DESHACIENDO BULOS TRÁNSFOBOS 

ATA - Sylvia Rivera • 17 de febrero de 2020

Documento elaborado por Radfem Transinclusivo. Aviso de contenido: transfobia y transmisoginia.

TABLA DE CONTENIDOS

Introducción

1. Consideración de las personas trans como sujetos en riesgo de exclusión social.

2. Cuota de reserva de puestos de trabajo. 3. Paridad.

4. Violencia de género.

5. Prisiones.

6. Deporte femenino.

7. Uso de baños y vestuarios de mujeres.

8. Deshaciendo el comunicado del Partido Feminista y otras desinformaciones sobre menores trans.

Conclusión

Introducción

El objetivo del presente documento es desmontar, desmentir y básicamente DESHACER, argumentos cimentados en casos anecdóticos, fake news y textos descontextualizados que pretenden disfrazar la injustificada e injustificable transfobia de un sector del feminismo, que aún siendo minoritario y no representativo del mismo, cuenta con un gran altavoz mediático.

Dada la escasa y en ocasiones nula rigurosidad con la que ciertos medios difunden estas desinformaciones, lastrando así la lucha feminista, nos vemos obligadas a

DESHACER todo lo que tales medios están permitiendo edificar en base a NADA y a realizar una importante inversión en tiempo y esfuerzo que debería emplearse en los verdaderos problemas que enfrentamos TODAS las mujeres actualmente en España.

Comenzamos:

Deshaciendo este artículo y este otro :

Se han escogido estos dos artículos (pertenecientes a una misma serie titulada "Quince motivos para oponernos a la ley trans que el Gobierno quiere aprobar" -pendiente de conclusión-), al considerarlos altamente representativos en cuanto a los "argumentos" que un sector del feminismo radical, tristemente trans-excluyente, maneja habitualmente para cerrar la puerta del movimiento feminista a las compañeras trans, arrogándose así una portavocía de la que carece y tratando de apropiarse del movimiento feminista. En consecuencia, el primer bulo, del que nacen todas las demás argumentaciones (manipuladas cuando no directamente falsas) es pretender que hay una preocupación real en el seno del movimiento feminista en relación con la Proposición de Ley Trans.

Se identificarán en color ocre los extractos de dichos artículos.

1. Consideración de las personas trans como sujetos en riesgo de exclusión social.

“Esto quiere decir que la concesión de ayudas económicas va a depender de la mera declaración del sexo sentido, sin necesidad de hormonarse, operarse ni absolutamente ningún requisito ni control externo (médico o jurídico). No hace falta especular mucho para darse cuenta de que esto abre la puerta al fraude.”

ES UN BULO PORQUE las personas trans ya tienen consideración de “colectivo en riesgo de exclusión social” entre muchos otros colectivos (personas sin hogar, personas con discapacidad, personas mayores, personas en situación de dependencia, personas inmigrantes y personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, mujeres víctimas de violencia de género, población gitana, personas víctimas de discriminación por origen racial o étnico, orientación sexual e identidad de género , personas con problemas de adicción -drogas, alcohol, juego, etc.-, personas reclusas o exreclusas (*1) ) siendo el colectivo al que menos presupuestos se derivan (página 119 del mismo Plan de Acción).))

Esta consideración no tiene nada que ver con la percepción de ayudas económicas, sino más bien con el estudio de su situación general ( “impulsar la realización de informes y estudios que identifiquen la orientación sexual e identidad de género como elementos relacionados con la discriminación, la exclusión social y la pobreza.” Página 108 del mismo Plan Nacional), la implantación de programas de sensibilización y/o la elaboración de planes o acuerdos con entidades e instituciones de acción social para, digámoslo claro, poner tiritas a situaciones extremas, entre otras medidas de mínimos.

Los requisitos para beneficiarse de ayudas económicas no tienen nada que ver con pertenecer a un colectivo considerado en riesgo de exclusión social de los anteriormente citados. Así pues, cuando se dice que “sería recomendable que solo fuesen consideradas “personas en riesgo de exclusión social” aquellos que realmente estén en riesgo de exclusión social” realmente se está hablando de algo que ya sucede con todas las personas, pertenezcan o no a un colectivo considerado en riesgo de exclusión social incluso en lo relativo a la inserción laboral como veremos a continuación.

Según la Ley 43/2006,de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, se debe acreditar dicha situación individualmente ante los Servicios Sociales (*2) en base a factores socioeconómicos:

“Artículo 2.2: La situación de exclusión de las personas pertenecientes a los colectivos a los que se hace referencia en el apartado 1, deberá ser acreditada por los Servicios Sociales Públicos competentes.”

Uno de esos colectivos del apartado 1 del artículo 2 es:

“a) Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción RAI o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.”

La acreditación de esta situación “ requiere de un largo proceso burocrático, que difiere mucho según los territorios y, en algunos, es una carrera humillante de obstáculos para las familias. En la mayoría de las comunidades autónomas percibir la renta mínima sigue siendo incompatible con tener un empleo, aunque éste sea temporal, estacional o a tiempo parcial.” (*3).

Para percibir la Renta Mínima de Inserción RAI se deberá acreditar una de estas situaciones: personas desempleadas de larga duración, personas con discapacidad, personas emigrantes retornadas, víctimas de violencia de género o de violencia doméstica, y además los requisitos socioeconómicos exigidos. (*4)

En resumen: que un colectivo sea considerado en riesgo de exclusión social no lleva aparejadas ayudas económicas por la pertenencia al mismo.

2. Cuota de reserva de puestos de trabajo.

“El único requisito para acceder a esta reserva es el cambio de sexo registral, que en la ley estatal propuesta dependerá de la mera declaración (sin necesidad de diagnóstico de disforia, hormonación ni ninguna otra exigencia).”

ES UN BULO PORQUE en la propia la Proposición de Ley (*5) que recurrentemente se demoniza y que, por cierto, ya ha caducado al disolverse las Cortes se especifica:

“Artículo 19. Cuota de reserva de puestos de trabajo para personas trans en el sector público.

1. En las ofertas de empleo público se reservará un cupo de las vacantes para ser cubiertas entre personas trans, considerando como tales las definidas en el artículo 3 de la presente Ley, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su condición de trans. El porcentaje que representará este cupo se determinará en función de los estudios acerca de la población trans , y se establecerá una calendarización para alcanzar de forma progresiva dicho porcentaje.”

Los estudios a los que se hace mención son los que derivan de considerar a la población trans como colectivo en riesgo de exclusión social como hemos se explica en el punto anterior.

Además, en el mismo artículo:

“2. Se encuentran protegidas por el presente artículo las personas trans, mayores de 16 años de edad, que acrediten la modificación de la mención registral de su nombre y/o sexo en los términos dispuestos en la Ley 3/2007 y en la presente, siempre que superen los procesos selectivos.”

Este punto se repite en el artículo 20 de incentivo para la contratación de personas trans en el sector privado, por lo que es falso que dichos puestos reservados, tanto en el sector público como en el privado, dependan exclusivamente de la mera declaración, siendo preciso superar los procesos selectivos y acreditar la modificación registral del nombre y/o sexo en todo caso.

Además, según la Ley 43/2006,de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo (*6) en la que se regulan las bonificaciones de los contratos que se celebren con trabajadores con discapacidad, personas que se encuentren en situación de exclusión social , víctimas de violencia de género o doméstica y víctimas del terrorismo:

“Artículo 2.5. Los empleadores que contraten indefinidamente a trabajadores en situación de exclusión social, incluidos en los colectivos relacionados en la disposición adicional segunda de esta Ley, y que tengan acreditada esta condición por los servicios sociales u órganos competentes , podrán acogerse a las bonificaciones mensuales de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado, de 50 euros/mes (600 euros/año) durante 4 años.”

Es decir, la condición de situación de exclusión social debe acreditarse individualmente . Por lo tanto, es falso que acreditar la pertenencia a un colectivo en dicha situación sea suficiente para beneficiarse de estas bonificaciones.

" ¿por qué las personas trans y no las madres solteras, las madres de familia numerosa o las madres en general?, ¿por qué las personas trans y no cualquier persona que tenga diagnóstico de una enfermedad crónica incapacitante?, ¿por qué las personas trans y no otras personas que sufran discriminación por “expresión de género” como las lesbianas “butch” o los gays con pluma?”

Estas preguntas malintencionadas son una f alacia de falso dilema a la que vamos a contestar con el argumento indiscutible de que LOS DERECHOS NO SON UNA TARTA. Es decir, se puede luchar para la mejora en las ayudas de todas las personas que las necesiten sin pretender quitárselas a unas para dárselas a otras que, según el criterio individual, las merezcan más.

3. Paridad.

“Los hombres que cambian de sexo legal a “mujeres” con la ley actual ya tienen derecho a acceder a las cuotas para mujeres o a ser contabilizadas como mujeres cuando se hagan recuentos de paridad. La nueva norma señala que cualquier excepción legal que existiese para las personas transexuales estaría menoscabando el derecho a la libre determinación de la identidad.”

Al margen (si es que se puede permanecer al margen de tamaña injusticia) del trato en masculino y la negación de la identidad de las mujeres trans que se reitera a lo largo de los artículos, lo cierto es que los términos dispuestos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (*7) para esos recuentos de paridad que se mencionan, merecerían un análisis aparte ya que no obligan a dicha paridad en el ámbito laboral del sector privado (en el que las actuaciones por la igualdad entre mujeres y hombres es voluntaria) y en el sector público se limita a la Administración General del Estado y a los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. Más que preocuparse de que las mujeres trans accedan a estas migajas, creemos que sería más útil proponer JUNTAS mejoras para estas irrisorias “obligaciones”.

“(...) las investigaciones apuntan a que la transición no modifica los hábitos masculinos en relación con las tareas domésticas.”

El enlace que se relaciona en esta frase lleva a la traducción de un artículo sin fuentes en la que no se mencionan estudios al respecto.

4. Violencia de género.

“(...) podría darse que un hombre que se identifica como mujer maltrate a su pareja mujer (podría darse que llevase maltratando a su novia desde años antes de pedir el cambio de sexo registral o de vestir “de mujer” de forma permanente). No parecería justo, en un caso como este, primar el derecho a la libre determinación del sexo sobre el derecho de las mujeres a ser protegidas frente a la violencia machista.

Sin embargo (ya con la legislación actual) una vez que cambia el sexo registral, se antepone legalmente el sexo registral al sexo biológico. Esto quiere decir que la agresión de un hombre que se identifica como mujer contra su novia se consideraría “violencia entre lesbianas” y, por tanto, violencia doméstica (y no violencia de género), dando lugar a una pena inferior y a menos garantías jurídicas para la víctima.”

ES UN BULO PORQUE se obvia el artículo 7.8 de la Proposición de Ley (*8):

“Artículo 7.8. La rectificación de la mención relativa al sexo registral y, en su caso, el cambio de nombre, no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a estas inscripciones.

Así pues, el maltrato físico o psicológico que se ejerciera antes del cambio de sexo o nombre registral, no quedaría fuera de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (abreviada como LIVG o VioGen).

A su vez, la figura jurídica de fraude de ley está amparada en nuestra legislación por el artículo 6.4 del Código Civil (*9 )y añadimos que no hay evidencia de que las leyes de reconocimiento de género sin requisitos patologizantes (informe médico y hormonación) hayan tenido aparejados mayores niveles de fraude de ley.

“En relación con la criminalidad, otro elemento que preocupa al feminismo es la alteración de las estadísticas: en los países en los que las estadísticas no tienen en cuenta la distinción entre mujeres transexuales y biológicas, se incrementan los delitos de pederastia, violaciones y crímenes violentos cometidos por “mujeres” (que en realidad son varones biológicos, que conservan el porcentaje y el patrón de criminalidad de los hombres).”


ES UN BULO PORQUE ya de entrada esta afirmación no enlaza a fuente alguna, por lo que no debería merecer siquiera el esfuerzo de ser desmentida. Aún así aportamos un caso real, el de Argentina, donde la ley no exige informes psicológicos ni hormonación para solicitar el cambio de sexo registral. Desde que se aprobó la Ley de Identidad de Género de Argentina (*10) en 2012, hasta febrero de 2020, han cambiado su género en el DNI 9.000 personas . Teniendo en cuenta que la población total de Argentina en 2010 era de 4 0.117.096 habitantes (y sin tener en cuenta el incremento demográfico de los últimos 10 años), esas 9.000 personas suponen el 0,02% de la población. En ocho años desde la entrada en vigor de la ley, sólo el 0,02% de la población ha conseguido el cambio de sexo registral tras solicitarlo sin requisitos legales más allá de su voluntad. Este porcentaje no puede cambiar las estadísticas de manera ni remotamente sustancial.

5. Prisiones.

“Hay estadísticas que señalan que el 48% de los varones identificados como trans (tanto los que ya tienen el cambio de sexo legal como los que transitan estando en prisión) lo son por delitos sexuales.”

ES UN BULO PORQUE no se aportan fuentes, aunque para colmo, hemos encontrado el desmentido que tuvo que adjuntar la BBC a dicha información después de publicarla:

“Una encuesta del gobierno ha contado a 125 prisioneros transgénero en Inglaterra y Gales, pero el Ministerio de Justicia dice que estas cifras aún no son un reflejo fiable de los números reales. El Ministerio de Justicia dice que 60 de ellos han sido condenados por uno o más delitos sexuales, pero no identificaron su género . Es probable que haya más reclusos trans, con sentencias más cortas y menos propensos a ser delincuentes sexuales, que no aparecen en esta información.”

Es decir, ese 48% de “varones identificados como trans” no es real ya que nunca se especificó el género (no se puede saber si eran hombres trans o mujeres trans) y además el Ministerio de Justicia británico no refrendaba la cifra de personas trans reclusas de la encuesta, que podría ser mayor y por tanto reducir dicho porcentaje de la población trans reclusa con penas por delitos sexuales.

El enlace que se muestra como fuente de esta aseveración no contiene información al respecto y la que contiene está a todas luces manipulada. El siguiente texto es de la referencia de la cita anterior pero se identificará igualmente en color ocre:

“Los varones que transicionan son más propensos a la conducta criminal que otros varones. Una investigación en los Estados Unidos muestra que el 21% de varones que han transicionado han sido enviados a prisión por algún motivo, algo que contrasta con el 2,7% de la población americana en general (Grant et al., 2011).”

Traemos el apartado Encarcelaciones del estudio que se menciona (Grant et al., 2011. Página 163 (*11):

“El 7% de los participantes del estudio informaron haber sido arrestados o retenidos en una celda estrictamente debido al sesgo de los agentes de policía sobre la base de la identidad / expresión de género . El 4% de aquellos que no han trabajado en la economía sumergida informaron haber sido arrestados o retenidos en una celda debido a este mismo sesgo.

(...) El 21% de los encuestados transgénero de hombre a mujer informaron haber sido enviados a la cárcel por cualquier motivo , en contraste con el 10% de los encuestados de mujer a hombre.

Estas estadísticas superan a las de la población general de las prisiones, en algunos casos por mucho. Un informe de 2003 del Departamento de Justicia muestra que el 2.7% de la población estadounidense en general ha estado encarcelada en algún momento de la vida. (...) Debido a que los datos del Departamento de Justicia se limitan a las prisiones y no incluyen cárceles, la comparación con nuestros datos no es precisa. ( En general, una cárcel es una instalación administrada por una jurisdicción local para confinar a personas por períodos cortos de tiempo. Una prisión es administrada por el Estado y utilizada para albergar criminales condenados por períodos generalmente más largos.)”

Ninguno de los dos porcentajes refiere a personas encarceladas por delitos sexuales sino por cualquier motivo. El porcentaje más elevado en el caso de las personas trans y de género no conforme viene a explicar el trato discriminatorio que sufren por parte de las fuerzas de seguridad estadounidenses, como también sucede con la población racializada de dicho país (*12).

Queremos acabar con algunos de los párrafos de la Conclusión de dicho estudio:

“Es por el espíritu de las personas transgénero y de género no conforme de todas partes que continúan prosperando y contribuyendo a sus comunidades, a pesar de todas las injusticias que sufren y las barreras para su bienestar que enfrentan, que presentamos este informe con la determinación de que nos hará avanzar como comunidad. También reconocemos que hay muchas, muchas personas que hemos perdido en el camino, que no han podido sobrevivir a la incesante discriminación, acoso y violencia que han encontrado. Podemos honrarlas trabajando para un mundo en el que las personas transgénero y de género no conforme sean libres de vivir sin temer la marginación y el abuso detallados aquí, de manera que respeten el derecho de cada individuo a la autodeterminación y afirmen nuestra humanidad colectiva.”

Ojalá poder terminar aquí, pero las desinformaciones siguen.

6. Deporte femenino.

Todo este apartado sólo se sustenta en afirmaciones sin fuentes salvo la de una entrevista a Sharon Davies en la que tampoco se referencia nada.

Aún así queremos visibilizar que los requisitos que exige el Comité Olímpico a las mujeres trans e intersexuales (muchas de ellas cisgénero), las obliga a disminuir sus niveles de testosterona mediante hormonación para poder competir en el deporte femenino olímpico, requisito que no se les exige a los hombres trans para competir en las secciones masculinas.

No hemos encontrado posicionamientos colectivos de mujeres deportistas en contra de la participación de las mujeres trans en los deportes femeninos (que ya se da en España ya que depende de la voluntad de las distintas federaciones al no haber una norma que la regule a nivel estatal).


7. Uso de baños y vestuarios de mujeres.

“Este tema carecería de importancia si viviésemos en un mundo libre de acoso sexual. Los baños y vestuarios para mujeres en los espacios públicos fueron una conquista del movimiento sufragista que posibilitó la incorporación de las mujeres a la vida pública.”

Efectivamente. Y negarles a las personas trans que usen los baños y vestuarios que les corresponden, las expulsa de la vida pública ya que sólo podrán usar su casa como espacio seguro.

“Existe un género pornográfico consistente en que los hombres ponen cámaras en baños de mujeres para verlas hacer sus necesidades. Hay hombres que se excitan con eso, al igual que otros se excitan fotografiando a las mujeres bajo las faldas en el metro o en escaleras mecánicas. Los fetichistas existen y los acosadores son reales. No es excepcional que algunos hombres fetichistas practiquen también el travestismo.”

Si existe ese género pornográfico es porque ya puede llevarse a cabo sin cambio legislativo mediante. Además, siendo como es nuestra sociedad patriarcal y machista, los hombres fetichistas y/o agresores no han necesitado nunca “disfrazarse” ni hacerse pasar por mujeres para vulnerar la intimidad y la integridad física de las mujeres en los espacios reservados a nosotras.

Además el acoso sexual es un acto criminal independiente del certificado de reconocimiento de género de una persona. Los costos sociales de la transición son tan altos que no se puede suponer que tener acceso a espacios reservados para mujeres sea un incentivo lo suficientemente grande como para solicitar el cambio de género. No hay evidencia alguna que muestre una relación entre la reducción de los requisitos para obtener el reconocimiento de género y un aumento de delitos sexuales, más allá de puro prejuicio.

8. Deshaciendo el comunicado del Partido Feminista y otras desinformaciones sobre menores trans.

Al igual que con los artículos anteriores, se han seleccionado como representativos del sector trans-excluyente, por la asiduidad con la que emplea argumentaciones similares, un comunicado del Partido Feminista de España y un tweet cuyo contenido viene siendo recurrente por parte de su autora, directora desde hace años de la Escuela Feminista Rosario de Acuña , Vicepresidenta del Real Patronato del Museo del Prado y Consejera de Estado.


Es de remarcar la gravedad añadida que implica que el discurso trans-excluyente se haya colado en partidos políticos e instituciones. No debemos olvidar que el Partido Feminista de España ha sido denunciado ante la Fiscalía contra los Delitos de Odio y Discriminación de Barcelona por la Federación Plataforma Trans, y la Escuela Feminista Rosario Acuña ha sido igualmente denunciada por presunto delito de odio por la Generalitat de Catalunya, a cuenta de las jornadas celebradas el pasado Julio de 2019, de las que se enlaza a continuación un pequeño extracto en vídeo y un artículo de Píkara Magazine.

En todo caso, nos remitimos a los siguientes artículos este al objeto de desmontar los infundios vertidos sobre menores trans:


No se puede consentir -mucho menos desde el movimiento feminista- ningún tipo de exclusión, rechazo, desprecio ni discriminación, por causa de su condición a las compañeras trans. Las compañeras trans son mujeres y en tanto sean feministas, sujeto político del movimiento feminista. No hay argumento válido para obstaculizar ninguna Proposición de Ley que trate de mejorar las condiciones de vida de las personas trans, sin olvidar que hablamos de una Proposición de máximos hecha por colectivos trans que aún precisa del oportuno debate parlamentario previo a su aprobación, por lo que las críticas que deban hacerse a la misma, deben ser rigurosas y no basarse en alarmismos no respaldados por ningún tipo de análisis. No se puede permanecer impasible ante el altavoz que algunos medios están ofreciendo a desinformaciones sin contraste alguno que magnifican la ya de por sí sangrante discriminación que sufren las personas trans. Exigimos rigor informativo en el tratamiento de informaciones que afectan a la vida y a la integridad de las compañeras trans en particular y a la sociedad a la que aspiramos las mujeres feministas en general. En España existen desde 2007, leyes autonómicas que ya reconocen algunos de los aspectos que esta Proposición de Ley pretende regular a nivel estatal y en los casi quince años transcurridos desde entonces, no ha sobrevenido el apocalipsis que el sector trans-excluyente predice. Ni sobrevendrá, tal y como queda evidenciado en el presente documento. Asistimos a un auge del fascismo a escala global y no es de recibo que ningún sector del feminismo, por pequeño que sea, lo fortalezca con los bulos y desinformaciones que aquí se desmienten.


*2. Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción. (Artículo 2.2)

*3. Análisis de EAPN España del último Informe sobre Rentas Mínimas de Inserción 2018

*4 ¿Tengo derecho a la RAI?


*5 Proposición de Ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género (122/000191).

*6 Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

*8 Proposición de Ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género (122/000191).

*9 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.

*10 Ley de Identidad de Género de Argentina (26.743).

*11
Grant, Jaime M., Lisa A. Mottet, Justin Tanis, Jack Harrison, Jody L. Herman, and Mara Keisling. Injustice at Every Turn: A Report of the National Transgender Discrimination Survey. Washington: National Center for Transgender Equality and National Gay and Lesbian Task Force, 2011.

*12
U.S. Department of Justice, Bureau of Justice Statistics, Prevalence of Imprisonment in the U.S. Population, 1974-2001 by Thomas P. Bonczar (Washington, DC: GPO, 2003).





Documento elaborado por Radfem Transinclusivo.

Noticias

Por ATA - Sylvia Rivera 16 de junio de 2025
Ante las crecientes presiones por parte del Gobierno de Donald Trump, el Hospital Infantil de Los Ángeles anunció el cierre definitivo de su centro de atención para jóvenes transgénero. La institución informó que también pondrá fin a su programa quirúrgico de reasignación de género. Dicha decisión ha generado gran controversia y desacuerdo, por lo que un grupo de manifestantes se congregó frente a las instalaciones del hospital para expresar su rechazo a la medida. Fuente: FoxNews/Foto: RRSS/atf https://xeu.mx
Por ATA - Sylvia Rivera 13 de junio de 2025
Ciudad de México, 11 jun (EFE).- La suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México amparó a una mujer trans refugiada y obligó al Instituto Nacional de Migración (INM) a reconocer su identidad de género en sus documentos migratorios, informó este miércoles la Universidad Iberoamericana (UIA). En un comunicado, explicó que el martes la SCJN "resolvió un amparo indirecto en favor de una mujer refugiada trans", dicho amparo fue promovido por la Clínica Jurídica Alaide Foppa para Personas Refugiadas de la UIA en contra del INM "por carecer de procedimientos que le permitan expedir documentos migratorios que reflejen la identidad de género de personas trans". Explicó que la víctima del caso "habría padecido reiteradamente violencia transfóbica en Guatemala, lo que la habría forzado a cerrar su negocio y huir a México". Una vez en México, ella solicitó ser reconocida como refugiada ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) ya que temía que "de ser deportada podría ser torturada o asesinada" y tras analizar su caso, la Comar habría corroborado este riesgo y la reconocería como refugiada. El comunicado explicó que luego de ser reconocida por la Comar "la víctima se acercó al INM para que le otorgara una residencia migratoria", pero lamentablemente, la tarjeta que le otorgaron "no reflejaba el nombre o el género con el que se identificaba socialmente, lo que hizo que sufriera nuevamente muchos casos de discriminación". También notó que "cada vez que se veía obligada a mostrar sus documentos migratorios para identificarse, era identificada como mujer trans y tratada con rechazo en consecuencia". Ante ello, se acercó a la Clínica Jurídica, que presentó un amparo en su favor reclamando las violaciones a su identidad, reconocimiento de la personalidad jurídica y su derecho a la no discriminación. En la sentencia, la SCJN reconoció que "los documentos migratorios funcionan como documentos de identidad de las personas extranjeras y refugiadas" y observó que las normas que establecen los procedimientos administrativos de expedición de documentos migratorios "excluyen de su regulación las necesidades y derechos de las personas trans extranjeras". Además, la SCJN reconoció que los procedimientos del INM para la expedición de tarjetas "discriminan por excluir a las personas trans y reiteró que personas trans tienen derecho a contar documentos que reflejen su identidad, con independencia de si son nacionales o extranjeras". En consecuencia, ordenó al INM "implementar mecanismos que permitan la modificación de los datos de identidad y la ajusten conforme a la identidad de género de las personas extranjeras". (c) Agencia EFE https://es-us.noticias.yahoo.com
Por ATA - Sylvia Rivera 12 de junio de 2025
La autora de Harry Potter volvió a provocar un intenso debate en redes sociales, luego de ironizar sobre la identidad de género en respuesta a un comentario que la instaba a enfocarse solo en escribir. La escritora británica J.K. Rowling, autora de la saga Harry Potter, volvió a generar controversia en redes sociales luego de responder de manera sarcástica a un usuario que la instó a dejar de opinar sobre temas ajenos a la literatura. Todo comenzó cuando un internauta le escribió: “Cállate la boca y vuelve a escribir libros. A nadie le importa tu opinión sobre nada más que sobre la magia”. Lejos de ignorar el comentario, Rowling respondió con ironía: “Mi opinión sobre la magia es la misma que sobre las mujeres con pene: ninguna es real. Sin embargo, si quieres demostrarme que me equivoco, salta de un tejado en una escoba”. La frase de la autora británica reavivó las críticas que ha recibido en los últimos años por sus posturas sobre identidad de género, calificadas por muchos como transfóbicas. Rowling ha insistido en que sus opiniones responden a preocupaciones sobre los derechos de las mujeres, pero su tono en redes y sus mensajes reiterados en la materia han mantenido un alto nivel de polémica desde hace ya varios años.
Por ATA - Sylvia Rivera 11 de junio de 2025
El gobierno de Donald Trump continúa su batalla contra las Naciones Unidas —por crímenes de guerra, derechos humanos y el tratado climático, entre otros—, mientras también sigue profundamente dividido en cuanto a los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales (Lgbti). Estados Unidos ha tomado varias medidas, algunas por decreto ejecutivo, relacionadas con las personas trans, entre ellas la restricción del acceso a la atención sanitaria afirmativa del género, la prohibición del servicio militar a las personas trans, la revocación de las protecciones para los estudiantes trans y el fin de la financiación federal para la ideología de género. Sin embargo, en contraste, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reconocen a las personas trans y sus derechos, afirmando el derecho humano de las personas trans al reconocimiento legal de su identidad de género, incluido el derecho a cambiar su género en documentos oficiales como los certificados de nacimiento. La ONU también trabaja para proteger a las personas trans de la discriminación y la violencia, y aboga por su inclusión e igualdad. A medida que se acelera la campaña para que una mujer ocupe el cargo de secretaria general de la ONU, la primera semana de junio circuló por los pasillos de la ONU una propuesta para que se instara a un Estado miembro a presentar una candidata trans simbólica para el cargo. Quizás no sea una realidad política a largo plazo, pero podría ser un acto simbólico de desafío contra la administración Trump, según confió un diplomático asiático a IPS. Un reportaje de la red de televisión informativa por cable CNN de comienzos de junio recordó que junio es el «mes del Orgullo», en el que las comunidades lesbiana, gay, bisexual, transy queer celebran la libertad de ser ellas mismas. «Sin embargo, quienes se identifican como Lgbti, especialmente las personas trans, siguen luchando por el derecho a existir sin prejuicios», planteó la televisora. Por temor a represalias de los clientes de derecha y de la administración Trump, 39 % de las marcas de consumo están reduciendo sus compromisos con el Mes del Orgullo este año. El presidente Trump ha amenazado con recortar los fondos para California porque una atleta trans de secundaria participó en los campeonatos del estado de atletismo durante este mes. El Departamento de Educación ha ordenado a la Universidad de Pensilvania que prohíba a los atletas trans participar en equipos femeninos. El Pentágono está obligando a los miembros trans del ejército a abandonar las fuerzas armadas y les ha prohibido alistarse. Además, el Departamento de Salud y Servicios Humanos ha ordenado a los proveedores de atención médica que dejen de prestar asistencia sanitaria a menores para reafirmar su identidad de género, según la CNN. Mientras tanto, los conflictos entre Estados Unidos y la ONU incluyen la retirada de Estados Unidos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y del Consejo de Derechos Humanos. Igualmente, hay amenazas de hacer lo mismo de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) y la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina (Unrwa), y es posible que se sumen más. James E. Jennings, presidente de Conscience International, dijo a IPS que «los tiranos, los autócratas y los oligarcas son siempre los que quieren quitar los derechos a las personas, prefiriendo una sociedad estratificada con ellos mismos en la cima a una igualitaria». Sin embargo, los documentos fundacionales de Estados Unidos proclaman lo contrario, afirmando la libertad y la justicia para todos y con la intención de promover el bienestar general protegiendo al individuo en lugar del Estado, afirmó. «Tenemos derecho a preguntarnos: ‘¿Cuál es la verdad? ¿Se van a democratizar realmente los derechos humanos o no?’. Si es así, podemos aprender a gestionar nuestra sociedad de forma equitativa, cuidando de todas y cada una de las personas que la componen», planteó. Jennings reconoció que las cuestiones relacionadas con las costumbres sociales y la sexualidad humana son difíciles de plasmar en un código legal, ya que las actitudes y las prácticas cambian con el tiempo, y la propia ley cambia de generación en generación. Para este experto, el principio de la libertad humana prevalece sobre Trump «y sus secuaces del Maga», la sigla de su lema de campaña «Make America Great Again (Hagamos que Estados Unidos vuelva a ser grande otra vez)». Mientras tanto, la administración Trump ha tomado varias medidas relacionadas con las personas trans, entre ellas: • Tratamiento de las personas trans en las prisiones federales: Se han establecido políticas para tratar a las personas trans en las prisiones federales según el sexo que se les asignó al nacer, lo que podría dar lugar a condiciones de alojamiento perjudiciales. • Eliminación del género de los sitios web federales: Se ha eliminado de los sitios web federales la información relacionada con la llamada «ideología de género» y, en algunos casos, se ha sustituido el término «género» por «sexo». • Denegación de los indicadores de género en los pasaportes: Se están denegando las solicitudes de pasaportes con indicadores de género distintos de masculino o femenino, así como las solicitudes de cambio de indicador de género entre masculino y femenino. Sin embargo, según informes publicados, muchas de estas políticas se han enfrentado a impugnaciones legales»: • El Tribunal Supremo ha permitido que la prohibición del servicio militar a las personas trans entre en vigor por ahora, pero el litigio sigue en curso. • Las medidas del gobierno han suscitado críticas por parte de los defensores de los derechos Lgbtiq+, que argumentan que son discriminatorias y perjudiciales. Según la ONU, las personas Lgbtiq+ son discriminadas en el mercado laboral, en las escuelas y en los hospitales, maltratadas y repudiadas por sus propias familias. Son objeto de agresiones físicas, como palizas, agresiones sexuales, torturas y asesinatos. La discriminación y la violencia motivada por el odio contra las personas Lgbtiq+ es generalizada, brutal y a menudo impune, y es aún peor para quienes pertenecen a comunidades racializadas. También son víctimas de tortura y malos tratos, incluso bajo custodia, en clínicas y hospitales. En unos 77 países, leyes discriminatorias penalizan las relaciones homosexuales privadas y consentidas, lo que expone a las personas al riesgo de ser detenidas, procesadas, encarceladas e incluso, en al menos cinco países, condenadas a muerte. Desde 2010, según la no gubernamental Comisión Internacional de Gays y Lesbianas de Derechos Humanos (Outright International), las personas trans en Estados Unidos pueden cambiar el indicador de género en sus pasaportes. En 2021, el Departamento de Estado de los Estados Unidos alineó esta política con las mejores prácticas internacionales al eliminar los requisitos de certificación médica para hacerlo, y en 2022 comenzó a ofrecer la opción de un indicador de género «X» en los pasaportes para las personas no binarias. Al revertir estas políticas, la administración Trump socava la capacidad de las personas trans, no binarias e intersexuales de que se reconozca y respete su identidad de género, lo que entra en conflicto directo con los principios de la autodeterminación y la autonomía. Exigir a las personas que lleven documentos de identidad que no reflejen su identidad de género también las expone a un mayor riesgo de violencia y restringe su libertad de circulación, un derecho protegido por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La política podría suponer un riesgo inmediato para los miembros de las fuerzas armadas y otros funcionarios del gobierno de Estados Unidos que actualmente están desplegados o trabajando en el extranjero con pasaportes que reflejan su identidad de género, según Outright International. https://ipsnoticias.net
Por ATA - Sylvia Rivera 10 de junio de 2025
Durante junio, se conmemora en Chile y el Mundo el Mes del Orgullo, instancia en la cual se busca visibilizar las problemáticas y desafíos con la comunidad LGBTQI+. En ese sentido, uno de los problemas que persiste de forma alarmante en el país es la falta de acceso a servicios de salud mental seguros, afirmativos y culturalmente competentes para la población Las brechas en el sistema sanitario afectan directamente el bienestar emocional y físico de estas comunidades, generando un impacto profundo y, muchas veces, silenciado. Así lo señaló Jaime Méndez, psicólogo clínico Especialista en Diversidad Sexual y de Género en ADIPA. “La discriminación social actúa como una forma estructural de violencia que se inscribe en las corporalidades y subjetividades, afectando profundamente la salud mental”, dijo. “El rechazo familiar, la exclusión escolar, el acoso callejero, la precarización laboral y el discurso de odio mediático configuran un entorno que vulnera cotidianamente el bienestar psíquico y físico de las personas LGBTQIANB+”, agregó. Según la encuesta T de OTD Chile en el año 2017, más del 76% de las personas trans han sido discriminadas por su identidad de género, y más del 50% ha recurrido al auto-daño como forma de respuesta emocional. Ahora bien, según el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), en su último Informe Anual de Derechos Humanos, el 80,9% de las personas LGBTQ+ ha sufrido discriminación a lo largo de su vida, y el 57,7% en el último año. Además, el 38,6% de las personas LGBTQ+ se ha autolesionado al menos una vez en su vida debido a la discriminación, y el 17,7% ha intentado suicidarse. “Este contexto se traduce en una mayor prevalencia de sintomatología ansiosa, depresiva, conductas de aislamiento e incluso ideación suicida. La discriminación social impacta directamente en la salud mental, al generar sentimientos de vergüenza, aislamiento, ansiedad y temor a la violencia. El estigma, tanto en los espacios sanitarios como en la vida cotidiana, puede internalizar y producir sufrimiento subjetivo sostenido”, manifiesta el profesional de ADIPA. Si bien Chile ha dado pasos importantes, como la Ley de Identidad de Género, aprobada en diciembre de 2018, la que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, y algunas iniciativas locales de atención inclusiva, aún persiste una deuda estructural profunda en materia de salud mental. La salud mental no puede seguir siendo un privilegio ni un lugar de exclusión. https://www.adnradio.cl
Por ATA - Sylvia Rivera 6 de junio de 2025
El gobernador republicano de Nebraska, Jim Pillen, firmó este miércoles una ley que prohíbe oficialmente a estudiantes trans participar en deportes femeninos, lo que convierte al estado en el más reciente en impedir que atletas trans puedan competir en equipos de mujeres y niñas. El líder conservador firmó la ley rodeado de atletas femeninas, una docena de legisladores y la exnadadora universitaria Riley Gaines, quien en los últimos meses se ha convertido en una de las más célebres defensoras de la prohibición de atletas trans en deportes femeninos. La medida fue aprobada la semana pasada por la Legislatura de Nebraska en una cerrada votación que se decidió por un solo voto emitido según líneas partidistas. Sin embargo, la ley fue reducida en relación con su versión inicial, la cual buscaba no solo impedir que las atletas trans pudieran competir en equipos de niñas y mujeres, sino también prohibir oficialmente a todas las estudiantes trans usar baños y vestuarios acordes con su identidad de género. Los patrocinadores de la ley aceptaron eliminar esta prohibición después de que el senador republicano de Omaha, Merv Riepe, declarara que, de lo contrario, votaría en contra de la medida. Una prohibición justificada En los últimos meses, al menos otros 24 estados en todo el país han adoptado este tipo de prohibiciones. El presidente estadounidense, Donald Trump, firmó a principios de año una orden ejecutiva destinada a dictar en qué competiciones deportivas pueden participar atletas trans, e incluso se enfrentó al estado de Maine en tribunales por permitir la participación de atletas trans en deportes femeninos. La ACLU emite una denuncia Tras la nueva ley firmada por Pillen, la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) de Nebraska emitió una denuncia, con su directora, Mindy Rush Chipman, argumentando que esta prohibición cierra las puertas a muchos estudiantes trans para participar plenamente en sus comunidades escolares. “Esta prohibición solo creará problemas, no resolverá ninguno”, dijo Rush Chipman. https://voz.us
Por ATA - Sylvia Rivera 5 de junio de 2025
El XXIII Informe de Derechos Humanos de la Diversidad Sexual y de Género –del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)– reveló que Chile registró el mayor retroceso en derechos LGBTIQ+ en 2024, desde el retorno de la democracia. En detalle, el documento arroja 2.847 casos y denuncias por discriminación. De ese total, el 39,73% afectó a la población trans, lo que significa un incremento del 462,69% en relación al año previo. Los abusos contra mujeres lesbianas aumentaron a 118, misma cifra a la del año 2023 y concentrando el 4,14% del total nacional. En tanto, los atropellos contra hombres gays registraron 195, un 41% menos que el año anterior, acumulando el 6,85% del total. “Año de la transfobia” “El 2024 pasará a la historia como el “año de la transfobia”, en tanto los derechos humanos de las personas trans, en especial de niños, niñas y adolescentes (NNA), fueron permanentemente vulnerados", señala el informe elaborado por el Movilh. Esto, añade, al “desconocerse el derecho a la identidad de género y poniéndose en jaque las conquistas del pasado que habían contribuido a mermar las desigualdades que les afectan, en particular en el acceso a la salud”. https://www.adnradio.cl
Por ATA - Sylvia Rivera 4 de junio de 2025
El mes del orgullo LGBTQ, celebrado en junio a nivel mundial, inició por los famosos disturbios de Stonewall, pero en específico, hubo dos mujeres involucradas que fueron las pioneras del movimiento: Marsha P. Johnson y Sylvia Rivera. El 28 de junio de 1969, la policía se detuvo en The Stonewall Inn con el fin de verificar las violaciones de la ley del alcohol y otras transgresiones, que es algo que hicieron regularmente. Lo que realmente ocurrió fue intimidación policial y demandas de pagos a cambio de no arrestar o publicitar los nombres de los clientes. Johnson, conocida por su feroz activismo y defensa de las personas queer sin hogar y las trabajadoras sexuales, fue una de las primeras en resistir la intimidación policial en el bar. También se rumorea que Sylvia Rivera arrojó la primera botella. Según los informes, los disturbios estallaron cuando la activista lesbiana Stormé DeLarverie fue atacada por la policía por decir que sus esposas estaban demasiado apretadas. Otros clientes de Stonewall arrojaron botellas, monedas y otros artículos a los oficiales mientras las tensiones aumentaban cuando la policía arrastraba a los que estaban dentro del bar. Tanto Johnson como Rivera, instrumentales en el movimiento de derechos LGBT, son acreditadas por jugar un papel importante en la reacción violenta contra la brutalidad policial en el Stonewall Inn. Haciendo énfasis en el rol de Johnson como catalizadora de los disturbios. A principios de la década de 1970, Johnson y su buena amiga Sylvia Rivera cofundaron la organización Street Transvestite Action Revolutionaries (STAR; Revolucionarias activistas travestidas callejeras); juntas eran una presencia visible en las marchas a favor de la liberación gay y otras acciones políticas radicales. En la década de 1980, Johnson continuó su activismo de la calle como organizadora respetada y marshall de ACT UP. Junto con Rivera, Johnson era «madre» de la Casa STAR, juntando ropa y comida para ayudar apoyar a las jóvenes drag queens, mujeres trans y chicos callejeros que vivían en los muelles de la calle Christopher o en su casa, en el Lower East Side de Nueva York. Actualmente hay diversos monumentos que guardan la memoria de éstas grandes activistas pioneras en el movimiento LGBTQ. Es importante saber que gracias a acciones de ellas y más personas, es que ahora podemos ser un poco más libres, y pese a que la lucha continúa, ellas y más nos han abierto el camino. ¡Feliz mes del orgullo LGBTQ! https://elclosetlgbt.com
Por ATA - Sylvia Rivera 3 de junio de 2025
En pleno 2025, los derechos de las mujeres trans enfrentan un retroceso alarmante, amenazados por discursos de odio, exclusiones legislativas y ataques a su visibilidad. Por eso, en esta edición de Proud Humans, cedemos el espacio a 12 mujeres trans que admiramos profundamente. Algunas han participado en este especial antes; otras se unen por primera vez. Pero todas se suman con un objetivo en común: alzan la voz para enviar un mensaje de resistencia. Porque, como reza una de las proclamas más poderosas de la marcha orgullo, “aquí está la resistencia trans”. ALEJANDRA BOGUE ACTRIZ Y CONDUCTORA @LABOGUEBO5 Mi mensaje de resistencia es que sigamos alegres, contentas, enteras. Sin olvidar quiénes somos, cómo somos y para qué somos con nosotras mismas. La verdad absoluta nadie la tiene más que la que llevas en el corazón.
Por ATA - Sylvia Rivera 2 de junio de 2025
Cuando muchos nacen, además de la huella digital que los hace únicos, hay prefijos, palabras y adjetivos que los acompañarán en la aventura de vivir y que determinarán sus destinos. Moria Casán es de esos seres que nació bajo el signo “trans”. Para ella, no remite sólo al término abreviado que se utiliza para referirse a personas transgénero o transexuales. En el caso de la diva, se emparenta con palabras como “transformación”, “transición” y “transmutación”. "Soy trans desde que nací", dice. Y no resulta rara la declaración. Como veremos, la existencia de la multifacética artista estuvo y está signada por causalidades “trans” que le permiten reinventarse y evolucionar. Mientras realiza los últimos ensayos de su nueva obra teatral llamada Cuestión de género (se estrenó el 30 de mayo en el Teatro Metropolitan), Moria Casán recibe a Clarín con su intacto carisma. Posa luminosa para las fotos y se entrega a la charla entusiasmada por su presente. En esta comedia francesa de Jade-Rose Parker que se convirtió en un fenómeno en París (con Victoria Abril como estrella), Casán comparte protagónico con Jorge Marrale, bajo la dirección de Nelson Valente y la producción general de Pablo Kompel, Tomás Rottemberg y Ricardo Hornos. El elenco se completa con Paula Kohan y Ariel Pérez de María. No es novedad que a sus 78 años, Moria proyecta emociones, ideas y sentimientos que trascienden la edad. Su energía es atemporal, siempre nueva y renovada. Ahora la metamorfosis artística la lleva a ponerse en la piel de Jade, una diseñadora que recibe el resultado negativo en un examen médico de rutina. Al comunicárselo a Francisco (Jorge Marrale), su esposo desde hace 30 años, aprovecha para revelarle un secreto que oculta desde el inicio del matrimonio. Dice Moria: “El tema de la obra es muy actual, habla de una transición de género, con todo lo que conlleva. Se refiere al bullying; a todo lo que debe atravesar una persona para ser libre. Y a quien se encuentra con que el otro nunca le dijo lo que pasaba y se siente engañado. Es un guión que propone una montaña rusa emocional, porque entendés a uno, y después te ponés de parte del otro, y comprendés a los dos”.
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