidas fueron la cabeza y el tórax de las víctimas”. 

Sin embargo, el Supremo desestimó, entre otras, la agravante de nocturnidad y la de alevosía por las que la acusación había recurrido la sentencia de la Audiencia Provincial. 


Extracto de la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (1994)

Así lo vivió el movimiento LGTBI


“Vi una noticia en La Vanguardia sobre que se había encontrado el cadáver de una travesti negra, así es como se refirieron a ella. Me conmocionó y llamé al periodista. Me dijo que era un error, que al principio pensaron que era una persona negra porque la habían dejado totalmente amoratada de los golpes”, cuenta a Newtral.es Eugeni Rodríguez, presidente de L’Observatori Contra L’Homofòbia y en aquel entonces integrante del Front d’Alliberament Gai de Catalunya (FAGC). 


Eugeni recuerda que el FAGC decidió personarse en la causa como acusación popular, con María José Varela como abogada, para que se llegase al fondo del asunto: “La violencia que sufríamos era insostenible. Queríamos poner el foco en que a Sonia la mataron por ser una mujer trans. Fue un delito de odio en su forma más extrema, un punto de inflexión con el que la sociedad comenzó a entender que nos agredían y agreden por quienes somos”.


La escritora, dramaturga y activista transfeminista Alana Portero tenía 13 años recién cumplidos cuando asesinaron a Sonia. En conversación con Newtral.es, Portero lo recuerda así: “Con todo lo que olía a LGTB y a lo que en aquel momento era ‘transexualidad’ como que me daba vergüenza estar pendiente y que en casa se diesen cuenta de que me quedaba pendiente o de que me interesaba especialmente. Recuerdo buscarme la vida para enterarme pero haciéndome un poco la tonta. Es decir, viéndolo sin que me viesen viéndolo”


La escritora y dramaturga destaca el tratamiento de los medios, que califica de “horroroso”: Dolía escuchar que se refirieran a ella en masculino o que usaran su deadname [término que hace referencia al nombre asignado al nacer y que muchas personas trans dejan de usar al nombrarse a sí mismas de otro modo]. Decían: ‘Un transexual’ o ‘un joven travestido’. Yo no conocía otro lenguaje en esa época, sabía que algo me picaba y me dolía dentro al escuchar esas cosas pero no sabía por qué”.


Sí reconoce, en cambio, que lo vivió como un antes y un después, como algo “fundacional”: “Vi muchos más testimonios de personas LGTB en medios de comunicación de los que había visto hasta entonces. Testimonios serios, de gente enfadada y orgullosa exigiendo responsabilidades”, relata Portero.


Una de las publicaciones sobre el caso Sonia Rescalvo, donde se refieren a ella en masculino y usan el término «travesti»

Sonia Rescalvo: ser mujer trans en los años 90


La activista transfeminista y exdiputada socialista Carla Antonelli, que en aquel momento tenía 32 años, también critica el tratamiento en los medios de comunicación: “La llamaban travesti y travestido, como nos llamaban a las mujeres trans en aquella época”, cuenta en conversación con Newtral.es. “Recuerdo que sentía rabia, impotencia y desprotección. Una sensación de vulneración absoluta”, añade.


Antonelli reconoce que la narrativa del terror siempre ha estado presente: “Las mujeres trans sabíamos que aquello nos podía pasar a cualquiera de nosotras”


Míriam Amaya, activista y artista, también tenía 32 años cuando asesinaron a Sonia Rescalvo, aunque señala a Newtral.es que “fue el primer delito de odio LGTBI reconocido por la sociedad, pero había habido muchos otros antes”: “Sí que fue una gran satisfacción ver que esto estaba saliendo a la luz, que por fin se contaba que era una realidad y no una fantasía”, añade.

Amaya, que por aquel entonces vivía en Barcelona y llevaba décadas participando en la lucha antifranquista y por los derechos LGTBI, coincidió con Sonia en varias ocasiones: Era muy alegre y luchadora, siempre metida en las manifestaciones por los derechos trans y por la igualdad. Era una más de nosotras”.


Carmen García de Merlo, presidenta de COGAM, cuenta a Newtral.es que cuando asesinaron a Sonia ella acababa de volver del Reino Unido: “Me había ido precisamente para no acabar como ella y como tantas otras. Yo todavía no había hecho mi transición. Me quedé mucho tiempo en el armario porque el precio a pagar era muy alto, un precio como el que pagó Sonia”


Míriam Amaya: “Fue también un feminicidio”


Para Alana Portero también hubo muchos otros casos antes que el de Sonia: “Tenía ejemplos cerca de personas LGTB muy mal tratadas en el barrio, en la familia. Ya tenía el mapa mental de que mi vida iba a ser muy difícil y no demasiado larga. He crecido pensándolo así. Pensaba: ‘Si ella que es tan guapa o tan ‘camuflable’ —un concepto horroroso—, qué va a ser de mí”.

La memoria trans está fragmentada al no tener los relatos de muchas personas que ni siquiera llegaron a la vejez. Por eso, para García de Merlo es importante recordar a Sonia: “Muchas tuvieron la valentía de ser ellas mismas, de nombrarse, pero muchas se quedaron por el camino”.


A lo que Antonelli alude a un ejercicio de memoria y reparación: “Hay que recordar para no olvidar porque precisamente el presente nos dice que todo aquello que pensábamos que estaba atrás puede volver de golpe. Y viene de la mano de quien sencillamente no quiere ni desea que existamos”.


Por ello, Míriam Amaya señala que la reparación comienza deshaciendo los silencios: “Las mujeres trans siempre recordamos a Ana Orantes porque fue un caso de violencia machista que supuso un antes y un después. Sin embargo, muchas feministas no recuerdan a Sonia Rescalvo. Pero su asesinato no fue solo un crimen de odio, sino también un feminicidio.



Fuentes consultadas

  • Sentencia del 30 de junio de 1994 de la Audiencia Provincial de Barcelona sobre el caso Sonia Rescalvo
  • Sentencia del Tribunal Supremo del 23 de noviembre de 1996 sobre el caso Sonia Rescalvo
  • María José Varela, abogada defensora de la acusación popular en el caso de Sonia Rescalvo
  • Eugeni Rodríguez, presidente de L’Observatori Contra L’Homofòbia e integrante de la acusación popular en el caso de Sonia Rescalvo
  • Alana Portero, escritora, dramaturga y activista transfeminista
  • Carla Antonelli, activista transfeminista y exdiputada socialista
  • Míriam Amaya, activista y artista
  • Carmen García de Merlo, presidenta de COGAM



FUENTE: Sonia Rescalvo, 30 años del considerado primer delito de odio LGTBI (newtral.es)

Noticias

Por ATA - Sylvia Rivera 19 de junio de 2026
La comisión de Igualdad ha votado en contra de un ‘cupo trans’ en el empleo público. Se trata de una propuesta de Podemos, consistente en un 1% de plazas reservadas para personas trans, y cuya votación ha resultado en 17 votos en contra, 12 abstenciones y 6 votos a favor. Este tipo de medidas tienden a estar rodeadas de polémica y todo tipo de reacciones. Aunque sería algo novedoso a nivel estatal, cabe destacar que, en la comunidad autónoma de Aragón, la Ley 4/2018 de Identidad y Expresión de Género establece un cupo «no inferior al uno por ciento de las vacantes [en ofertas de empleo público] para ser cubiertas por personas transexuales». Las tasas de desempleo en el colectivo trans se sitúan, según el Ministerio de Igualdad, en torno al 46,5%. En 2026, la tasa de paro en España en la población general se sitúa en el 10,83%. Si hablamos de personas trans mayores de 45 años, esta cifra llega al 80%. Por tanto, la situación laboral del colectivo trans es vulnerable y un cupo laboral trans permitiría a muchas personas acceder a un trabajo estable. Siendo la inestabilidad otro de los problemas que atañen al colectivo, ya que un 41,7% de hombres trans y 33,4 de mujeres trans trabajan solo unos meses al año. Según datos del Informe Estado LGTBI+ 2025. Poder acceder a una oferta de empleo público con un cupo reservado implicaría que muchas personas trans tuviesen oportunidades para acceder a trabajos, paliándose así algunos de los efectos de la transfobia en los espacios laborales y estas cifras de desempleo. Sin olvidar, por supuesto, que para poder obtener una plaza de funcionariado en una OPE es necesario aprobar. Otra de las ventajas de esta medida reside en paliar una de las brechas principales que atañen a la posibilidad de las personas trans de conseguir un empleo. Y es que los procesos de selección se convierten en uno de los principales obstáculos para el colectivo. Aunque las vivencias varían dependiendo de cómo de normativa es la persona trans y de otras variables como el género, los datos del Observatorio Andaluz LGBT indican que el 55% de personas trans ha sido rechazada en procesos de selección. A pesar de que esta medida pueda parecer excesiva, si se comparan las tasas de paro del colectivo trans con otro tipo de colectivos vulnerables, hay una justificación estadística. Por ejemplo, la tasa de paro de personas con discapacidad es del 18,5%. Por tanto, aunque se trata de situaciones diferentes y cada una requiere unas acciones concretas en el ámbito laboral, podría justificarse esta medida a nivel de cantidad de personas afectadas. Además, a nivel práctico, se trata de un porcentaje muy reducido de plazas (tan solo el 1%), cantidad que no interfiere con la oferta regular de plazas públicas. No obstante, para un colectivo con tal tasa de desempleo y, además, con porcentaje reducido de personas con respecto a la población general, sería un beneficio significativo. Esta medida lleva aplicándose en la comunidad autónoma de Aragón durante los últimos años y no ha habido incidencias significativas que hayan trascendido. Lo cual puede indicar que, lejos de lo que pueda parecer, no tiene por qué ser una medida problemática y sí una acción positiva. https://www.revistasix.es
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