DESHACIENDO BULOS TRÁNSFOBOS 

ATA - Sylvia Rivera • 17 de febrero de 2020

Documento elaborado por Radfem Transinclusivo. Aviso de contenido: transfobia y transmisoginia.

TABLA DE CONTENIDOS

Introducción

1. Consideración de las personas trans como sujetos en riesgo de exclusión social.

2. Cuota de reserva de puestos de trabajo. 3. Paridad.

4. Violencia de género.

5. Prisiones.

6. Deporte femenino.

7. Uso de baños y vestuarios de mujeres.

8. Deshaciendo el comunicado del Partido Feminista y otras desinformaciones sobre menores trans.

Conclusión

Introducción

El objetivo del presente documento es desmontar, desmentir y básicamente DESHACER, argumentos cimentados en casos anecdóticos, fake news y textos descontextualizados que pretenden disfrazar la injustificada e injustificable transfobia de un sector del feminismo, que aún siendo minoritario y no representativo del mismo, cuenta con un gran altavoz mediático.

Dada la escasa y en ocasiones nula rigurosidad con la que ciertos medios difunden estas desinformaciones, lastrando así la lucha feminista, nos vemos obligadas a

DESHACER todo lo que tales medios están permitiendo edificar en base a NADA y a realizar una importante inversión en tiempo y esfuerzo que debería emplearse en los verdaderos problemas que enfrentamos TODAS las mujeres actualmente en España.

Comenzamos:

Deshaciendo este artículo y este otro :

Se han escogido estos dos artículos (pertenecientes a una misma serie titulada "Quince motivos para oponernos a la ley trans que el Gobierno quiere aprobar" -pendiente de conclusión-), al considerarlos altamente representativos en cuanto a los "argumentos" que un sector del feminismo radical, tristemente trans-excluyente, maneja habitualmente para cerrar la puerta del movimiento feminista a las compañeras trans, arrogándose así una portavocía de la que carece y tratando de apropiarse del movimiento feminista. En consecuencia, el primer bulo, del que nacen todas las demás argumentaciones (manipuladas cuando no directamente falsas) es pretender que hay una preocupación real en el seno del movimiento feminista en relación con la Proposición de Ley Trans.

Se identificarán en color ocre los extractos de dichos artículos.

1. Consideración de las personas trans como sujetos en riesgo de exclusión social.

“Esto quiere decir que la concesión de ayudas económicas va a depender de la mera declaración del sexo sentido, sin necesidad de hormonarse, operarse ni absolutamente ningún requisito ni control externo (médico o jurídico). No hace falta especular mucho para darse cuenta de que esto abre la puerta al fraude.”

ES UN BULO PORQUE las personas trans ya tienen consideración de “colectivo en riesgo de exclusión social” entre muchos otros colectivos (personas sin hogar, personas con discapacidad, personas mayores, personas en situación de dependencia, personas inmigrantes y personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, mujeres víctimas de violencia de género, población gitana, personas víctimas de discriminación por origen racial o étnico, orientación sexual e identidad de género , personas con problemas de adicción -drogas, alcohol, juego, etc.-, personas reclusas o exreclusas (*1) ) siendo el colectivo al que menos presupuestos se derivan (página 119 del mismo Plan de Acción).))

Esta consideración no tiene nada que ver con la percepción de ayudas económicas, sino más bien con el estudio de su situación general ( “impulsar la realización de informes y estudios que identifiquen la orientación sexual e identidad de género como elementos relacionados con la discriminación, la exclusión social y la pobreza.” Página 108 del mismo Plan Nacional), la implantación de programas de sensibilización y/o la elaboración de planes o acuerdos con entidades e instituciones de acción social para, digámoslo claro, poner tiritas a situaciones extremas, entre otras medidas de mínimos.

Los requisitos para beneficiarse de ayudas económicas no tienen nada que ver con pertenecer a un colectivo considerado en riesgo de exclusión social de los anteriormente citados. Así pues, cuando se dice que “sería recomendable que solo fuesen consideradas “personas en riesgo de exclusión social” aquellos que realmente estén en riesgo de exclusión social” realmente se está hablando de algo que ya sucede con todas las personas, pertenezcan o no a un colectivo considerado en riesgo de exclusión social incluso en lo relativo a la inserción laboral como veremos a continuación.

Según la Ley 43/2006,de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, se debe acreditar dicha situación individualmente ante los Servicios Sociales (*2) en base a factores socioeconómicos:

“Artículo 2.2: La situación de exclusión de las personas pertenecientes a los colectivos a los que se hace referencia en el apartado 1, deberá ser acreditada por los Servicios Sociales Públicos competentes.”

Uno de esos colectivos del apartado 1 del artículo 2 es:

“a) Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción RAI o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.”

La acreditación de esta situación “ requiere de un largo proceso burocrático, que difiere mucho según los territorios y, en algunos, es una carrera humillante de obstáculos para las familias. En la mayoría de las comunidades autónomas percibir la renta mínima sigue siendo incompatible con tener un empleo, aunque éste sea temporal, estacional o a tiempo parcial.” (*3).

Para percibir la Renta Mínima de Inserción RAI se deberá acreditar una de estas situaciones: personas desempleadas de larga duración, personas con discapacidad, personas emigrantes retornadas, víctimas de violencia de género o de violencia doméstica, y además los requisitos socioeconómicos exigidos. (*4)

En resumen: que un colectivo sea considerado en riesgo de exclusión social no lleva aparejadas ayudas económicas por la pertenencia al mismo.

2. Cuota de reserva de puestos de trabajo.

“El único requisito para acceder a esta reserva es el cambio de sexo registral, que en la ley estatal propuesta dependerá de la mera declaración (sin necesidad de diagnóstico de disforia, hormonación ni ninguna otra exigencia).”

ES UN BULO PORQUE en la propia la Proposición de Ley (*5) que recurrentemente se demoniza y que, por cierto, ya ha caducado al disolverse las Cortes se especifica:

“Artículo 19. Cuota de reserva de puestos de trabajo para personas trans en el sector público.

1. En las ofertas de empleo público se reservará un cupo de las vacantes para ser cubiertas entre personas trans, considerando como tales las definidas en el artículo 3 de la presente Ley, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su condición de trans. El porcentaje que representará este cupo se determinará en función de los estudios acerca de la población trans , y se establecerá una calendarización para alcanzar de forma progresiva dicho porcentaje.”

Los estudios a los que se hace mención son los que derivan de considerar a la población trans como colectivo en riesgo de exclusión social como hemos se explica en el punto anterior.

Además, en el mismo artículo:

“2. Se encuentran protegidas por el presente artículo las personas trans, mayores de 16 años de edad, que acrediten la modificación de la mención registral de su nombre y/o sexo en los términos dispuestos en la Ley 3/2007 y en la presente, siempre que superen los procesos selectivos.”

Este punto se repite en el artículo 20 de incentivo para la contratación de personas trans en el sector privado, por lo que es falso que dichos puestos reservados, tanto en el sector público como en el privado, dependan exclusivamente de la mera declaración, siendo preciso superar los procesos selectivos y acreditar la modificación registral del nombre y/o sexo en todo caso.

Además, según la Ley 43/2006,de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo (*6) en la que se regulan las bonificaciones de los contratos que se celebren con trabajadores con discapacidad, personas que se encuentren en situación de exclusión social , víctimas de violencia de género o doméstica y víctimas del terrorismo:

“Artículo 2.5. Los empleadores que contraten indefinidamente a trabajadores en situación de exclusión social, incluidos en los colectivos relacionados en la disposición adicional segunda de esta Ley, y que tengan acreditada esta condición por los servicios sociales u órganos competentes , podrán acogerse a las bonificaciones mensuales de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado, de 50 euros/mes (600 euros/año) durante 4 años.”

Es decir, la condición de situación de exclusión social debe acreditarse individualmente . Por lo tanto, es falso que acreditar la pertenencia a un colectivo en dicha situación sea suficiente para beneficiarse de estas bonificaciones.

" ¿por qué las personas trans y no las madres solteras, las madres de familia numerosa o las madres en general?, ¿por qué las personas trans y no cualquier persona que tenga diagnóstico de una enfermedad crónica incapacitante?, ¿por qué las personas trans y no otras personas que sufran discriminación por “expresión de género” como las lesbianas “butch” o los gays con pluma?”

Estas preguntas malintencionadas son una f alacia de falso dilema a la que vamos a contestar con el argumento indiscutible de que LOS DERECHOS NO SON UNA TARTA. Es decir, se puede luchar para la mejora en las ayudas de todas las personas que las necesiten sin pretender quitárselas a unas para dárselas a otras que, según el criterio individual, las merezcan más.

3. Paridad.

“Los hombres que cambian de sexo legal a “mujeres” con la ley actual ya tienen derecho a acceder a las cuotas para mujeres o a ser contabilizadas como mujeres cuando se hagan recuentos de paridad. La nueva norma señala que cualquier excepción legal que existiese para las personas transexuales estaría menoscabando el derecho a la libre determinación de la identidad.”

Al margen (si es que se puede permanecer al margen de tamaña injusticia) del trato en masculino y la negación de la identidad de las mujeres trans que se reitera a lo largo de los artículos, lo cierto es que los términos dispuestos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (*7) para esos recuentos de paridad que se mencionan, merecerían un análisis aparte ya que no obligan a dicha paridad en el ámbito laboral del sector privado (en el que las actuaciones por la igualdad entre mujeres y hombres es voluntaria) y en el sector público se limita a la Administración General del Estado y a los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. Más que preocuparse de que las mujeres trans accedan a estas migajas, creemos que sería más útil proponer JUNTAS mejoras para estas irrisorias “obligaciones”.

“(...) las investigaciones apuntan a que la transición no modifica los hábitos masculinos en relación con las tareas domésticas.”

El enlace que se relaciona en esta frase lleva a la traducción de un artículo sin fuentes en la que no se mencionan estudios al respecto.

4. Violencia de género.

“(...) podría darse que un hombre que se identifica como mujer maltrate a su pareja mujer (podría darse que llevase maltratando a su novia desde años antes de pedir el cambio de sexo registral o de vestir “de mujer” de forma permanente). No parecería justo, en un caso como este, primar el derecho a la libre determinación del sexo sobre el derecho de las mujeres a ser protegidas frente a la violencia machista.

Sin embargo (ya con la legislación actual) una vez que cambia el sexo registral, se antepone legalmente el sexo registral al sexo biológico. Esto quiere decir que la agresión de un hombre que se identifica como mujer contra su novia se consideraría “violencia entre lesbianas” y, por tanto, violencia doméstica (y no violencia de género), dando lugar a una pena inferior y a menos garantías jurídicas para la víctima.”

ES UN BULO PORQUE se obvia el artículo 7.8 de la Proposición de Ley (*8):

“Artículo 7.8. La rectificación de la mención relativa al sexo registral y, en su caso, el cambio de nombre, no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a estas inscripciones.

Así pues, el maltrato físico o psicológico que se ejerciera antes del cambio de sexo o nombre registral, no quedaría fuera de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (abreviada como LIVG o VioGen).

A su vez, la figura jurídica de fraude de ley está amparada en nuestra legislación por el artículo 6.4 del Código Civil (*9 )y añadimos que no hay evidencia de que las leyes de reconocimiento de género sin requisitos patologizantes (informe médico y hormonación) hayan tenido aparejados mayores niveles de fraude de ley.

“En relación con la criminalidad, otro elemento que preocupa al feminismo es la alteración de las estadísticas: en los países en los que las estadísticas no tienen en cuenta la distinción entre mujeres transexuales y biológicas, se incrementan los delitos de pederastia, violaciones y crímenes violentos cometidos por “mujeres” (que en realidad son varones biológicos, que conservan el porcentaje y el patrón de criminalidad de los hombres).”


ES UN BULO PORQUE ya de entrada esta afirmación no enlaza a fuente alguna, por lo que no debería merecer siquiera el esfuerzo de ser desmentida. Aún así aportamos un caso real, el de Argentina, donde la ley no exige informes psicológicos ni hormonación para solicitar el cambio de sexo registral. Desde que se aprobó la Ley de Identidad de Género de Argentina (*10) en 2012, hasta febrero de 2020, han cambiado su género en el DNI 9.000 personas . Teniendo en cuenta que la población total de Argentina en 2010 era de 4 0.117.096 habitantes (y sin tener en cuenta el incremento demográfico de los últimos 10 años), esas 9.000 personas suponen el 0,02% de la población. En ocho años desde la entrada en vigor de la ley, sólo el 0,02% de la población ha conseguido el cambio de sexo registral tras solicitarlo sin requisitos legales más allá de su voluntad. Este porcentaje no puede cambiar las estadísticas de manera ni remotamente sustancial.

5. Prisiones.

“Hay estadísticas que señalan que el 48% de los varones identificados como trans (tanto los que ya tienen el cambio de sexo legal como los que transitan estando en prisión) lo son por delitos sexuales.”

ES UN BULO PORQUE no se aportan fuentes, aunque para colmo, hemos encontrado el desmentido que tuvo que adjuntar la BBC a dicha información después de publicarla:

“Una encuesta del gobierno ha contado a 125 prisioneros transgénero en Inglaterra y Gales, pero el Ministerio de Justicia dice que estas cifras aún no son un reflejo fiable de los números reales. El Ministerio de Justicia dice que 60 de ellos han sido condenados por uno o más delitos sexuales, pero no identificaron su género . Es probable que haya más reclusos trans, con sentencias más cortas y menos propensos a ser delincuentes sexuales, que no aparecen en esta información.”

Es decir, ese 48% de “varones identificados como trans” no es real ya que nunca se especificó el género (no se puede saber si eran hombres trans o mujeres trans) y además el Ministerio de Justicia británico no refrendaba la cifra de personas trans reclusas de la encuesta, que podría ser mayor y por tanto reducir dicho porcentaje de la población trans reclusa con penas por delitos sexuales.

El enlace que se muestra como fuente de esta aseveración no contiene información al respecto y la que contiene está a todas luces manipulada. El siguiente texto es de la referencia de la cita anterior pero se identificará igualmente en color ocre:

“Los varones que transicionan son más propensos a la conducta criminal que otros varones. Una investigación en los Estados Unidos muestra que el 21% de varones que han transicionado han sido enviados a prisión por algún motivo, algo que contrasta con el 2,7% de la población americana en general (Grant et al., 2011).”

Traemos el apartado Encarcelaciones del estudio que se menciona (Grant et al., 2011. Página 163 (*11):

“El 7% de los participantes del estudio informaron haber sido arrestados o retenidos en una celda estrictamente debido al sesgo de los agentes de policía sobre la base de la identidad / expresión de género . El 4% de aquellos que no han trabajado en la economía sumergida informaron haber sido arrestados o retenidos en una celda debido a este mismo sesgo.

(...) El 21% de los encuestados transgénero de hombre a mujer informaron haber sido enviados a la cárcel por cualquier motivo , en contraste con el 10% de los encuestados de mujer a hombre.

Estas estadísticas superan a las de la población general de las prisiones, en algunos casos por mucho. Un informe de 2003 del Departamento de Justicia muestra que el 2.7% de la población estadounidense en general ha estado encarcelada en algún momento de la vida. (...) Debido a que los datos del Departamento de Justicia se limitan a las prisiones y no incluyen cárceles, la comparación con nuestros datos no es precisa. ( En general, una cárcel es una instalación administrada por una jurisdicción local para confinar a personas por períodos cortos de tiempo. Una prisión es administrada por el Estado y utilizada para albergar criminales condenados por períodos generalmente más largos.)”

Ninguno de los dos porcentajes refiere a personas encarceladas por delitos sexuales sino por cualquier motivo. El porcentaje más elevado en el caso de las personas trans y de género no conforme viene a explicar el trato discriminatorio que sufren por parte de las fuerzas de seguridad estadounidenses, como también sucede con la población racializada de dicho país (*12).

Queremos acabar con algunos de los párrafos de la Conclusión de dicho estudio:

“Es por el espíritu de las personas transgénero y de género no conforme de todas partes que continúan prosperando y contribuyendo a sus comunidades, a pesar de todas las injusticias que sufren y las barreras para su bienestar que enfrentan, que presentamos este informe con la determinación de que nos hará avanzar como comunidad. También reconocemos que hay muchas, muchas personas que hemos perdido en el camino, que no han podido sobrevivir a la incesante discriminación, acoso y violencia que han encontrado. Podemos honrarlas trabajando para un mundo en el que las personas transgénero y de género no conforme sean libres de vivir sin temer la marginación y el abuso detallados aquí, de manera que respeten el derecho de cada individuo a la autodeterminación y afirmen nuestra humanidad colectiva.”

Ojalá poder terminar aquí, pero las desinformaciones siguen.

6. Deporte femenino.

Todo este apartado sólo se sustenta en afirmaciones sin fuentes salvo la de una entrevista a Sharon Davies en la que tampoco se referencia nada.

Aún así queremos visibilizar que los requisitos que exige el Comité Olímpico a las mujeres trans e intersexuales (muchas de ellas cisgénero), las obliga a disminuir sus niveles de testosterona mediante hormonación para poder competir en el deporte femenino olímpico, requisito que no se les exige a los hombres trans para competir en las secciones masculinas.

No hemos encontrado posicionamientos colectivos de mujeres deportistas en contra de la participación de las mujeres trans en los deportes femeninos (que ya se da en España ya que depende de la voluntad de las distintas federaciones al no haber una norma que la regule a nivel estatal).


7. Uso de baños y vestuarios de mujeres.

“Este tema carecería de importancia si viviésemos en un mundo libre de acoso sexual. Los baños y vestuarios para mujeres en los espacios públicos fueron una conquista del movimiento sufragista que posibilitó la incorporación de las mujeres a la vida pública.”

Efectivamente. Y negarles a las personas trans que usen los baños y vestuarios que les corresponden, las expulsa de la vida pública ya que sólo podrán usar su casa como espacio seguro.

“Existe un género pornográfico consistente en que los hombres ponen cámaras en baños de mujeres para verlas hacer sus necesidades. Hay hombres que se excitan con eso, al igual que otros se excitan fotografiando a las mujeres bajo las faldas en el metro o en escaleras mecánicas. Los fetichistas existen y los acosadores son reales. No es excepcional que algunos hombres fetichistas practiquen también el travestismo.”

Si existe ese género pornográfico es porque ya puede llevarse a cabo sin cambio legislativo mediante. Además, siendo como es nuestra sociedad patriarcal y machista, los hombres fetichistas y/o agresores no han necesitado nunca “disfrazarse” ni hacerse pasar por mujeres para vulnerar la intimidad y la integridad física de las mujeres en los espacios reservados a nosotras.

Además el acoso sexual es un acto criminal independiente del certificado de reconocimiento de género de una persona. Los costos sociales de la transición son tan altos que no se puede suponer que tener acceso a espacios reservados para mujeres sea un incentivo lo suficientemente grande como para solicitar el cambio de género. No hay evidencia alguna que muestre una relación entre la reducción de los requisitos para obtener el reconocimiento de género y un aumento de delitos sexuales, más allá de puro prejuicio.

8. Deshaciendo el comunicado del Partido Feminista y otras desinformaciones sobre menores trans.

Al igual que con los artículos anteriores, se han seleccionado como representativos del sector trans-excluyente, por la asiduidad con la que emplea argumentaciones similares, un comunicado del Partido Feminista de España y un tweet cuyo contenido viene siendo recurrente por parte de su autora, directora desde hace años de la Escuela Feminista Rosario de Acuña , Vicepresidenta del Real Patronato del Museo del Prado y Consejera de Estado.


Es de remarcar la gravedad añadida que implica que el discurso trans-excluyente se haya colado en partidos políticos e instituciones. No debemos olvidar que el Partido Feminista de España ha sido denunciado ante la Fiscalía contra los Delitos de Odio y Discriminación de Barcelona por la Federación Plataforma Trans, y la Escuela Feminista Rosario Acuña ha sido igualmente denunciada por presunto delito de odio por la Generalitat de Catalunya, a cuenta de las jornadas celebradas el pasado Julio de 2019, de las que se enlaza a continuación un pequeño extracto en vídeo y un artículo de Píkara Magazine.

En todo caso, nos remitimos a los siguientes artículos este al objeto de desmontar los infundios vertidos sobre menores trans:


No se puede consentir -mucho menos desde el movimiento feminista- ningún tipo de exclusión, rechazo, desprecio ni discriminación, por causa de su condición a las compañeras trans. Las compañeras trans son mujeres y en tanto sean feministas, sujeto político del movimiento feminista. No hay argumento válido para obstaculizar ninguna Proposición de Ley que trate de mejorar las condiciones de vida de las personas trans, sin olvidar que hablamos de una Proposición de máximos hecha por colectivos trans que aún precisa del oportuno debate parlamentario previo a su aprobación, por lo que las críticas que deban hacerse a la misma, deben ser rigurosas y no basarse en alarmismos no respaldados por ningún tipo de análisis. No se puede permanecer impasible ante el altavoz que algunos medios están ofreciendo a desinformaciones sin contraste alguno que magnifican la ya de por sí sangrante discriminación que sufren las personas trans. Exigimos rigor informativo en el tratamiento de informaciones que afectan a la vida y a la integridad de las compañeras trans en particular y a la sociedad a la que aspiramos las mujeres feministas en general. En España existen desde 2007, leyes autonómicas que ya reconocen algunos de los aspectos que esta Proposición de Ley pretende regular a nivel estatal y en los casi quince años transcurridos desde entonces, no ha sobrevenido el apocalipsis que el sector trans-excluyente predice. Ni sobrevendrá, tal y como queda evidenciado en el presente documento. Asistimos a un auge del fascismo a escala global y no es de recibo que ningún sector del feminismo, por pequeño que sea, lo fortalezca con los bulos y desinformaciones que aquí se desmienten.


*2. Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción. (Artículo 2.2)

*3. Análisis de EAPN España del último Informe sobre Rentas Mínimas de Inserción 2018

*4 ¿Tengo derecho a la RAI?


*5 Proposición de Ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género (122/000191).

*6 Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

*8 Proposición de Ley sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género (122/000191).

*9 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.

*10 Ley de Identidad de Género de Argentina (26.743).

*11
Grant, Jaime M., Lisa A. Mottet, Justin Tanis, Jack Harrison, Jody L. Herman, and Mara Keisling. Injustice at Every Turn: A Report of the National Transgender Discrimination Survey. Washington: National Center for Transgender Equality and National Gay and Lesbian Task Force, 2011.

*12
U.S. Department of Justice, Bureau of Justice Statistics, Prevalence of Imprisonment in the U.S. Population, 1974-2001 by Thomas P. Bonczar (Washington, DC: GPO, 2003).





Documento elaborado por Radfem Transinclusivo.

Noticias

Por ATA - Sylvia Rivera 30 de abril de 2025
El 8 de abril de 2025, Sabrina de la Peña, una mujer trans de 61 años, fue víctima de un violento ataque en su tienda ubicada en el Distrito Westlake de Los Ángeles. Los detectives del Departamento de Policía de Los Ángeles (LAPD) han calificado el hecho como un crimen de odio y solicitan la colaboración pública para identificar a los tres agresores responsables. Según el informe de la policía, el ataque comenzó cuando uno de los sospechosos ingresó al negocio de Sabrina, aparentemente para coquetear con ella. La mujer rechazó sus intentos, lo que provocó que el agresor abandonara la tienda. Sin embargo, poco después regresó, empujó a la víctima al suelo, y, tras descubrir que era trans, la agredió sexualmente. “El agresor la amenazó con matarla tras darse cuenta de su identidad”, señalaron los oficiales del LAPD en un comunicado de prensa. La situación empeoró cuando el mismo sospechoso regresó acompañado de dos cómplices y continuó con la violencia. Los tres atacantes agredieron a de la Peña en varias ocasiones. En un primer momento, uno de ellos la golpeó con un monopatín. Luego, los agresores rociaron a la mujer con gas pimienta, le arrojaron un líquido y uno de los atacantes intentó inmovilizarla usando un Taser. En imágenes de vigilancia, se puede ver la violencia con la que los agresores atacan a Sabrina, quien desesperada pedía ayuda, aunque nadie en las cercanías intervino. En una entrevista con KTLA, la agraviada relató la pesadilla que vivió. “Estaba gritando por ayuda, pero nadie me ayudó. Me sacaron al callejón y comenzaron a golpearme fuera de mi tienda”, comentó con voz quebrada. De la Peña también mencionó que los acosadores han regresado en dos ocasiones más desde el primer ataque, lo que la ha dejado aterrada y con miedo por su seguridad. “Ahora no me siento segura. No puedo trabajar sin pensar que ellos van a regresar”, expresó desconsolada.
Por ATA - Sylvia Rivera 29 de abril de 2025
Descripción general de la campaña La campaña, desarrollada en colaboración con organizaciones dirigidas por trans, transactuales y mi género, presenta pantallas de ventanas vibrantes en las 101 tiendas exuberantes en todo el Reino Unido. Estas exhibiciones, diseñadas por los artistas Fox Fisher y Lewis Hancox, representan una visión “thrutópiana”, un futuro esperanzador e inclusivo para las personas trans. La obra de arte se acompaña de un folleto de 24 páginas titulado Dream vs. Reality: Crear un mundo donde las personas trans estén segurasescrito por transactuales. Lush ha imprimido 20.000 copias del folleto, disponible de forma gratuita en tiendas y en línea. Además de las pantallas visuales y la literatura, Lush está vendiendo una bomba de baño de edición limitada llamada “Liberación”. Con un precio de £ 6, la bomba de baño presenta los colores de la bandera del Orgullo Trans (azul, rosa y blanco) y está perfumada con crema americana. El setenta y cinco por ciento del precio de venta (excluyendo impuestos) se donará a transactuales y mi género. Abordar la transfobia y promover la inclusión La campaña llega en un momento en que las personas trans enfrentan desafíos crecientes, incluida la representación negativa de los medios, el acceso restringido a la atención médica y el aumento de los crímenes de odio. Lush tiene como objetivo contrarrestar estos problemas presentando una visión positiva de un mundo donde el Reino Unido lidera los derechos trans, aborda la transfobia, prioriza la atención que afirma el género y brinda seguridad y dignidad para los solicitantes de asilo LGBTQI+.​ Keyne Walker, director de estrategia de Transactual, enfatizó la importancia del apoyo vocal y explícito para las personas trans, afirmando: “Con nuestros derechos legales en confusión, este es un momento crucial para que las personas LGBTQ+ y nuestros aliados sean vocales y explícitos en su apoyo e inclusión de personas trans en toda la sociedad”.​ Fox Fisher y Lewis Hancox, fundadores de mi género, destacaron la importancia del enfoque creativo de la campaña. Señalaron: “Lush se acercó a nosotros y nos guiaron, como organizaciones dirigidas por trans, para crear algo realmente especial. Creemos que defender vidas trans a través de la creatividad y la narración es una forma gentil pero poderosa de ganar corazones y mentes”. Política de atención de afirmación de género para los empleados Junto con la campaña, Lush ha introducido una política de atención de afirmación de género para sus empleados del Reino Unido e Irlanda. La política describe el apoyo disponible para los empleados en cualquier etapa de su viaje de transición, incluido el acceso a la atención de afirmación de género y la licencia de transición dedicada. Lush reconoce la importancia de la transición de género en los viajes de algunas personas para convertirse en su ser más auténtico y tiene como objetivo proporcionar un entorno de apoyo para todos los empleados.​ Un portavoz de Lush declaró: “Esta campaña proviene del corazón del negocio. Solicitado por nuestro personal y liderado por nuestros increíbles socios de campaña, llega en un momento en que se necesita una representación trans positiva para contrapocar ​​algunas de las narrativas tóxicas que han estado configurando el discurso público”. Planes futuros y expansión global Si bien la campaña actual se lleva a cabo en el Reino Unido, Lush planea expandir la iniciativa a otras regiones. La campaña también se ejecutará en Irlanda, en asociación con la organización irlandesa Teni, del 23 de abril al 11 de mayo. En los Países Bajos, una campaña similar se lanzará a mediados de mayo en colaboración con Transgender Network Países Bajos. Lush tiene como objetivo continuar su implementación global, promoviendo su compromiso con los derechos trans e inclusión. https://www.sentidog.com
Por ATA - Sylvia Rivera 25 de abril de 2025
El gobierno de Donald Trump solicitó el jueves a la Corte Suprema que permita que la prohibición impuesta por el presidente estadounidense a los soldados trans para formar parte de las fuerzas armadas entre en vigor mientras se resuelven los litigios vinculados a la medida. Una jueza estadounidense emitió una orden temporal el mes pasado para bloquear la prohibición, y un tribunal de apelaciones negó posteriormente la solicitud del gobierno de detener la orden del tribunal inferior. “En este caso, el tribunal de distrito emitió una orden judicial universal usurpando la autoridad del Poder Ejecutivo para determinar quién puede servir en las fuerzas armadas del país”, dijo el Departamento de Justicia en una solicitud de suspensión ante el máximo tribunal. En una orden ejecutiva del 27 de enero, Trump declaró que “expresar una ‘identidad de género’ falsa divergente del sexo de un individuo no cumple con los rigurosos estándares necesarios para el servicio militar”. El Pentágono emitió luego un memorando a finales de febrero indicando que retiraría a los soldados trans del ejército, a menos que obtuvieran una exención caso por caso, al tiempo que evitaría que otros se unieran. Si la prohibición entrara en vigor, podría afectar a miles de efectivos que actualmente están sirviendo en las fuerzas armadas. Las restricciones en el memorando del Pentágono están dirigidas a aquellos que han sido diagnosticados con "disforia de género", de los cuales había 4.240 personas sirviendo en el Ejército a finales del año pasado, según un alto funcionario de Defensa. Los estadounidenses trans han enfrentado una montaña rusa de cambios en las políticas sobre el servicio militar en los últimos años: administraciones demócratas han buscado permitirles servir abiertamente, mientras que Trump ha tratado de mantenerlos fuera de las filas. https://www.elcolombiano.com
Por ATA - Sylvia Rivera 24 de abril de 2025
Un profesor de la Facultad de Economía de la Universidad Nacional de Ucayali (UNU) fue señalado por discriminación luego de recriminar a una estudiante de la comunidad trans por asistir a clase con ropa femenina. El incidente, ocurrido el 22 de abril de 2025, fue captado en video por uno de los compañeros de la alumna afectada, y rápidamente se viralizó a través de TikTok. En la grabación, se escucha al docente, identificado como E. A. R. R., recriminar a la estudiante por su vestimenta, expresando que su forma de vestir representaba una “mala imagen” tanto para ella como para la universidad. E. A. R. R. insistió en que su forma de vestir podría ser utilizada en su contra, incluso frente a posibles empleadores. La alumna, visiblemente incómoda pero firme en su postura, le respondió: “Una cosa es la ropa, otra cosa es mi derecho a estudiar”. Sin embargo, el profesor continuó con su reproche, acusando a la estudiante de estar “disfrazándose” y de pretender “hacer creer a los demás que eres mujer”. “¿Alguno aquí te ha engañado? No estás engañándole a nadie. A nadie. Entonces, ¿para qué lo haces?”, expresó en tono tajante. Cuando la alumna le indicó que no cambiaría su forma de vestir, el docente respondió: “Entonces no vengas a clase. Vamos a hacer una cosa. Si el señor no viene vestido como varón, yo no entro a clase. Yo no voy a entrar a clase si él está presente”. El trato del docente es “delictivo” según especialista El video fue compartido por el portal LP Derecho, y rápidamente se hizo viral en redes sociales, donde se levantó un debate sobre el respeto a la autonomía personal y los derechos de los estudiantes en los entornos académicos. Según Jack Barbarán Almeida, abogado y exdocente de la universidad, los comentarios del profesor son “lamentables” y violan los derechos de cualquier estudiante. “Él dice, por ejemplo: ‘O yo me retiro, o él se retira’. Pone esa condicionante. Ese es un tema ya delictivo”, señaló. Compañeros de la estudiante afectada confirmaron que esta había asistido previamente a clase con la misma vestimenta sin que se hubieran presentado problemas, y que la actitud del docente fue completamente arbitraria. “Es un tema arbitrario. Los comentarios son lamentables. Él está poniendo en riesgo la educación de un alumno solo por la forma en que se viste”, agregó el abogado. Hasta el momento, la Universidad Nacional de Ucayali no ha emitido una declaración oficial sobre el incidente, pero la situación continúa generando indignación, y se espera que se revisen las políticas internas para garantizar un ambiente de respeto e inclusión para todos los estudiantes, sin importar su forma de vestir o su identidad de género. MOCIFU emite pronunciamiento
Por ATA - Sylvia Rivera 22 de abril de 2025
Un nuevo capítulo en la historia del concurso brasileño La aparición histórica de Rabello en Mister Brasil 2025 marcó un nuevo hito en el mundo de los concursos de belleza masculinos. Con un físico esculpido y una presencia segura, trajo autenticidad, corazón y representación a un espacio que durante mucho tiempo carece de inclusión trans. “Estoy muy feliz de desafiarme a mí mismo en este escenario nacional”, dijo en un comunicado. “Mi objetivo principal es ayudar a las personas de nuestro país y del mundo a través de mis experiencias: compartir y aprender de todos los que conozco”. Aunque Rabello no ganó el título, Lucas Laet fue coronado señor Brasil el 5 de abril, su participación solo resonó profundamente con los espectadores, especialmente aquellos en la comunidad LGBTQ+ que rara vez se ven reflejadas en tales arenas culturales principales. Más que un concursante, un modelo a seguir Rabello no es ajeno al mundo del concurso. En 2019, compitió en el señor Río de Janeiro, y en 2021, obtuvo el título de Mister Brasil Trans. Pero entrar en el escenario del señor Brasil fue diferente, no se trataba solo de competir. Se trataba de hacer espacio. Su transición comenzó en 2019, a la edad de 23 años, después de años de autodescubrimiento y buscando orientación profesional. “Fue entonces cuando entendí quién era”, compartió Rabello. “Obtuve la independencia financiera y comencé la terapia hormonal. Cambió mi vida”. Apoyo de la familia y la fe Al igual que muchas personas trans, Rabello inicialmente enfrentó preocupaciones de su familia, especialmente su madre, que temía cómo el mundo podría tratarlo. Pero con el tiempo, sus miedos dieron paso al orgullo abrumador. “Le mostré que no había necesidad de tener miedo, que Dios me cuidaría”, dijo Rabello. Ahora, su madre es su mayor defensora. “Ver a un hijo feliz y satisfecho no tiene precio”, le dijo Chapoteo. “Estamos increíblemente orgullosos. Su autenticidad y coraje son símbolos de resistencia e inspiración”. Ojos en el futuro A pesar de no tomar el título, Rabello permanece sin inmutarse y profundamente motivado. “Incluso porque, como figura masculina, solo tengo 7 años”, bromeó, haciendo referencia al comienzo de su transición. “Pero somos inmejorables. Tenemos la intención de conquistar el mundo”. Con esta historia, Bernardo Rabello está demostrando que ser tú mismo es la corona más poderosa de todas. https://www.sentidog.com
Por ATA - Sylvia Rivera 21 de abril de 2025
El Tribunal Supremo del Reino Unido emitió una polémica decisión que deja fuera a las personas trans del término "mujer" en la legislación británica. El fallo establece que cuando la ley hace referencia a "mujer", lo hace en términos de sexo biológico, excluyendo así a las mujeres trans. Esta sentencia, que marca un precedente para futuros litigios relacionados con derechos y obligaciones de género, ha dividido al movimiento feminista y generado una gran controversia en el país. De nuevo, J.K. Rowling, saca a flote su transfobia Una de las figuras más destacadas en apoyar este fallo ha sido la escritora J.K. Rowling, creadora de la famosa saga Harry Potter. Rowling, quien ha sido una crítica constante del activismo trans, celebró la decisión compartiendo una imagen suya frente al mar, fumando un puro y brindando con una copa en mano.
Por ATA - Sylvia Rivera 11 de abril de 2025
La llegada al poder del Gobierno de los Estados Unidos ha supuesto numerosos cambios en la legislación interna del país, en la mayoría de los casos en perjuicio de los derechos de sus ciudadanos y los extranjeros residentes en el país, lo que también afecta a los turistas. Ante esto, el Ministerio de Asuntos Exteriores del Gobierno de España ha actualizado su lista de recomendaciones para los españoles que estén pensando en viajar al país norteamericano. Entre las novedades que ha incluido el Ejecutivo destaca la situación de las personas trans, el ministerio alerta que estarán obligados a informar de su sexo de nacimiento, de lo contrario podrían tener problemas en la aduana. "Los formularios de solicitud de ESTA y visa para EEUU exigen que los viajeros declaren su sexo. Las recientes medidas adoptadas por el Gobierno de Estados Unidos requieren que estos formularios reflejen el sexo asignado al nacer. En caso de que deseen más información, se recomienda que consulten con la Embajada o Consulado de EEUU.​" Centros de detención La entidad pública española también señala que el intento de reingresar a Estados Unidos tras exceder los 90 días de estancia permitidos como turista, o la sospecha de que se pretende trabajar ilegalmente, son consideradas faltas graves por las autoridades migratorias. Esto puede derivar en la detención en un centro de detención del ICE y un proceso de deportación que podría durar varios meses. Las condiciones en los centros varían según el estado y el acceso a comunicación exterior no siempre está garantizado, por lo que el ministerio solicita que se notifique al consulado en caso de detención. Además, disponer de un ESTA o visado no garantiza la entrada, ya que la decisión final recae en los agentes de CBP, quienes pueden revisar las redes sociales de los viajeros al momento del ingreso. Otros países han alertado a sus ciudadanos Esta actualización de la información del Ministerio de Asuntos Exteriores llega después de que varios países como Reino Unido, Alemania, Dinamarca o Finlandia advirtieran a sus ciudadanos de extremar la precaución si viajaban al país norteamericano. Y de que se diesen casos muy sonados como el científico francés, al que se le negó la entrada en EEUU por tener comentarios contra la administración de Donald Trump en conversaciones de su teléfono móvil. https://www.ondacero.es
Por ATA - Sylvia Rivera 10 de abril de 2025
La imagen de Sara Millerey ahogándose en la quebrada La García , en Bello, Antioquia, a donde fue arrojada luego de que le rompieran sus brazos y sus piernas, le está dando la vuelta al mundo por la crueldad del ataque del que fue víctima y que le causó su muerte. Lorena González, alcaldesa del municipio antioqueño, vecino de Medellín, dijo que se trata de un acto atroz y cargado de odio. “Duele profundamente que ocurrió ante la indiferencia de muchos”, aseguró. El violento caso, que tiene consternado al país, ocurrió este viernes 4 de abril, pero se conoció solo hasta este 7 de abril, cuando un video causó zozobra. En imágenes difundidas a través de redes sociales, a Sara se le ve en estado de indefensión, desnuda y golpeada por las aguas de la quebrada, contra las que intenta luchar , pero por tener sus brazos y piernas rotas no puede hacer nada ante la furia de la corriente. Sara alcanzó a ser trasladada al Hospital La María, pero por las graves heridas que sufrió y la contaminación a la que fue expuesta terminó perdiendo la vida. Tras algunos días de su crimen, se desconoce todavía quién o quiénes están detrás del ataque, pero se busca a los culpables en el barrio Playa Rica.
Por ATA - Sylvia Rivera 10 de abril de 2025
Ayer, 9 de abril , el mundo se tiñó de rosa para conmemorar el Día Internacional del Rosa , una efeméride que no celebra el color en sí, sino su poderoso mensaje: la lucha contra el acoso escolar, la discriminación, la homofobia y la transfobia. Celebrado cada segundo miércoles de abril, este día surgió en Canadá como un acto de solidaridad que se ha convertido en un movimiento global, apoyado por millones de personas en más de 100 países. En un contexto donde el bullying y la violencia hacia la comunidad LGBTIQ+ siguen siendo problemáticas urgentes, te contamos por qué se conmemora esta fecha y cómo puedes participar para promover un mundo más inclusivo. Día Internacional del Rosa: un origen marcado por la solidaridad El Día Internacional del Rosa tiene sus raíces en un acto de empatía ocurrido en 2007 en Nueva Escocia, Canadá. Los estudiantes David Shepherd y Travis Price, del instituto Central Kings Rural High School, presenciaron cómo un compañero era acosado por usar una camiseta rosa, un incidente motivado por prejuicios lgtbifóbos. En respuesta, los jóvenes organizaron una protesta pacífica: al día siguiente, promovieron que todos en la escuela vistieran prendas rosas como muestra de apoyo. La acción tuvo un impacto inmediato y se viralizó, inspirando al Canadian Centre for Gender and Sexual Diversity a establecer oficialmente el Día Internacional del Rosa ese mismo año. Desde entonces, la fecha se celebra cada segundo miércoles de abril —este 2025, el 9 de abril— con el objetivo de visibilizar y combatir el acoso escolar, la discriminación y la violencia hacia la comunidad LGBTIQ+. En 2012, más de 8 millones de personas participaron en actividades relacionadas, desde flash mobs hasta campañas educativas, según datos históricos del movimiento. Aunque el Canadian Centre for Gender and Sexual Diversity cerró en 2024 por problemas financieros, su legado sigue vivo a través de esta conmemoración que fomenta la solidaridad y la educación. Una fecha para alzar la voz El Día Internacional del Rosa no solo busca generar conciencia, sino también empoderar a jóvenes, educadores y comunidades para desafiar normas sociales y crear entornos más seguros. En un mundo donde, según la Organización Mundial de la Salud, el bullying afecta a 1 de cada 3 niños y las personas LGBTIQ+ enfrentan altos niveles de discriminación, esta fecha es un recordatorio de la necesidad de actuar. La conmemoración invita a todos a sumarse vistiendo una prenda rosa, compartiendo mensajes en redes sociales con hashtags como #pinkshirtday, o participando en actividades locales que promuevan la diversidad y la inclusión. https://www.lavoz.com.ar
Por ATA - Sylvia Rivera 9 de abril de 2025
Una estudiante trans fue arrestada en el Capitolio de Florida por utilizar un baño destinado a mujeres, en "violación de una ley estatal de 2023" que restringe el uso de estos recintos en edificios gubernamentales basado en el sexo asignado al nacer. Según la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), se trata del primer arresto conocido por "violaciones a las restricciones de baños trans en Estados Unidos". Rheintgen fue detenida y enfrenta un cargo menor de allanamiento, que podría conllevar hasta 60 días de cárcel. La audiencia de la joven de 20 años, que ha revivido el debate nacional sobre los derechos de las personas trans y la aplicación de leyes similares en otros estados, está programada para mayo próximo. «El arresto de Marcy Rheintgen no se trata de seguridad. Se trata de crueldad, humillación y la erosión deliberada de la dignidad humana», expresó Nadine Smith, directora ejecutiva de Equality Florida. EFE https://www.swissinfo.ch
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