Gobierno de Colombia expide decreto que hace gratuito el cambio de sexo en el registro civil para personas trans
El exministro de Justicia, Jorge Iván Cuervo, señaló que fue su última firma significativa antes de dejar el cargo.

El Gobierno nacional expidió el Decreto 0732 de 2026, mediante el cual modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia para regular el procedimiento de corrección del componente "sexo" en el registro civil.
La decisión fue anunciada por el exministro de Justicia Jorge Iván Cuervo, quien aseguró en su cuenta de X que se trata de "su última firma significativa" al frente de la cartera.
Según explicó el funcionario, la nueva norma permitirá que las personas trans y con identidades de género diversas puedan realizar gratuitamente el trámite de corrección del componente "sexo" en el registro civil. El ministro calificó la medida como "un logro importante de un gobierno progresista" y afirmó que representa "una buena forma de terminar este paso por el servicio público".
El decreto también precisa los efectos jurídicos de este procedimiento y establece que la modificación del componente "sexo" y el eventual cambio de nombre no alteran la personalidad jurídica de quien realiza el trámite. La norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
El trámite será gratuito y podrá incluir el cambio de nombre
El Decreto 0732 de 2026 incorpora una nueva exoneración dentro del Decreto 1069 de 2015. En concreto, dispone que, por una sola vez, no tendrán costo la escritura pública, la expedición de copias ni los demás trámites necesarios para corregir el componente "sexo" en el Registro Civil de Nacimiento de personas con identidades de género diversas.
La disposición agrega que esta gratuidad también cobijará el cambio de nombre cuando este se realice dentro del mismo acto de corrección del componente "sexo". De esta manera, ambos procedimientos podrán adelantarse conjuntamente sin generar costos para la persona solicitante, siempre que correspondan a esa única oportunidad prevista por el decreto.
Asimismo, la norma deja expresamente establecido que la corrección del componente "sexo" y el cambio de nombre en los documentos de identidad no implican una modificación, interrupción o alteración de la personalidad jurídica de la persona. En consecuencia, quienes adelanten el procedimiento conservarán su identidad y personalidad jurídica "sin ninguna discontinuidad o interrupción", de acuerdo con el texto del decreto.
El camino por los derechos de las personas trans en Colombia
La ampliación de los derechos de las personas trans en Colombia ha sido un proceso impulsado principalmente por decisiones judiciales y cambios administrativos, más que por reformas legislativas.
En las últimas dos décadas, la Corte Constitucional ha emitido fallos que reconocen el derecho a la identidad de género, al libre desarrollo de la personalidad y a la igualdad, sentando las bases para que las personas trans puedan acceder a documentos acordes con su identidad y reclamar protección frente a la discriminación.
Uno de los hitos más importantes ocurrió en 2015, cuando el Gobierno expidió el Decreto 1227, que permitió a las personas mayores de edad modificar el componente "sexo" en el registro civil y en la cédula mediante escritura pública, sin necesidad de presentar diagnósticos médicos, cirugías o decisiones judiciales.
Desde entonces, distintas organizaciones como Colombia Diversa, Caribe Afirmativo y la Mesa Nacional LGBTI han insistido en que todavía persistían obstáculos, especialmente por los costos notariales y administrativos asociados a esos trámites. Estos colectivos también promovieron reformas para ampliar la protección jurídica de las personas trans y no binarias, al tiempo que reclamaban políticas públicas orientadas a reducir las brechas en acceso a salud, educación, empleo y justicia.
En ese contexto, el Decreto 0732 de 2026 representa un nuevo paso dentro de esa evolución normativa al establecer que, por una única vez, la corrección del componente "sexo" en el registro civil será gratuita, beneficio que también cobija el cambio de nombre cuando ambos trámites se realicen simultáneamente.
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