DESHACIENDO BULOS TRÁNSFOBOS 

ATA - Sylvia Rivera • 17 de febrero de 2020

Documento elaborado por Radfem Transinclusivo. Aviso de contenido: transfobia y transmisoginia.

TABLA DE CONTENIDOS

Introducción

1. Consideración de las personas trans como sujetos en riesgo de exclusión social.

2. Cuota de reserva de puestos de trabajo. 3. Paridad.

4. Violencia de género.

5. Prisiones.

6. Deporte femenino.

7. Uso de baños y vestuarios de mujeres.

8. Deshaciendo el comunicado del Partido Feminista y otras desinformaciones sobre menores trans.

Conclusión

Introducción

El objetivo del presente documento es desmontar, desmentir y básicamente DESHACER, argumentos cimentados en casos anecdóticos, fake news y textos descontextualizados que pretenden disfrazar la injustificada e injustificable transfobia de un sector del feminismo, que aún siendo minoritario y no representativo del mismo, cuenta con un gran altavoz mediático.

Dada la escasa y en ocasiones nula rigurosidad con la que ciertos medios difunden estas desinformaciones, lastrando así la lucha feminista, nos vemos obligadas a

DESHACER todo lo que tales medios están permitiendo edificar en base a NADA y a realizar una importante inversión en tiempo y esfuerzo que debería emplearse en los verdaderos problemas que enfrentamos TODAS las mujeres actualmente en España.

Comenzamos:

Deshaciendo este artículo y este otro :

Se han escogido estos dos artículos (pertenecientes a una misma serie titulada "Quince motivos para oponernos a la ley trans que el Gobierno quiere aprobar" -pendiente de conclusión-), al considerarlos altamente representativos en cuanto a los "argumentos" que un sector del feminismo radical, tristemente trans-excluyente, maneja habitualmente para cerrar la puerta del movimiento feminista a las compañeras trans, arrogándose así una portavocía de la que carece y tratando de apropiarse del movimiento feminista. En consecuencia, el primer bulo, del que nacen todas las demás argumentaciones (manipuladas cuando no directamente falsas) es pretender que hay una preocupación real en el seno del movimiento feminista en relación con la Proposición de Ley Trans.

Se identificarán en color ocre los extractos de dichos artículos.

1. Consideración de las personas trans como sujetos en riesgo de exclusión social.

“Esto quiere decir que la concesión de ayudas económicas va a depender de la mera declaración del sexo sentido, sin necesidad de hormonarse, operarse ni absolutamente ningún requisito ni control externo (médico o jurídico). No hace falta especular mucho para darse cuenta de que esto abre la puerta al fraude.”

ES UN BULO PORQUE las personas trans ya tienen consideración de “colectivo en riesgo de exclusión social” entre muchos otros colectivos (personas sin hogar, personas con discapacidad, personas mayores, personas en situación de dependencia, personas inmigrantes y personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, mujeres víctimas de violencia de género, población gitana, personas víctimas de discriminación por origen racial o étnico, orientación sexual e identidad de género , personas con problemas de adicción -drogas, alcohol, juego, etc.-, personas reclusas o exreclusas (*1) ) siendo el colectivo al que menos presupuestos se derivan (página 119 del mismo Plan de Acción).))

Esta consideración no tiene nada que ver con la percepción de ayudas económicas, sino más bien con el estudio de su situación general ( “impulsar la realización de informes y estudios que identifiquen la orientación sexual e identidad de género como elementos relacionados con la discriminación, la exclusión social y la pobreza.” Página 108 del mismo Plan Nacional), la implantación de programas de sensibilización y/o la elaboración de planes o acuerdos con entidades e instituciones de acción social para, digámoslo claro, poner tiritas a situaciones extremas, entre otras medidas de mínimos.

Los requisitos para beneficiarse de ayudas económicas no tienen nada que ver con pertenecer a un colectivo considerado en riesgo de exclusión social de los anteriormente citados. Así pues, cuando se dice que “sería recomendable que solo fuesen consideradas “personas en riesgo de exclusión social” aquellos que realmente estén en riesgo de exclusión social” realmente se está hablando de algo que ya sucede con todas las personas, pertenezcan o no a un colectivo considerado en riesgo de exclusión social incluso en lo relativo a la inserción laboral como veremos a continuación.

Según la Ley 43/2006,de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, se debe acreditar dicha situación individualmente ante los Servicios Sociales (*2) en base a factores socioeconómicos:

“Artículo 2.2: La situación de exclusión de las personas pertenecientes a los colectivos a los que se hace referencia en el apartado 1, deberá ser acreditada por los Servicios Sociales Públicos competentes.”

Uno de esos colectivos del apartado 1 del artículo 2 es:

“a) Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción RAI o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.”

La acreditación de esta situación “ requiere de un largo proceso burocrático, que difiere mucho según los territorios y, en algunos, es una carrera humillante de obstáculos para las familias. En la mayoría de las comunidades autónomas percibir la renta mínima sigue siendo incompatible con tener un empleo, aunque éste sea temporal, estacional o a tiempo parcial.” (*3).

Para percibir la Renta Mínima de Inserción RAI se deberá acreditar una de estas situaciones: personas desempleadas de larga duración, personas con discapacidad, personas emigrantes retornadas, víctimas de violencia de género o de violencia doméstica, y además los requisitos socioeconómicos exigidos. (*4)

En resumen: que un colectivo sea considerado en riesgo de exclusión social no lleva aparejadas ayudas económicas por la pertenencia al mismo.

2. Cuota de reserva de puestos de trabajo.

“El único requisito para acceder a esta reserva es el cambio de sexo registral, que en la ley estatal propuesta dependerá de la mera declaración (sin necesidad de diagnóstico de disforia, hormonación ni ninguna otra exigencia).”

ES UN BULO PORQUE en la propia la Proposición de Ley (*5) que recurrentemente se demoniza y que, por cierto, ya ha caducado al disolverse las Cortes se especifica:

“Artículo 19. Cuota de reserva de puestos de trabajo para personas trans en el sector público.

1. En las ofertas de empleo público se reservará un cupo de las vacantes para ser cubiertas entre personas trans, considerando como tales las definidas en el artículo 3 de la presente Ley, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su condición de trans. El porcentaje que representará este cupo se determinará en función de los estudios acerca de la población trans , y se establecerá una calendarización para alcanzar de forma progresiva dicho porcentaje.”

Los estudios a los que se hace mención son los que derivan de considerar a la población trans como colectivo en riesgo de exclusión social como hemos se explica en el punto anterior.

Además, en el mismo artículo:

“2. Se encuentran protegidas por el presente artículo las personas trans, mayores de 16 años de edad, que acrediten la modificación de la mención registral de su nombre y/o sexo en los términos dispuestos en la Ley 3/2007 y en la presente, siempre que superen los procesos selectivos.”

Este punto se repite en el artículo 20 de incentivo para la contratación de personas trans en el sector privado, por lo que es falso que dichos puestos reservados, tanto en el sector público como en el privado, dependan exclusivamente de la mera declaración, siendo preciso superar los procesos selectivos y acreditar la modificación registral del nombre y/o sexo en todo caso.

Además, según la Ley 43/2006,de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo (*6) en la que se regulan las bonificaciones de los contratos que se celebren con trabajadores con discapacidad, personas que se encuentren en situación de exclusión social , víctimas de violencia de género o doméstica y víctimas del terrorismo:

“Artículo 2.5. Los empleadores que contraten indefinidamente a trabajadores en situación de exclusión social, incluidos en los colectivos relacionados en la disposición adicional segunda de esta Ley, y que tengan acreditada esta condición por los servicios sociales u órganos competentes , podrán acogerse a las bonificaciones mensuales de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado, de 50 euros/mes (600 euros/año) durante 4 años.”

Es decir, la condición de situación de exclusión social debe acreditarse individualmente . Por lo tanto, es falso que acreditar la pertenencia a un colectivo en dicha situación sea suficiente para beneficiarse de estas bonificaciones.

" ¿por qué las personas trans y no las madres solteras, las madres de familia numerosa o las madres en general?, ¿por qué las personas trans y no cualquier persona que tenga diagnóstico de una enfermedad crónica incapacitante?, ¿por qué las personas trans y no otras personas que sufran discriminación por “expresión de género” como las lesbianas “butch” o los gays con pluma?”

Estas preguntas malintencionadas son una f alacia de falso dilema a la que vamos a contestar con el argumento indiscutible de que LOS DERECHOS NO SON UNA TARTA. Es decir, se puede luchar para la mejora en las ayudas de todas las personas que las necesiten sin pretender quitárselas a unas para dárselas a otras que, según el criterio individual, las merezcan más.

3. Paridad.

“Los hombres que cambian de sexo legal a “mujeres” con la ley actual ya tienen derecho a acceder a las cuotas para mujeres o a ser contabilizadas como mujeres cuando se hagan recuentos de paridad. La nueva norma señala que cualquier excepción legal que existiese para las personas transexuales estaría menoscabando el derecho a la libre determinación de la identidad.”

Al margen (si es que se puede permanecer al margen de tamaña injusticia) del trato en masculino y la negación de la identidad de las mujeres trans que se reitera a lo largo de los artículos, lo cierto es que los términos dispuestos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (*7) para esos recuentos de paridad que se mencionan, merecerían un análisis aparte ya que no obligan a dicha paridad en el ámbito laboral del sector privado (en el que las actuaciones por la igualdad entre mujeres y hombres es voluntaria) y en el sector público se limita a la Administración General del Estado y a los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. Más que preocuparse de que las mujeres trans accedan a estas migajas, creemos que sería más útil proponer JUNTAS mejoras para estas irrisorias “obligaciones”.

“(...) las investigaciones apuntan a que la transición no modifica los hábitos masculinos en relación con las tareas domésticas.”

El enlace que se relaciona en esta frase lleva a la traducción de un artículo sin fuentes en la que no se mencionan estudios al respecto.

4. Violencia de género.

“(...) podría darse que un hombre que se identifica como mujer maltrate a su pareja mujer (podría darse que llevase maltratando a su novia desde años antes de pedir el cambio de sexo registral o de vestir “de mujer” de forma permanente). No parecería justo, en un caso como este, primar el derecho a la libre determinación del sexo sobre el derecho de las mujeres a ser protegidas frente a la violencia machista.

Sin embargo (ya con la legislación actual) una vez que cambia el sexo registral, se antepone legalmente el sexo registral al sexo biológico. Esto quiere decir que la agresión de un hombre que se identifica como mujer contra su novia se consideraría “violencia entre lesbianas” y, por tanto, violencia doméstica (y no violencia de género), dando lugar a una pena inferior y a menos garantías jurídicas para la víctima.”

ES UN BULO PORQUE se obvia el artículo 7.8 de la Proposición de Ley (*8):

“Artículo 7.8. La rectificación de la mención relativa al sexo registral y, en su caso, el cambio de nombre, no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a estas inscripciones.

Así pues, el maltrato físico o psicológico que se ejerciera antes del cambio de sexo o nombre registral, no quedaría fuera de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (abreviada como LIVG o VioGen).

A su vez, la figura jurídica de fraude de ley está amparada en nuestra legislación por el artículo 6.4 del Código Civil (*9 )y añadimos que no hay evidencia de que las leyes de reconocimiento de género sin requisitos patologizantes (informe médico y hormonación) hayan tenido aparejados mayores niveles de fraude de ley.

“En relación con la criminalidad, otro elemento que preocupa al feminismo es la alteración de las estadísticas: en los países en los que las estadísticas no tienen en cuenta la distinción entre mujeres transexuales y biológicas, se incrementan los delitos de pederastia, violaciones y crímenes violentos cometidos por “mujeres” (que en realidad son varones biológicos, que conservan el porcentaje y el patrón de criminalidad de los hombres).”


ES UN BULO PORQUE ya de entrada esta afirmación no enlaza a fuente alguna, por lo que no debería merecer siquiera el esfuerzo de ser desmentida. Aún así aportamos un caso real, el de Argentina, donde la ley no exige informes psicológicos ni hormonación para solicitar el cambio de sexo registral. Desde que se aprobó la Ley de Identidad de Género de Argentina (*10) en 2012, hasta febrero de 2020, han cambiado su género en el DNI 9.000 personas . Teniendo en cuenta que la población total de Argentina en 2010 era de 4 0.117.096 habitantes (y sin tener en cuenta el incremento demográfico de los últimos 10 años), esas 9.000 personas suponen el 0,02% de la población. En ocho años desde la entrada en vigor de la ley, sólo el 0,02% de la población ha conseguido el cambio de sexo registral tras solicitarlo sin requisitos legales más allá de su voluntad. Este porcentaje no puede cambiar las estadísticas de manera ni remotamente sustancial.

5. Prisiones.

“Hay estadísticas que señalan que el 48% de los varones identificados como trans (tanto los que ya tienen el cambio de sexo legal como los que transitan estando en prisión) lo son por delitos sexuales.”

ES UN BULO PORQUE no se aportan fuentes, aunque para colmo, hemos encontrado el desmentido que tuvo que adjuntar la BBC a dicha información después de publicarla:

“Una encuesta del gobierno ha contado a 125 prisioneros transgénero en Inglaterra y Gales, pero el Ministerio de Justicia dice que estas cifras aún no son un reflejo fiable de los números reales. El Ministerio de Justicia dice que 60 de ellos han sido condenados por uno o más delitos sexuales, pero no identificaron su género . Es probable que haya más reclusos trans, con sentencias más cortas y menos propensos a ser delincuentes sexuales, que no aparecen en esta información.”

Es decir, ese 48% de “varones identificados como trans” no es real ya que nunca se especificó el género (no se puede saber si eran hombres trans o mujeres trans) y además el Ministerio de Justicia británico no refrendaba la cifra de personas trans reclusas de la encuesta, que podría ser mayor y por tanto reducir dicho porcentaje de la población trans reclusa con penas por delitos sexuales.

El enlace que se muestra como fuente de esta aseveración no contiene información al respecto y la que contiene está a todas luces manipulada. El siguiente texto es de la referencia de la cita anterior pero se identificará igualmente en color ocre:

“Los varones que transicionan son más propensos a la conducta criminal que otros varones. Una investigación en los Estados Unidos muestra que el 21% de varones que han transicionado han sido enviados a prisión por algún motivo, algo que contrasta con el 2,7% de la población americana en general (Grant et al., 2011).”

Traemos el apartado Encarcelaciones del estudio que se menciona (Grant et al., 2011. Página 163 (*11):

“El 7% de los participantes del estudio informaron haber sido arrestados o retenidos en una celda estrictamente debido al sesgo de los agentes de policía sobre la base de la identidad / expresión de género . El 4% de aquellos que no han trabajado en la economía sumergida informaron haber sido arrestados o retenidos en una celda debido a este mismo sesgo.

(...) El 21% de los encuestados transgénero de hombre a mujer informaron haber sido enviados a la cárcel por cualquier motivo , en contraste con el 10% de los encuestados de mujer a hombre.

Estas estadísticas superan a las de la población general de las prisiones, en algunos casos por mucho. Un informe de 2003 del Departamento de Justicia muestra que el 2.7% de la población estadounidense en general ha estado encarcelada en algún momento de la vida. (...) Debido a que los datos del Departamento de Justicia se limitan a las prisiones y no incluyen cárceles, la comparación con nuestros datos no es precisa. ( En general, una cárcel es una instalación administrada por una jurisdicción local para confinar a personas por períodos cortos de tiempo. Una prisión es administrada por el Estado y utilizada para albergar criminales condenados por períodos generalmente más largos.)”

Ninguno de los dos porcentajes refiere a personas encarceladas por delitos sexuales sino por cualquier motivo. El porcentaje más elevado en el caso de las personas trans y de género no conforme viene a explicar el trato discriminatorio que sufren por parte de las fuerzas de seguridad estadounidenses, como también sucede con la población racializada de dicho país (*12).

Queremos acabar con algunos de los párrafos de la Conclusión de dicho estudio:

“Es por el espíritu de las personas transgénero y de género no conforme de todas partes que continúan prosperando y contribuyendo a sus comunidades, a pesar de todas las injusticias que sufren y las barreras para su bienestar que enfrentan, que presentamos este informe con la determinación de que nos hará avanzar como comunidad. También reconocemos que hay muchas, muchas personas que hemos perdido en el camino, que no han podido sobrevivir a la incesante discriminación, acoso y violencia que han encontrado. Podemos honrarlas trabajando para un mundo en el que las personas transgénero y de género no conforme sean libres de vivir sin temer la marginación y el abuso detallados aquí, de manera que respeten el derecho de cada individuo a la autodeterminación y afirmen nuestra humanidad colectiva.”

Ojalá poder terminar aquí, pero las desinformaciones siguen.

6. Deporte femenino.

Todo este apartado sólo se sustenta en afirmaciones sin fuentes salvo la de una entrevista a Sharon Davies en la que tampoco se referencia nada.

Aún así queremos visibilizar que los requisitos que exige el Comité Olímpico a las mujeres trans e intersexuales (muchas de ellas cisgénero), las obliga a disminuir sus niveles de testosterona mediante hormonación para poder competir en el deporte femenino olímpico, requisito que no se les exige a los hombres trans para competir en las secciones masculinas.

No hemos encontrado posicionamientos colectivos de mujeres deportistas en contra de la participación de las mujeres trans en los deportes femeninos (que ya se da en España ya que depende de la voluntad de las distintas federaciones al no haber una norma que la regule a nivel estatal).


7. Uso de baños y vestuarios de mujeres.

“Este tema carecería de importancia si viviésemos en un mundo libre de acoso sexual. Los baños y vestuarios para mujeres en los espacios públicos fueron una conquista del movimiento sufragista que posibilitó la incorporación de las mujeres a la vida pública.”

Efectivamente. Y negarles a las personas trans que usen los baños y vestuarios que les corresponden, las expulsa de la vida pública ya que sólo podrán usar su casa como espacio seguro.

“Existe un género pornográfico consistente en que los hombres ponen cámaras en baños de mujeres para verlas hacer sus necesidades. Hay hombres que se excitan con eso, al igual que otros se excitan fotografiando a las mujeres bajo las faldas en el metro o en escaleras mecánicas. Los fetichistas existen y los acosadores son reales. No es excepcional que algunos hombres fetichistas practiquen también el travestismo.”

Si existe ese género pornográfico es porque ya puede llevarse a cabo sin cambio legislativo mediante. Además, siendo como es nuestra sociedad patriarcal y machista, los hombres fetichistas y/o agresores no han necesitado nunca “disfrazarse” ni hacerse pasar por mujeres para vulnerar la intimidad y la integridad física de las mujeres en los espacios reservados a nosotras.

Además el acoso sexual es un acto criminal independiente del certificado de reconocimiento de género de una persona. Los costos sociales de la transición son tan altos que no se puede suponer que tener acceso a espacios reservados para mujeres sea un incentivo lo suficientemente grande como para solicitar el cambio de género. No hay evidencia alguna que muestre una relación entre la reducción de los requisitos para obtener el reconocimiento de género y un aumento de delitos sexuales, más allá de puro prejuicio.

8. Deshaciendo el comunicado del Partido Feminista y otras desinformaciones sobre menores trans.

Al igual que con los artículos anteriores, se han seleccionado como representativos del sector trans-excluyente, por la asiduidad con la que emplea argumentaciones similares, un comunicado del Partido Feminista de España y un tweet cuyo contenido viene siendo recurrente por parte de su autora, directora desde hace años de la Escuela Feminista Rosario de Acuña , Vicepresidenta del Real Patronato del Museo del Prado y Consejera de Estado.


Es de remarcar la gravedad añadida que implica que el discurso trans-excluyente se haya colado en partidos políticos e instituciones. No debemos olvidar que el Partido Feminista de España ha sido denunciado ante la Fiscalía contra los Delitos de Odio y Discriminación de Barcelona por la Federación Plataforma Trans, y la Escuela Feminista Rosario Acuña ha sido igualmente denunciada por presunto delito de odio por la Generalitat de Catalunya, a cuenta de las jornadas celebradas el pasado Julio de 2019, de las que se enlaza a continuación un pequeño extracto en vídeo y un artículo de Píkara Magazine.

En todo caso, nos remitimos a los siguientes artículos este al objeto de desmontar los infundios vertidos sobre menores trans:


No se puede consentir -mucho menos desde el movimiento feminista- ningún tipo de exclusión, rechazo, desprecio ni discriminación, por causa de su condición a las compañeras trans. Las compañeras trans son mujeres y en tanto sean feministas, sujeto político del movimiento feminista. No hay argumento válido para obstaculizar ninguna Proposición de Ley que trate de mejorar las condiciones de vida de las personas trans, sin olvidar que hablamos de una Proposición de máximos hecha por colectivos trans que aún precisa del oportuno debate parlamentario previo a su aprobación, por lo que las críticas que deban hacerse a la misma, deben ser rigurosas y no basarse en alarmismos no respaldados por ningún tipo de análisis. No se puede permanecer impasible ante el altavoz que algunos medios están ofreciendo a desinformaciones sin contraste alguno que magnifican la ya de por sí sangrante discriminación que sufren las personas trans. Exigimos rigor informativo en el tratamiento de informaciones que afectan a la vida y a la integridad de las compañeras trans en particular y a la sociedad a la que aspiramos las mujeres feministas en general. En España existen desde 2007, leyes autonómicas que ya reconocen algunos de los aspectos que esta Proposición de Ley pretende regular a nivel estatal y en los casi quince años transcurridos desde entonces, no ha sobrevenido el apocalipsis que el sector trans-excluyente predice. Ni sobrevendrá, tal y como queda evidenciado en el presente documento. Asistimos a un auge del fascismo a escala global y no es de recibo que ningún sector del feminismo, por pequeño que sea, lo fortalezca con los bulos y desinformaciones que aquí se desmienten.


*2. Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción. (Artículo 2.2)

*3. Análisis de EAPN España del último Informe sobre Rentas Mínimas de Inserción 2018

*4 ¿Tengo derecho a la RAI?


*5 Proposición de Ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género (122/000191).

*6 Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

*8 Proposición de Ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género (122/000191).

*9 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.

*10 Ley de Identidad de Género de Argentina (26.743).

*11
Grant, Jaime M., Lisa A. Mottet, Justin Tanis, Jack Harrison, Jody L. Herman, and Mara Keisling. Injustice at Every Turn: A Report of the National Transgender Discrimination Survey. Washington: National Center for Transgender Equality and National Gay and Lesbian Task Force, 2011.

*12
U.S. Department of Justice, Bureau of Justice Statistics, Prevalence of Imprisonment in the U.S. Population, 1974-2001 by Thomas P. Bonczar (Washington, DC: GPO, 2003).





Documento elaborado por Radfem Transinclusivo.

Noticias

Por ATA - Sylvia Rivera 15 de septiembre de 2025
Psicólogo, análisis de sangre, visitas al endocrino, hormonas, pruebas y cirugías. Estos son todos los pasos por los que tienen que pasar las personas trans que opten por completar su cambio físico en la sanidad pública española. Este colectivo tiene que superar una serie de barreras hasta lograr su transición deseada debido a que soportan amplias listas de espera. Aunque los tiempos varían mucho entre comunidades autónomas, los relatos de varias personas trans a este periódico arrojan que de media esperan para una cirugía de vaginoplastia o una faloplastia hasta tres años. Y la hormonación no se queda atrás. Desde que una persona solicita una cita hasta que consigue los medicamentos puede pasar hasta un año. De hecho, en algunos casos sólo conseguir una cita con el endocrino puede llevarles un tiempo de espera de hasta más de un año. Antón (Galicia) tiene 20 años y ha vivido las eternas listas de espera para completar su transición. De hecho, aún lo vive. Con 18 decidió dar el paso y empezar el cambio. Lo primero fue el registro civil, donde, con la nueva ley, tardó ocho meses en hacer todo el proceso y cambiar su documento nacional de identidad (DNI). Después de eso, solicitó el cambio de nombre en los centros de estudio, la seguridad social, el banco o la tarjeta de médico. Y aunque no fue fácil, explica a este periódico que todo lo peor vino después. Ha estado hasta dos años esperando para poder recibir la hormonación. Una depresión, causada por no sentirse bien consigo mismo, hizo que se retrasara aún más ese proceso. Además, aclara que ve al endocrino sólo una vez al año. Cuando debería ser necesario, al menos una, cada tres meses. "Fui varias veces al médico a insistir si podían ponerme la cita, pero se ve que las personas trans no somos prioridad. Estamos al fondo en las listas", cuenta. La primera cita con el endocrino llegó con 19 años, es decir, esperó 365 días para ver por primera vez a este especialista. Luego, se hizo los primeros análisis de sangre y hasta un año después no volvió a verlo para conseguir la hormonación. Retraso en la hormonación Unas pruebas que no sirvieron de nada, ya que tras retrasar el tiempo de hormomación tuvo que volver a repetirlas. "No me querían dar las hormonas porque afectaban a la depresión y a mis cambios de humor. Pero yo repetí y repetí que tenía esa enfermedad mental causada por no verme bien a mí mismo. Y quería cuanto antes tomar la medicación", relata el momento. Así que hasta que no pasó un tiempo no pudo. Ya con 20, tuvo la segunda cita con el endocrino. "Esto ha sido en marzo de este 2025, porque tuve que volver a hacerme otros análisis de sangre y esperar cinco meses hasta que empecé al fin a hormonarme", cuenta. Como relata a este periódico, una vez que una persona trans empieza tomar la medicación para comenzar con su cambio, debe visitar al endocrino, al menos, cada dos o tres meses para ver si tu cuerpo está aceptando correctamente las hormonas. Sin embargo, desde que Antón las recibió no ha vuelto a pisar el endocrino desde entonces. "Se supone que estoy en lista de espera, sólo para que me den la cita, es decir, llevo desde abril con hormonas y siguen sin dármela". Para completar su cambio le gustaría hacerse la mastectomía, pero ya se da por vencido para hacerse la cirugía por la sanidad pública. Optará por el área privada, porque no quiere esperar cinco años (el tiempo de espera medio que hay en su zona) para sentirse bien consigo mismo. Años para la cirugía Amanda (nombre ficticio) tiene también 20 años y está en lista de espera para realizarse una vaginoplastia. Su camino tampoco ha sido fácil. Ella vive en Madrid y en la capital, las listas de espera para cambiarse el nombre y hacer una simple visita al endocrino son todo un calvario. En un primer momento, para visitar el endocrino le dieron cita para un año. "Quieren estar seguros de si quieres hacer el cambio, por eso no eres la prioridad. Pero mis padres insistieron y, en lugar del año que me daban, tuve que esperar tres meses para ver por primera al endocrino", cuenta. Y cuando llegó al endocrino, al igual que Antón, tuvo que esperar para luego tener que volver a esperar, ya que primero se tenía que hacer unos análisis de sangre. "En total tardé un año y medio hasta recibir por primera vez la medicación", añade. Ahora, se encuentra en lista de espera para poder hacerse una vaginoplastia. Y es necesario pasar por varios procesos para la cirugía. Entre ellos, hay varias fases en la que los especialistas se ponen en contacto con la persona para que confirme si está segura de realizarse esta operación. "Cuando llevas un año con hormonas, te derivan a una cita para hacerte las operaciones. En mi caso, he tenido que hacerme previamente una colonoscopia antes de la cirugía. Para esto pasaron seis meses y ahora me han dicho que tengo que esperar, al menos, tres años más", relata. Aunque está siendo un proceso lento, Amanda cuenta que uno de los procesos más duros fue el cambio de nombre. Empezó con la anterior ley y, cuando ya estaba casi todo listo en el registro civil, entró la nueva norma (en marzo de 2023). El proceso se ralentizó. "Me dijeron que tenían que volver a empezar y al final tardé más de ocho meses sólo en hacer el cambio", termina. Por otro lado, la joven denuncia a este medio el desconocimiento que hay por parte de la sanidad pública del colectivo trans. "Cuando le conté todo por primera vez a mi médica de cabecera, me dijo que no sabía qué hacer: 'Me leeré unos papeles y te digo algo la semana que viene'. Es increíble". Transición con 57 años Juana empezó su transición con 57. Y aunque el tiempo de espera también ha sido largo, reconoce que por su edad se ha acelerado el proceso. Tardó unos cinco meses para visitar por primera vez el endocrino. Ella vive en Canarias, y allí las revisiones con el especialista las hace cada seis meses. "Al principio, solicité sólo una extirpación de testículos porque creía que con eso ya me iba a ver bien. Pero luego, al mirarme al espejo por las mañanas, me di cuenta de que no: necesitaba la vaginoplastia completa. Ahora, estoy en lista de espera para ella y me han dicho que como mínimo tengo que estar tres años de espera porque aquí en Canarias no se hace esta cirugía", cuenta. Para ella, lo más duro de su transición ha sido que tuvo que dejar, por un tiempo, el tratamiento de hormonación debido a que le encontraron un bulto en una de sus mamas. "Al final, todo se quedó en un susto. Fue una ginecomastia (crecen los pechos) por el aumento de fármacos hormonales. Pero para mí esos meses fueron una montaña rusa de emociones. Porque yo tenía antecedentes en la familia de cáncer y pensaba que tenía que dejarlo definitivamente", continúa. Después de todo lo que ha pasado y, aunque, la espera no está siendo fácil. Reconoce que para ella fue mucho más duro tener que estar 57 años atrapada en una identidad que no le correspondía. "No era yo. Después de tanto, ahora estoy empezando a disfrutar de mí misma", concluye. https://www.elespanol.com
Por ATA - Sylvia Rivera 12 de septiembre de 2025
La árbitra israelí Sapir Berman sonríe radiante al recordar el momento en el que su "sueño se hizo realidad", cuando se convirtió este año en la primera mujer trans en dirigir un partido de fútbol internacional. "Siempre quise ser una mujer y siempre quise ser árbitra de fútbol, y ambas cosas llegaron juntas y se fusionaron en un solo sueño que detonó con alegría", confesó a la AFP la mujer de 31 años. "Es una sensación inspiradora y poderosa: sentir que estoy haciendo lo correcto, que me estoy eligiendo a mí misma, que estoy mostrando al mundo que es posible". "Desde que tenía cinco años recuerdo que quería ser mujer, que quería ser una niña. Y cuando empecé a jugar a fútbol me di cuenta de que el sueño de ser mujer y jugar a fútbol no iban de la mano", relata. "Así que decidí esconder quien era y seguir jugando a fútbol. Me escondí a mí misma durante casi 26 años". Berman creció en medio de una familia amante del fútbol. Jugó como defensa en su infancia y juventud, pero cuando se dio cuenta de que nunca llegaría a ser profesional, se unió a la asociación de árbitros y trabajó hasta oficiar en partidos de la Premier League masculina de Israel. Pero Berman sentía que estaba ocultando su secreto más íntimo. Fue durante la pandemia de covid-19, en medio del confinamiento, cuando Berman comenzó a reflexionar sobre su futuro. "Me pregunté: ¿esto es vida? ¿es éste el camino?", recuerda. "Decidí revelarme a mi misma". Berman temió inicialmente que su carrera hubiese concluido, pero su hermano le convenció para que tratase de continuar. La inglesa Lucy Clark se convirtió en la primera mujer trans en el mundo en arbitrar un partido, en 2018 en la semiprofesional English league, pero nunca dirigió un partido internacional. Cuando Berman arbitró el partido de clasificación para la Eurocopa femenina sub-17 entre Irlanda del Norte y Montenegro en Belfast en marzo de este año, fue un hecho inédito, según la UEFA. Berman asegura que el camino no siempre fue fácil a pesar del gran apoyo que recibió de la asociación de árbitros de Israel. "Hubo muchas preguntas y muchos momentos en los que me decían que no sabían qué hacer. Yo tampoco sabía qué esperar o cómo acabaría el proceso". Berman comentó que cuando comenzó con la terapia hormonal como parte de su transición, al principio se sintió frustrada y resentida con su cuerpo. "Fuera del terreno de juego me sentía fantástica, dentro sentía que había destruido mi carrera". No pasó las pruebas físicas y descendió de categoría, pero con la ayuda de un psicólogo deportivo y con muchos "intentos y errores", logró regresar. Berman se convirtió en árbitra internacional a comienzos de este año y sueña con dirigir un partido de Liga de Campeones, de la Eurocopa o del Mundial. Apoyo de jugadores y aficionados La participación de las personas trans se ha convertido en un tema de actualidad a medida que los diferentes deportes tratan de conjugar la inclusión con la equidad competitiva. A comienzos de este año, la Federación Inglesa (FA) anunció que las mujeres trans no pueden jugar en el fútbol femenino. Berman espera que las instancias deportivas encuentren la manera de "integrar, unir, diversificar" y recordó que el rendimiento de un deportista también puede verse afectado por factores emocionales, económicos, geográficos o familiares. Berman afirma haber recibido muestras de apoyo tanto de jugadores como de aficionados. "Los aficionados siguen insultándome, sólo que ahora lo hacen en femenino", sonríe, añadiendo que para ella supone "un sello de aprobación, de que me ven exactamente como soy". Y en la calle, jóvenes le han contado que su historia les ha dado esperanza. "Eso me llena, me da muchísima fuerza para seguir adelante y hacer lo que hago, porque a fin de cuentas, me elegí a mí misma". https://www.t13.cl
Por ATA - Sylvia Rivera 11 de septiembre de 2025
En la primera mitad del año se registraron 102 delitos de odio, un 70% más que en 2024. Hubo 17 personas que murieron a causa de su orientación sexual o identidad y 85 sufrieron lesiones a su integridad física. Durante el primer semestre de 2025 se registraron 102 crímenes de odio contra personas LGBT+. Es un indicador preocupante ya que implica un 70% más que los delitos cometidos durante el 2024 (60 casos) y muestra un aumento de actos homofóbicos, lesbofóbicos y transfóbicos, según el informe semestral 2025, del Observatorio de Crímenes de Odio LGBT+, motivados por discriminación, orientación sexual, expresión e identidad de género. “Esta cifra es alarmante no solo por su magnitud, sino por su carácter histórico: representa un aumento del 70% en comparación con el mismo período del año anterior, en el que se habían contabilizado 60 casos. Pero, además, en tan solo seis meses, se alcanzó el 72% del total registrado durante todo el año 2024, que cerró con 140 casos. La evolución histórica refuerza esta tendencia: en todo 2023 se registraron 133 casos, en 2022 la cifra fue similar, y en 2021 se habían contabilizado 129”, enmarca el Observatorio.
Por ATA - Sylvia Rivera 9 de septiembre de 2025
La polémica comenzó cuando una trabajadora trans de una tienda Marks & Spencer (M&S) en el Reino Unido ofreció ayudar a una chica de 14 años en la sección de lencería. Un gesto cotidiano que, según la madre de la menor, resultó molesto para su hija. M&S respondió con una disculpa y ofreció que fuera atendida por una empleada cis si lo preferían. La situación fue corregida. Un portavoz de Marks & Spencer en una entrevista para un medio de comunicación explicó que: «Queremos que nuestras tiendas sean lugares inclusivos y acogedores para nuestros colegas y clientes». La marca defiende la inclusividad y asegura que los clientes pueden elegir ser atendidos por el empleado que deseen. El boicot impulsado por una ideología excluyente J.K. Rowling, conocida por su postura TERF (feminismo radical excluyente), aprovechó el episodio para llamar a un boicot público contra M&S. En su mensaje en redes escribió: “Es hora de que las mujeres voten con su cartera” y sugirió que boicotear a la empresa era “apropiado” si continuaba permitiendo que mujeres trans accedieran a espacios para mujeres. La respuesta de M&S
Por ATA-Sylvia Rivera 4 de septiembre de 2025
El abogado general de la Unión Europea (UE) consideró este jueves que una persona trans no tiene que demostrar haberse sometido a un tratamiento quirúrgico de reasignación de sexo para que su país reconozca jurídicamente «su identidad de género vivida» y lo reflejen también sus documentos de identidad. La opinión del abogado general Richard de la Tour, que no es vinculante pero orienta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para su futura sentencia, apunta a que el derecho europeo se opone a una norma nacional que impida a una persona trans disfrutar del derecho a obtener «un documento de identidad que le permita ejercer libremente su derecho a circular y residir en el territorio de los Estados miembros». El caso llegó a los tribunales europeos por la demanda de una mujer búlgara que al nacer fue inscrita como una persona de sexo masculino y que posteriormente siguió un tratamiento hormonal. Pese a ello, los tribunales de su país le han negado la modificación de este dato en el registro civil, algo que le ha causado inconvenientes, especialmente a la hora de buscar trabajo. «El derecho de la UE se opone a una normativa nacional que no permite el reconocimiento jurídico del cambio de identidad de género de sus nacionales, incluso sin tratamiento quirúrgico de reasignación de sexo, y el cambio de su nombre y número de identificación personal», señala el TJUE en un comunicado. Para el abogado general francés asignado a este caso, la finalidad del documento de identidad «consiste en permitir la identificación del titular sin que pueda cuestionarse la autenticidad de los documentos que presenta o la veracidad de los datos contenidos en ellos», y restringir su derecho a tenerlo «sólo puede justificarse por consideraciones objetivas y proporcionadas». «El ejercicio por parte de una persona trans de su derecho a inscribir en el registro civil su condición de persona trans, a fin de obtener un documento de identidad o un pasaporte que se corresponda con su identidad de género, no debe supeditarse a la aportación de pruebas de un tratamiento quirúrgico de reasignación de sexo», señala el comunicado. Por tanto, el abogado general cree que el registro civil debe efectuar los cambios «con independencia de cualquier tratamiento quirúrgico de reasignación de sexo», ya que esta exigencia menoscaba «el derecho a la integridad de la persona y el derecho al respeto de la vida privada y familiar». https://efe.com/
Por ATA-Sylvia Rivera 2 de septiembre de 2025
Mariana Morales Ospina, representante de Bogotá en Miss Universe Colombia, a sus 27 años es psicóloga, modelo, actriz y activista Lgbt+. Ella no solo sería la primera colombiana, sino también la primera latina trans en representar a su país. Esta es su primera participación en un concurso de proyección internacional, en el que busca demostrar que la belleza es diversa y cada historia personal aporta a la construcción de identidad. “Representar a Colombia significa representar a las mujeres trans y demostrar la diversidad de Colombia. Su propósito es abrir caminos hacia la inclusión real, con impacto en la educación y en las políticas públicas”. Con bellos atributos físicos e intelectuales, extrovertida y empática, Mariana cuenta que con su participación busca, además, abrir caminos para la inclusión, mostrar que las mujeres trans también forman parte de la representación nacional en espacios de gran visibilidad. Actualmente, la representante trabaja con una fundación para niñas que no tienen hogar y que han estado en vulnerabilidad por abuso sexual. “Yo soy quien les ayuda a gestionar sus emociones, a reconocer su cuerpo, entre otras cosas”, ha comentado a la prensa. Su proyecto social, ha contado, nace de su propia historia, “nace de darme cuenta de que estoy representando no solo las mujeres trans, sino también mujeres que hemos sido silenciadas, que hemos estado por fuera de espacios en donde nos juzgan, nos señalan por nuestra identidad, por nuestros cuerpos, por nuestras discapacidades también”. Con su participación pretende abrir puertas y visibilizar a las mujeres trans, como “mujeres naturales y orgánicas y empoderadas. No hay diferencia entre las mujeres cis y nosotras, las mujeres trans”. Para ella, el país no está preparado para una representante trans, “me estoy metiendo con susceptibilidades como religión, como estructuras sociales que han estado establecidas. Pero si no lo hago yo, nunca va a pasar a la normalización. Siempre tiene que haber una primera mujer trans en todo, que venga a revolucionar tipos de pensamientos, así como certámenes de belleza o programas de televisión con nuestra participación y desenvolvimiento. No necesito quedarme en Miss Universo, necesito estar ahí”. Para el momento en que las candidatas tuvieron un primer encuentro, ninguna sabía que Mariana es una mujer trans. Cuando ya tuvieron una clase de pasarela en la que contaron sus historias de vida y su principal motivación para participar, fue que la representante bogotana pensó que era mejor ser sincera, por honestidad, incluso, consigo misma. “Lo recibieron muy bien. Entonces, no hubo ningún lío”. Para ella el reto más grande lo vivió antes, durante su proceso de transición, debido a que tuvo que enfrentarse a las críticas sociales. Pero contó con el apoyo de su familia, en especial de su mamá, quien permaneció a su lado en la cirugía de cambio de sexo y en los procesos hormonales. Durante el reality, que transmite el Canal RCN, en el espacio de MasterChef Celebrity los fines de semana, Mariana detalló que se ha preparado con creces para esta prueba que es el concurso, con el mismo empeño como lo ha hecho durante su vida: “Cayendo y volviéndome a levantar”. Eso sí, Mariana aclara que no se siente una representante de todas las mujeres trans, “eso sería limitar, porque algunas mujeres trans pueden estar de acuerdo con el tipo de pensamiento que se va a ver reflejado en lo que yo dije en Miss Universo y otras, no”. Ella asegura que representa claramente a “una mujer que ha estado silenciada mucho tiempo”. www.elpais.com.co
Por ATA - Sylvia Rivera 29 de agosto de 2025
La Comisión Europea ha aprobado la comercialización de lenacapavir, un medicamento que protege contra el VIH durante seis meses. Según ha informado la compañía Gilead en un comunicado, el fármaco estará disponible en Europa bajo el nombre de Yeytuo. Hace solo un mes la Organización Mundial de la Salud (OMS) ya recomendó la inyección de lenacapavir dos veces al año como una nueva opción de profilaxis previa a la infección del virus. El medicamento de Gilead se presenta como “una medida histórica que podría ayudar a remodelar la respuesta global al VIH” y “un avance transformativo para proteger a las personas en riesgo de VIH”. El fármaco estará disponible para los 27 países miembros de la Unión Europea, incluyendo Noruega, Islandia y Liechtenstein. Gilead aún debe establecer el precio de lenacapavir con los sistemas de salud de cada país. Además, la compañía planea junto con el Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria suministrar el medicamento a hasta dos millones de personas en países de bajos ingresos durante tres años, mientras los fabricantes de medicamentos genéricos preparan la producción bajo los acuerdos libres de regalías, según informa Reuters. Hasta la fecha, lenacapavir es lo más cercano que la ciencia ha estado de poner fin a la epidemia de una enfermedad que ya ha acabado con la vida de más de 40 millones de personas en todo el mundo. Aunque no se trata de una vacuna, actúa de forma parecida. En julio de 2024, Gilead presentó en el Congreso Internacional del Sida celebrado en Múnich (Alemania) los resultados de unos ensayos clínicos que mostraban una eficacia muy cercana al 100%. Ninguna de las mujeres de Uganda y Sudáfrica (dos de los países más afectados por el VIH y donde se realizaron los experimentos) que recibieron las inyecciones de lenacapavir se infectaron. “Para los jóvenes, la decisión diaria de tomar una pastilla o usar un condón o tomar una pastilla en el momento de la relación sexual puede ser un gran desafío. Para una mujer joven que lucha por conseguir una cita en una clínica de una ciudad o que no puede conseguir pastillas sin enfrentarse al estigma o la violencia, una inyección solo dos veces al año es la opción que podría mantenerla libre del VIH”, aclara la doctora Linda-Gail Bekker, líder de la lucha contra el VIH en el África austral y una de las principales desarrolladoras del medicamento. Los datos del VIH en España Según los últimos datos del Ministerio de Sanidad, en el año 2023 se diagnosticaron 3.196 infecciones por VIH en España. Se estima que actualmente viven con la enfermedad entre 136.000 y 162.000 personas, lo que representa una prevalencia del 0,31 % respecto al total de población española. De todas ellas, el 7 % desconoce su estado. El Plan Estratégico de Prevención y Control de la infección por el VIH y otras infecciones de transmisión sexual 2021-2030 está alineado con los objetivos de ONUSIDA 95-95-95 para el año 2030, fecha en la que los estados miembros de Naciones Unidas se han comprometido a erradicar la enfermedad. https://www.infobae.com
Por ATA - Sylvia Rivera 28 de agosto de 2025
El nombramiento de Charlotte Schneider Callejas como la nueva viceministra para la Mujer en Colombia ha generado un amplio impacto a nivel nacional. Esta designación no solo resalta su trayectoria profesional, sino también su historia personal como mujer trans de origen cubano, que ahora es nacionalizada colombiana. Su llegada al cargo representa un importante paso hacia la inclusión y representa una voz para diversas comunidades marginadas. Una historia destacada en la lucha por los derechos humanos Charlotte Schneider es bioquímica formada en la Universidad de La Habana y posee una especialización en Estudios Feministas y de Género por la Universidad Nacional de Colombia. Desde su llegada a Colombia en el año 2000, Schneider ha trabajado incansablemente por los derechos de las mujeres, así como por los de la comunidad LGBTIQ+. Como directora regional del Departamento para la Prosperidad Social ha liderado proyectos que promueven la equidad y apoyan a las personas más vulnerables.
Por ATA - Sylvia Rivera 27 de agosto de 2025
Los crímenes de odio contra personas LGBT+ en Argentina aumentaron un 70 por ciento durante el primer semestre de 2025 en comparación con el mismo período del año pasado, según el último informe del Observatorio Nacional de Crímenes de Odio LGBT+. El organismo registró 102 casos entre enero y junio, frente a los 60 contabilizados en 2024. El estudio revela que las mujeres trans siguen siendo el grupo más afectado: concentran el 70,6 por ciento de los ataques (72 casos). Les siguen los varones gay cis (16,7), las lesbianas (6,9), los hombres trans (4,9) y las personas no binarias (1). Del total de casos, 17 correspondieron a lesiones al derecho a la vida, incluyendo asesinatos, suicidios y muertes vinculadas a la violencia estructural que afecta de manera sistemática a las personas LGBT+, en especial a las mujeres trans. El resto de los episodios (85) estuvieron relacionados con violencia física y atentados contra la integridad que no derivaron en muertes, aunque incluyeron intentos de suicidio. El informe destaca que el 52,9 por ciento de las muertes registradas fueron de mujeres trans, lo que confirma —según los autores— que este colectivo es el blanco más recurrente de la violencia estructural y social en el país. La franja etaria más golpeada por estos crímenes es la de 20 a 29 años, que representa casi la mitad de los casos. Este dato refuerza la vulnerabilidad de jóvenes LGBT+ en contextos de discriminación, exclusión laboral y falta de acceso a derechos básicos. El rol del Estado y las fuerzas de seguridad Uno de los puntos más alarmantes del informe es que en el 64,7 porcentual de los casos la responsabilidad recayó en el Estado. En 54 de ellos, los actos de violencia fueron perpetrados directamente por fuerzas de seguridad, mientras que en 12 hubo responsabilidad de otras dependencias estatales por acción u omisión. “Lejos de brindar protección, el Estado aparece como uno de los principales agentes reproductores de violencia hacia la diversidad sexual”, sostiene el documento. Esteban Paulón, diputado nacional y activista LGBT, advirtió sobre el impacto de los discursos de odio provenientes de sectores políticos y sociales. “Cuando estas expresiones surgen desde las más altas esferas de poder, se traducen en ataques concretos contra la comunidad”, alertó. El aumento de los crímenes de odio en Argentina refleja una tendencia preocupante en la región, donde activistas advierten sobre el avance de discursos antiderechos y la falta de políticas públicas efectivas para la inclusión y protección de las diversidades sexuales. “Esto que le pasó a una compañera mañana puede pasarnos a cualquiera”, expresó Angrela Martínez, referente comunitaria. “La lucha es por un futuro donde todas las personas podamos existir en paz y en igualdad”. https://www.agencianova.com
Por ATA - Sylvia Rivera 26 de agosto de 2025
Los señalados asesinos, quienes fueron identificados como Juan Camilo Muñoz Gaviria, alias Teta o Teté, y Juan David Echavarría Zapata, alias Chuky, habrían retenido y conducido a la mujer hasta una casa donde la golpearon. Según las investigaciones, en dicha residencia, ambos hombres le ocasionaron "fracturas en sus extremidades superiores e inferiores y heridas de gravedad que comprometieron el abdomen, el tórax y los pulmones. Finalmente, la arrojaron a la quebrada La García". Los delitos de los que fueron acusados los presuntos asesinos Una fiscal especializada de la Seccional Medellín acusó formalmente a Muñoz Gaviria y Echavarría Zapata por los delitos de: Homicidio agravado Tortura con circunstancias de mayor punibilidad. Los hombres no actuaron solos. La Fiscalía General de la Nación reveló que estuvieron en compañía de otros tres sujetos, con ellos habrían constreñido a los vecinos del lugar para que no intervinieran. "Horas más tarde, familiares de la mujer y personal del cuerpo oficial de bomberos la sacaron del afluente y trasladaron a un centro asistencial de Medellín, donde falleció al día siguiente por la gravedad de las lesiones", informó la Fiscalía. Y agregó: "La investigación da cuenta de que el crimen estaría relacionado con el control ilegal que una red delincuencial ejercía en esa zona de Bello". Violencia contra las personas trans Según cifras de la Fiscalía recogidas por el Ministerio del Interior, el año pasado fueron asesinadas 29 personas trans en el país, cinco de ellas en Antioquia.