Así fue el primer traslado carcelario por reconocimiento de identidad de género: recluso trans consiguió ir a una prisión para hombres

ATA - Sylvia Rivera • 21 de octubre de 2025

El caso de Jhon Alexander Rodríguez Cano, reubicado en una cárcel masculina, desencadenó cambios institucionales y la creación de un protocolo nacional para proteger a la población trans privada de la libertad.

El 12 de mayo de 2025, Jhon Alexander Rodríguez Cano se convirtió en el primer hombre trans en Colombia que logró un traslado carcelario fundamentado en el reconocimiento de su identidad de género.

Este hecho, conocido por la revista Cambio, marcó un hito en el sistema penitenciario colombiano y desencadenó reformas institucionales, además de abrir el debate sobre los derechos de la población trans en prisión.

El proceso que llevó a Rodríguez a este traslado comenzó con una petición escrita de su puño y letra dirigida al Juzgado 4 de Manizales. En ella, solicitó el cambio de establecimiento porque no se sentía conforme en la cárcel de mujeres, ya que se identifica plenamente como hombre.

Rodríguez, de 34 años, fue sentenciado en mayo a diez meses de prisión por tráfico de estupefacientes, tras ser capturado en flagrancia a principios de año en el sector de El Esquinazo, en la capital caldense.

Aunque su documento de identidad lo reconoce como hombre desde 2011 y la Registraduría Nacional actualizó su identificación hace más de tres años, el sistema penitenciario lo ubicó inicialmente en una cárcel de mujeres, siguiendo el criterio de genitalidad y no de identidad de género.

Durante los tres meses que permaneció en la cárcel de mujeres, Rodríguez manifestó su incomodidad y la incongruencia de su reclusión. En marzo, elevó una solicitud formal a la dirección del establecimiento y, posteriormente, el 7 de mayo, interpuso una tutela que fue atendida.

El Grupo de Asuntos Penitenciarios del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) accedió a su petición y autorizó el traslado a la cárcel de hombres de la misma ciudad.

Este movimiento, sin precedentes en Colombia, atrajo la atención de la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría y el Ministerio de Justicia, que reconocieron la necesidad de establecer reglas claras para la atención de la población trans en el sistema penitenciario.

La reacción institucional fue inmediata. Néstor Osuna, procurador delegado para los Derechos Humanos, destacó al diario nacional que el caso de Rodríguez representa un “precedente”, ya que “a la hora de asignar la cárcel, no se tiene en cuenta la identidad de género, ni lo que sienten las personas”.

Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas, explicó que los traslados carcelarios suelen concederse por razones de arraigo familiar, seguridad o enfermedad, y que la identidad de género apenas comienza a ser considerada como un motivo legítimo.

La Defensoría del Pueblo, tras verificar las condiciones de Rodríguez, convocó una mesa interinstitucional para abordar los vacíos normativos, operativos y culturales que persisten en el sistema.

Entre las carencias detectadas, se destacó la falta de acceso a productos básicos como toallas higiénicas, un problema recurrente que ha motivado múltiples tutelas contra el Inpec.

El informe de la Defensoría, citado por Cambio, reveló que los funcionarios penitenciarios carecen de formación en enfoque de género, la asistencia psicosocial es inexistente y no se garantiza atención médica especializada, como ginecología o endocrinología, para la población trans.

Además, fuentes internas del penal señalaron que Rodríguez ha presentado conductas autolesivas y se encuentra aislado en un patio destinado a funcionarios públicos, debido al temor de que pueda ser víctima de violencia sexual o incluso de homicidio, riesgos que, según Osuna, son frecuentes para personas trans en cárceles de hombres.

La Superintendencia de Salud estima que la esperanza de vida de una persona trans en Colombia es de apenas 35 años.

El contexto de la población trans en las cárceles colombianas es especialmente adverso.

De acuerdo con datos del Inpec proporcionados a Cambio, en el sistema penitenciario hay 1.595 personas de la comunidad Lgbti+ y otras identidades de género y orientación, de las cuales 205 se identifican como personas trans.

Aunque representan una minoría frente a las más de 104.000 personas privadas de la libertad, expertos y activistas coinciden en que se trata del grupo más vulnerable.

Darla Cristina González, defensora de derechos de la red Diana Navarro Sanjuan, relató al diario nacional que “en la cárcel también nos cobran diariamente por transgredir la norma social de que los hombres y mujeres deben ser de cierta manera”.

González describió situaciones de violencia extrema, explotación sexual y falta de protección, agravadas por la imposibilidad de defenderse dentro del entorno carcelario.

La investigadora Valentina Villamarín Mor, autora de un informe reciente sobre la situación de la población trans en prisión para la Universidad del Rosario, concluyó que el rechazo, la estigmatización y la violencia son parte del día a día de estas personas.

“Constantemente son atacadas, acuchilladas, gritadas, y siempre las dejan de últimas en temas de alimentación y salud. Es más, los penales no atienden sus procesos de hormonización porque creen que es estético y no médico. Los otros internos e internas ni siquiera los dejan tener visita en los patios”, afirmó Villamarín Mor en diálogo con Cambio.

Un testimonio recogido en su investigación ilustra la gravedad de la situación: una persona trans relató haber sido agredida con cuchillos y palos, y verse obligada a modificar su apariencia para evitar ataques, a costa de su bienestar emocional.

El caso de Rodríguez ha impulsado la elaboración del primer protocolo nacional para la “garantía de derechos de mujeres y hombres trans, y personas no binarias privadas de la libertad”, según el borrador consultado por el diario.

Esta reforma, liderada por la Defensoría, la Procuraduría y el Ministerio de Justicia, propone que la asignación de establecimientos penitenciarios para personas trans ya no dependa de la genitalidad, sino de la voluntad expresa de la persona, recogida en un consentimiento informado y verificada por un juez.

Además, el protocolo establece que las personas trans serán nombradas y registradas por el nombre con el que se identifican, y que las parejas diversas tendrán derecho a visita íntima sin discriminación, en igualdad de condiciones que las parejas heterosexuales cisgénero.

El Inpec, por su parte, se comprometió a garantizar el acceso continuo a tratamientos hormonales prescritos y a facilitar la valoración médica especializada para quienes deseen iniciar dichos tratamientos.

Todo el personal penitenciario deberá recibir formación básica en diversidad sexual, enfoque diferencial y atención sin prejuicios, tanto en la formación inicial como en la capacitación permanente. La Escuela Penitenciaria Nacional incorporará estos contenidos en sus programas, con el objetivo de transformar la cultura institucional y reducir los riesgos para la población trans.

Desde la perspectiva de activistas y expertos, el principal desafío sigue siendo la seguridad y la dignidad de las personas trans privadas de la libertad. González considera que la solución debe comenzar desde la imposición de la medida de aseguramiento, priorizando la protección y el bienestar de la persona más allá de la clasificación por género.

Villamarín Mor, por su parte, ha documentado casos de mujeres trans que solicitaron cambios de pabellón dentro de la misma prisión, pero que terminaron pidiendo regresar tras enfrentar mayores niveles de acoso y violencia.

https://www.infobae.com

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